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</front><body><![CDATA[ <p align="right"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><b>RESE&Ntilde;A</b></font></p>     <p align="right">&nbsp;</p>     <p align="center"><b><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="4">Farit Rojas Tudela, Constitución y deconstrucción, CIS, La Paz, 2018</font></b><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="4"></font></p>     <p align="center">&nbsp;</p>     <p align="center">&nbsp;</p>     <p align="center"><b><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Paola Daniela De la Rocha Rada</font></b>    <br>   <font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">1 Soci&oacute;loga, Maestra en Teor&iacute;a Cr&iacute;tica de la Universidad Mayor de San Andr&eacute;s de la ciudad de La Paz   (Bolivia), investigadora en el Doctorado de Investigaci&oacute;n en Derecho Comparado de la Universidad Luigi Vanvitelli de Caserta Italia.    <br>   </font><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Link de descarga gratuita: <a href="https://www.cis.gob.bo/publicacion/constitucion-deconstruccion/" target="_blank">https://www.cis.gob.bo/publicacion/constitucion-deconstruccion/</a></font>    <br> <font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Este libro se publica bajo licencia de Creative Commons: Atribución-NoComercial-Compartirlgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA4.0)</font></p>     <p align="center">&nbsp;</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center">&nbsp;</p> <hr>     <p align="center"><img src="../img/revistas/rjd/v9n13/a09_figura01.gif" width="364" height="557"></p>     <p align="justify"><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">El libro &quot;Constitución y deconstrucción&quot; presenta una estrategia de lectura de la Constitución boliviana promulgada el año 2009. Se podría decir que es un libro de método y teoría del constitucionalismo boliviano, pero va más allá, pues presenta las condiciones de posibilidad para pensar que la Constitución boliviana no es sólo aquella que se presenta en texto, no es solo la Constitución</font> <font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">que se lee tal como fue escrita, sino que esta misma escritura posee un exterior constitutivo, un afuera del texto constitucional que el mismo texto lo demanda, lo precisa, lo exige y lo convoca.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">A partir del mismo articulado de la Constitución boliviana se convoca a los trabajos preparatorios   del texto constitucional. El artículo 196 de la Constitución boliviana condiciona como criterio   de interpretación preferente la voluntad del constituyente conforme a sus documentos, actas y   resoluciones, entonces encontramos una Constitución de los constituyentes, en este caso las   palabras se juzgan con los ojos del tiempo de su redacción. Este tiempo es múltiple, es decir está   condicionado a una expansión del presente, pues los constituyentes bolivianos buscaban crear   desde la acumulación de luchas históricas y políticas un Estado plurinacional. ¿Qué significa vivir   bien <i>(suma qamaña), </i>descolonización, jurisdicción indígena originario campesina, pluralismo jurídico, pluralismo político? Un diccionario de Derecho Constitucional no prevé estos significados,   entonces será necesario acudir a la voluntad constituyente que no es una, sino es múltiple, pues   el proceso constituyente boliviano fue complejo, fue una lucha entre la tradición y la emergencia de refundar el Estado boliviano.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Pero el exterior constitutivo del texto constitucional no se agota en el proceso constituyente, sino   que se abre a la interpretación constitucional que realiza el Tribunal Constitucional Plurinacional.   Como lo explícita el artículo 203 de la Constitución boliviana, las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante, es decir reescriben la Constitución   boliviana en su aplicación a casos concretos, entonces encontramos una Constitución de los jueces, una Constitución que se resignifica en los casos en los que se debe aplicar la Constitución y   allí el Tribunal no sólo recurre a la voluntad constituyente sino que debe observar el caso concreto   y en muchos de estos casos, ponderar una interpretación del texto por encima de otra, en busca de alcanzar lo que en el texto constitucional puede estar ausente: la justicia.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Sin embargo, el exterior constitutivo se amplia una vez más, bajo mandato del artículo 256 de la   Constitución boliviana, los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmado, ratificados o a los que se hubiera adherido el Estado boliviano, que   declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera   preferente sobre ésta. Debe de enfatizarse en que no se trata de una supremacía no reflexiva de   los derechos humanos sobre la Constitución, pues de lo que se trata es de encontrar &quot;los derechos   más favorables&quot; y es el Tribunal Constitucional Plurinacional el que debe de analizar, ponderar,   evaluar y distinguir los llamados &quot;derechos más favorables&quot;. En muchos casos lo establecido en   la Constitución boliviana puede ser más favorable a lo establecido de manera abstracta en la normativa internacional de derechos humanos.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Y tampoco se queda allí el exterior constitutivo de la Constitución boliviana de 2009. Dado que la   misma establece la construcción de un Estado plurinacional, ésta se abre a una construcción de   un Derecho plurinacional a partir del pluralismo jurídico. El artículo 190 de la Constitución boliviana   establece que los pueblos indígenas ejercen funciones jurisdiccionales a través desús autoridades aplicando sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">El libro que se reseñamos pretende llamar la atención sobre esta posibilidad de deconstrucción   del texto constitucional. Apelando al filósofo francés Jacques Derrida, Farit Rojas nos señala que   el texto constitucional boliviano está en constante deconstrucción, que no se agota en ninguna   posibilidad, sino que cada enunciado jurídico es una cuerda que vibra y que tiene la potencia de crear, desde sus exteriores constitutivos, siempre una nueva interpretación del texto constitucional.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">El libro &quot;Constitución y deconstrucción&quot; pretende mostrar esta tesis, la constante deconstrucción   del Derecho, y la presenta en seis capítulos que guían al lector en una estrategia de lectura de la   Constitución boliviana. El primer capítulo (Constitución) busca reelaborar un concepto de Constitución para poder hablar de una Constitución-acontecimiento. El segundo capítulo (Método) busca   desplazar el método de comprensión y lectura tradicional y moderna de un texto constitucional   planteando la estrategia deconstructiva de su lectura. El tercer capítulo (Constitucionalismos) localiza el lugar de la Constitución boliviana en la clasificación tradicional de constitucionalismos, con énfasis en el desarrollo del Constitucionalismo latinoamericano. El quinto capítulo (Interpretación) repasa los métodos tradicionales y contemporáneos de interpretación constitucional y presenta las posibilidades de interpretación a la luz del texto constitucional boliviano, con un énfasis en la estrategia de lectura deconstructiva. Finalmente, el capítulo seis (tesis), plantea nueve tesis de lectura del texto constitucional boliviano, las mismas que podrían ser aplicadas a otros (con) textos constitucionales.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">La filiación del texto y del autor corresponde a una particular visión del post positivismo, pues no se   trata de dejar de lado el texto constitucional, sino partir del él, es decir, tomarlo como una semilla   desde la cual es posible pensar en otro Derecho en devenir. No se trata de un post positivismo iusmoralista sino de un post positivismo deconstruccionista.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">El texto está liberado para libre descarga en el portal del Centro de Investigaciones Sociales   (CIS) del Estado Plurinacional de Bolivia, lo cual genera la posibilidad de decir que el texto no   está a la venta, sino que se ofrece a libre descarga, lo cual es una ventaja para que el lector de   esta reseña pueda ingresar a esta propuesta de lectura de uno de los textos constitucionales   latinoamericanos que más ha dado de hablar este último tiempo en la literatura sobre Derecho Constitucional y Derecho Comparado.</font></p>     <p align="justify">&nbsp;</p>     <p align="justify">&nbsp;</p>      ]]></body>
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