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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[ABSTRACT The approval of the Avelino Siñani-Elizardo Perez Education Act in December 10, 2010, represents a dramatic shift in the way of understanding education and orienting a project to strengthen the identities of peasant indigenous nations that make up Bolivia. Lead by the principles of multiculturalism and decolonization advocated by the State Constitution (2009), the new law proposes a model of social productive community education, leading to the redefinition of relations between human beings and nature and human beings with each other under the Well Living Vivir Bien philosophy. The law enforces not only the acknowledgement but also the revalorization of knowledge, practices and concepts of the own indigenous nations worlds and the empowerment of this communities in the context of the construction of the plurinational state. However, it also retrieves the founding principles of modern states regarding the rights and liberties, which implies contradictions between two ways of understanding the world. This article explores some elements in this issue to contribute to the problem-posing discussion on building education in Bolivia atarting from critical parameters.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[ <p align="right"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><b>ART&Iacute;CULO ORIGINAL</b></font></p>     <p align="right">&nbsp;</p>     <p align="center"><b><font size="4" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Justicia y educación</font></b></p>     <p align="center">&nbsp;</p>     <p align="center">&nbsp;</p>     <p align="center"><b><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Silvya De Alarcón</font></b></p>     <p align="center"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="mailto:sdealarcon@iiicab.org.bo">sdealarcon@iiicab.org.bo</a></font></p>     <p align="center">&nbsp;</p>     <p align="center">&nbsp;</p> <hr size="1" noshade>     <p align="center"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><b>RESUMEN</b></font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">La aprobación de   la Ley de Educación Avelino Siñani-Elizardo Pérez, el 10 de diciembre de 2010,   supone un giro drástico en la forma de comprender la educación y de proyectar   el fortalecimiento de las identidades de las naciones indígena originaria   campesinas que componen Bolivia. Inspirada en los principios de   interculturalidad y descolonización propugnados por la Constitución Política del   Estado (2009), la nueva ley propone un modelo educativo sociocomunitario   productivo, tendiente al replanteamiento de las relaciones del ser humano con   la naturaleza y de los seres humanos entre sí, bajo la filosofía del Vivir Bien.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">La ley pretende   no sólo el reconocimiento sino la revalorización de los conocimientos,   prácticas y conceptualizaciones del mundo propios de las naciones indígenas,   así como su potenciamiento, en el marco de la construcción del Estado   Plurinacional. Sin embargo, también recupera los principios constitutivos de   los Estados modernos en torno a los derechos y libertades, lo cual supone   contradicciones entre ambas formas de entender el mundo. Este artículo explora   algunos elementos en esta materia, con la finalidad de contribuir a la   discusión problematizadora sobre la construcción de la educación en Bolivia desde parámetros críticos.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><b>Palabras clave:</b> modelo educativo, ética, justicia.</font></p> <hr size="1" noshade>     <p align="center"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><b>ABSTRACT</b></font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">The approval   of the Avelino Siñani-Elizardo Perez Education Act in December 10, 2010, represents   a dramatic shift in the way of understanding education and orienting a project   to strengthen the identities of peasant indigenous nations that make up   Bolivia. Lead by the principles of multiculturalism and decolonization   advocated by the State Constitution (2009), the new law proposes a model of   social productive community education, leading to the redefinition of relations   between human beings and nature and human beings with each other under the Well Living Vivir Bien philosophy.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">The law   enforces not only the acknowledgement but also the revalorization of knowledge,   practices and concepts of the own indigenous nations worlds and the empowerment   of this communities in the context of the construction of the plurinational   state. However, it also retrieves the founding principles of modern states   regarding the rights and liberties, which implies contradictions between two   ways of understanding the world. This article explores some elements in this   issue to contribute to the problem-posing discussion on building education in Bolivia atarting from critical parameters.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><b>Keywords:</b> model of education, ethics, justice.</font></p> <hr size="1" noshade>     <p>&nbsp;</p>     <p align="justify">&nbsp;</p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><b>Introducción</b></font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">La aprobación de   la nueva Ley de Educación Avelino Siñani-Elizardo Pérez, en diciembre de 2010,   implica, a nuestro entender, un corte abrupto con los modelos de educación   implementados en Bolivia hasta ahora y, con ello, la formulación de un   sinnúmero de interrogantes que no pueden ser contestadas a priori sino a partir de lo que se construya como realidad concreta en el decurso histórico.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Para analizar la   importancia de la nueva Ley, es útil partir contrastándola con el Código de   1955 y la Ley 1565, las dos antiguas y grandes normas en materia de educación en Bolivia.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">El Código de   1955, correlato educativo de la Revolución Nacional de 1952, se conformó en   torno a un claro ideario de corte liberal, desarrollista, occidental y   modernizador. De manera muy clara, el Código proyectaba, a lo largo de su   articulado, un imaginario centrado en alcanzar el gran desarrollo nacional, lo cual no   significaba otra cosa que superar las relaciones de servidumbre/prestación de   trabajo gratuito hasta entonces vigentes en las haciendas del país y de   latifundio improductivo para pasar a una forma de desarrollo plenamente   capitalista<a href="#_ftn1" name="_ftnref1" title=""><sup><sup>1</sup></sup></a> centrada, sobre todo, en un fuerte crecimiento industrial. En ese imaginario,   resultaba más que evidente la distancia que ponían los movimientistas<a href="#_ftn2" name="_ftnref2" title=""><sup><sup>2</sup></sup></a> respecto a la oligarquía terrateniente improductiva y conservadora pero, sobre   todo, respecto al mundo indígena al que identificaban como causa del retraso   nacional. Esto explica por qué el Código de 1955 se proyectó con un rol   civilizatorio y homogeneizador respecto a las identidades indígenas existentes   en el territorio nacional. De lo que se trataba era de construir una identidad   boliviana libre de los &quot;vicios&quot; de la indianitud, por eso entre los objetivos de la educación campesina se planteaba:</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Art. 120</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">1.   Desarrollar en el campesino buenos hábitos de vida, con relación a su   alimentación, higiene y salud, vivienda, vestuario y conducta personal y social.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">3. Enseñarle a ser un buen trabajador agropecuario...</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">5. Cultivar su amor a las tradiciones, al folklore nacional y las artes   aplicadas populares, desarrollando su sentido estético. Prevenir y desarraigar   las prácticas del alcoholismo, el uso de la coca, las supersticiones y los   prejuicios dominantes en el agro mediante una educación científica. (Código de la Educación Boliviana, 1990: 32)</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Un   desprecio implícito hacia la indianitud recorre todo el articulado, al extremo   que el Código ni siquiera hace mención al mundo indígena; en vez de ello, alude   al &quot;campesinado&quot; o a unas abstractas &quot;mayorías nacionales&quot;   a las que había que incorporar al proceso civilizatorio que instauró la   revolución de 1952. La demanda gestada entre el dolor y la muerte en las arenas   del Chaco durante la guerra contra el Paraguay (1932-1935), es decir, la   demanda de construir verdaderamente un país para todos -origen del pensamiento   nacionalista en Bolivia- fue capaz de instituir reformas liberales como la   extinción del pongueaje y el voto universal, pero no alcanzó para siquiera   poner en cuestionamiento el orden colonial imperante en el país. El resultado   fue un proceso contradictorio en que, a la par que se propugnaba la   &quot;liberación&quot; del indio, se construía una identidad nacional profundamente anti indígena.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Paralelamente a   la construcción de la bolivianidad, el Código pretendía claramente responder al   anhelado proceso industrializador, razón por la que el perfil de los   estudiantes estaba orientado a una formación técnica. En un país   mayoritariamente indígena y analfabeto, la educación había de cumplir con las   condiciones mínimas de formación de una fuerza de trabajo destinada a las nacientes industrias y empresas.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">En los hechos, la   formación técnica fue muy poco desarrollada, resultado también del escaso   desarrollo industrial alcanzado; por el contrario, el proceso de blanqueamiento   cultural y movilidad social a través de la educación fue el efecto más notable   de la implementación del Código. La expansión de la cobertura escolar y el incremento de la matrícula universitaria son indicadores de este proceso.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">La vigencia del   Código se extendió hasta los años 90 cuando, a exigencia de agencias   internacionales como el BID y el Banco Mundial, se implementa una Reforma   Educativa que buscaba responder a las nuevas demandas de formación de fuerza de   trabajo que exigía la implementación del neoliberalismo en escala planetaria.   Ciertamente, ya para entonces se habían alzado voces contestatarias en contra   del carácter homogeneizador anti indígena contenido en el modelo educativo, por   una parte, y en contra del carácter memorístico, repetitivo y pasivo de su   pedagogía, por otra. En la mirada de las clases subalternas, el Código no sólo   había impulsado procesos de desclasamiento y pérdida de identidad sino que   definitivamente la educación que se impartía en las escuelas no servía para la   vida ni el trabajo. El descontento y las ácidas críticas en contra de la   educación imperante abundaban, sin embargo, el cambio de modelo no se inspiró   en ellos sino en las necesidades del neoliberalismo. Si acaso, utilizó el descontento al interior del   país para viabilizar una reforma educativa que había sido pensada para ser   aplicada de manera indistinta y en escala internacional a la vez. Así nació la Ley 1565, de Reforma Educativa.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">¿Qué diferencias de enfoque político y pedagógico contenía esta norma respecto al Código del 55?</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">De principio,   desaparece en ella el énfasis nacionalitario que había caracterizado al Código.   Si bien hace referencia a la nación boliviana, la 1565 no tenía entre sus   objetivos la construcción ni el fortalecimiento de la bolivianidad. En vez de   ello, se centró en la proyección de un educando abstracto con habilidades y   competencias acordes a las nuevas exigencias del capital en el ámbito   internacional. Aunque se suele mencionar que fue esta norma la que introdujo la   implementación de la educación intercultural bilingüe, resulta siempre oportuno   puntualizar que esa no fue una concesión del neoliberalismo. Por el contrario,   fue la manera que éste encontró de dar una supuesta respuesta a las reiteradas   demandas del campesinado indígena, particularmente de la vertiente katarista,   que pugnaban por una educación que no destruyera sus valores y su identidad. El Manifiesto del Tiwanaku (1973) fue de los   primeros documentos -si bien no el único- en denunciar el proceso etnofágico   estatal y en demandar la inclusión de lo indígena en el universo cultural estatal.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">El   proceso verdadero se hace sobre una cultura. Es el valor más profundo de un   pueblo. La frustración nacional ha tenido su origen en que las culturas quechua   y aymará han sufrido siempre un intento sistemático de destrucción. Los   políticos de las minorías dominantes han querido crear un desarrollo basado   únicamente en la imitación servil del desarrollo de otros países, cuando   nuestro acervo cultural es totalmente distinto. Llevándose también de un   materialismo práctico han llegado a creer que el progreso se basa únicamente en   aspectos económicos de la vida. Los campesinos queremos el desarrollo económico   pero partiendo de nuestros propios valores. No queremos perder nuestras nobles   virtudes ancestrales en aras de un pseudo-desarrollo. Tememos a ese falso   &quot;desarrollismo&quot; que se importa desde afuera porque es ficticio y no   respeta nuestros profundos valores. Queremos que se supere trasnochados   paternalismos y que se deje de considerarnos como ciudadanos de segunda clase.   Somos extranjeros en nuestro propio país. No se ha respetado nuestras virtudes   ni nuestra visión propia del mundo y de la vida. La educación escolar, la   política partidista, la promoción técnica no han logrado que en el campo haya   ningún cambio significativo. No se ha logrado la participación campesina porque   no se ha respetado su cultura ni se ha comprendido su mentalidad. (Manifiesto   del Tiwanaku, 1973)</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Frente a la densidad de estas demandas, la interculturalidad en la Ley   1565 fue apenas un pálido gesto de inclusión de las demandas indígenas, fruto   asimismo de la suscripción del Estado boliviano de acuerdos internacionales en   esta misma materia, y no propiamente de una genuina voluntad política de la   entonces élite gobernante. Por el contrario, la manera en que la   interculturalidad está incluida en la ley -reducida a educación intercultural   bilingüe- muestra su deseo de resolver el tema por la vía de la forma en vez   del contenido. De ahí que la ley apenas contenga un artículo respecto a la   interculturalidad en lugar de un enfoque   intercultural, artículo que en su brevedad es ilustrativo del espíritu que animaba a sus formuladores:</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Art.   1. Para la transformación constante del Sistema Educativo Nacional, en función   de los intereses del país como u proceso planificado, continuo y de largo alcance, la educación boliviana se estructura sobre las siguientes bases fundamentales:</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">5. Es   intercultural y bilingüe, porque asume la heterogeneidad socio-cultural del   país en un ambiente de respeto entre todos los bolivianos, hombres y mujeres. (Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, 2001: 51)</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Más allá de ello,   el hecho de que la 1565 estableciera un bachillerato diferenciado<a href="#_ftn3" name="_ftnref3" title=""><sup><sup>3</sup></sup></a>,   muestra el proyecto de fondo contenido en ella. Es decir, la apuesta real iba   por la conformación de una élite intelectual con acceso a la formación   universitaria -y a futuro probablemente con acceso a las instancias de decisión   del Estado- y una gran masa social cuyo desarrollo de &quot;competencias&quot;   no la habilitaba sino para el perfil de la fuerza de trabajo que requería la   recomposición del capital en el mundo. Teorías educativas que en su momento   resultaron contestatarias a la forma de la reproducción cultural del capital,   como el constructivismo, fueron groseramente refuncionalizadas por éste para   elevar la extracción de valor de los trabajadores en el mundo y compensar así   la caída en la tasa de ganancia. Por eso la reforma educativa no fue, no podía   ser, una respuesta a las crecientes necesidades del país en materia educativa.   Apenas alcanzó a ser la expresión de la abyección con que la clase dirigente de   entonces respondía a los mandatos de las agencias y el capital internacional.   Ningún tinte &quot;intercultural&quot; podía cambiar esta determinación de la realidad.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Quedó, pues, una   deuda pendiente. Cuestionado de todas las formas posibles el modelo de   homogeneización cultural del Código y resistida a ultranza la Ley 1565, la   necesidad de construir una educación capaz de responder a las características   del país era una de las tareas a enfrentar. En los años 90, el consenso iba,   sin embargo, por criterios más bien pedagógicos, probablemente porque el escenario   político aún no había sido remecido por la lucha organizada de los trabajadores del campo y las ciudades.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Esa interpelación   vino recién a inicios del siglo XXI, con la guerra del agua en Cochabamba<a href="#_ftn4" name="_ftnref4" title=""><sup><sup>4</sup></sup></a> y los bloqueos de caminos protagonizados por el campesinado indígena aymara   quechua en el occidente el país y las seis Federaciones del Trópico en   Cochabamba. La emergencia del campesinado indígena, en torno a cuyas   organizaciones se aglutinó la población laboriosa y también aquella otra   habitada por la misma desesperanza e indignación ante la subasta del país,   produjo lo que se ha venido a llamar movimientos sociales<a href="#_ftn5" name="_ftnref5" title=""><sup><b><sup>5</sup></b></sup></a>.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Esas estructuras   flexibles, de reconstitución de la multitud (Zavaleta), fueron capaces no sólo   de hacer huir del país a Gonzalo Sánchez de Lozada<a href="#_ftn6" name="_ftnref6" title=""><sup><sup>6</sup></sup></a> y   sus cómplices en octubre de 2003, sino de exigir la transformación profunda del   Estado y la economía a través de lo que se llamó la agenda de octubre, la cual contemplaba dos   puntos fundamentales: nacionalización de los hidrocarburos y convocatoria a la Asamblea Constituyente.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">En ese marco de   transformaciones, se planteó también la reforma a la educación. En realidad,   ese proceso había comenzado ya en 2004, cuando se abrió la posibilidad de   realizar una lectura crítica de la Ley 1565. Lo que inicialmente debió ser una   suerte de evaluación de la implementación de la reforma educativa para su   ajuste, terminó siendo una avalancha de posiciones tendientes a cambiar el   modelo educativo. De esa época provienen documentos como el presentado por la   Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB),   titulado Pachakuti Educativo. Propuesta de   la CSUTCB al II Congreso Nacional de Educación basada en el modelo del ayllu   (2005) y el de la Confederación de Trabajadores de Educación Urbana de Bolivia, La Escuela para rescatar la Patria (2004),   entre otros. La demanda de transformación derivó finalmente, en el primer   gobierno del Presidente Evo Morales (2006-2009), en la realización del Congreso   de Educación, en la ciudad de Sucre. Allí se gestó las líneas fundamentales de   la Ley Avelino Siñani-Elizardo Pérez. Sin embargo y de manera paralela, ese   mismo año comenzó en Bolivia el trabajo de la Asamblea Constituyente que   culminó en la redacción de una nueva Constitución Política del Estado, aprobada finalmente en 2009.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">La Constitución   de 2009, mediante la cual se creó el Estado Plurinacional de Bolivia, señala que:</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">La educación, constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado (CPE, 2009: Art. 77)</font></p>     <p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify">I. La   educación es unitaria, pública, universal, democrática, participativa,   comunitaria, descolonizadora y de calidad.</font></p>     <p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify">II. La   educación es intracultural, intercultural y plurilingüe en todo el sistema   educativo.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">IV.  El sistema educativo se fundamenta en una educaci  ón   abierta, humanista, científica, técnica y tecnológica, productiva, territorial, teórica y práctica, liberadora y revolucionaria, crítica y solidaria.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">V. El Estado garantiza la educaci  ón vocacional y la   enseñanza técnica humanística, para hombres y mujeres, relacionada con la vida, el trabajo y el desarrollo productivo. (CPE, 2009: Art. 78)</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Estos dos   artículos sintetizan de manera particular la concepción de la educación que luego fue retomada en la formulación de la Ley Avelino Siñani - Elizardo Pérez.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><b>1. Los ejes de la Ley 073</b></font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Aunque se puede   identificar fácilmente varios elementos diferenciales de esta ley con relación   a las dos normas educativas vigentes en el pasado, merecen especial énfasis el   carácter comunitario y productivo. A partir de ellos, el modelo educativo que   plantea la nueva ley es el sociocomunitario productivo, lo que representa un giro de 180° en la comprensión del rol de la educación.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">En el marco de   una educación liberadora, el carácter productivo tiene la finalidad de superar   los modelos clásicos de educación en los que la producción y uso del   conocimiento están desvinculados de la realidad circundante. Si esto ya en sí   mismo representa un quiebre, no es, sin embargo, un elemento definitorio para   realmente sustentar un proceso liberador. De hecho, existen experiencias de   educación productiva completamente orientadas a reproducir y fortalecer bajo   condiciones más eficientes el desarrollo del capitalismo, como las que impulsa   el opus dei. En el caso del nuevo modelo, puede entenderse que la producción   constituye el soporte material para construir un nuevo orden social, toda vez   que el carácter productivo está orientado por un principio societal, la construcción de la comunidad.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">La verdadera   novedad, entonces, de la ley radica en su propósito de reconstituir el tejido   social con base en el modelo de la comunidad. Aunque la ley no lo plantea de   manera explícita, hay una crítica a la manera en que el capitalismo ha   construido una socialidad enajenada, fragmentada, competitiva y subordinada por   completo a los parámetros de consumo. De ahí que la ley plantee, por ejemplo,   &quot;desarrollar una conciencia integradora y equilibrada de las comunidades   humanas y la Madre Tierra que contribuya a la relación de convivencia armónica   con su entorno,.&quot; (LASEP, Art. 5, inciso 9), como la manera de enfrentar   la enajenación del ser humano frente a la naturaleza, objetivo que se   complementa con aquel otro que busca &quot;formar una conciencia productiva,   comunitaria y ambiental en las y los estudiantes,... con seguridad y soberanía   alimentaria, conservando y protegiendo la biodiversidad, el territorio y la Madre Tierra para Vivir Bien&quot; (LASEP, Art. 5, inciso 12).</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">En la misma   perspectiva, se propone &quot;cultivar y fortalecer el civismo, el diálogo   intercultural y los valores éticos, morales y estéticos basados en la vida   comunitaria y en los derechos fundamentales individuales y colectivos&quot;   (LASEP, Art. 5, inciso 8). Ello se complementa con el criterio de que la educación,</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Es   educación de la vida y en la vida, para Vivir Bien. Desarrolla una formación   integral que promueve la realización de la identidad, afectividad,   espiritualidad y subjetividad de las personas y comunidades; es vivir en   armonía con la Madre Tierra y en comunidad entre los seres humanos. (LASEP, Art. 3, inciso 11)</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Esta   reconstrucción de la comunidad humana parte, por necesidad, de la diversidad de   naciones y pueblos que integran Bolivia y el Estado Plurinacional. A diferencia   de la Ley de Reforma Educativa, cuyo reconocimiento de lo indígena se reducía a   la existencia de la diversidad, la actual ley de educación se hace eco del   reconocimiento contenido en la Constitución como derecho de las naciones   indígena originaria campesinas a la autodeterminación. Eso no significa otra   cosa que el derecho de los pueblos que habitan Bolivia a decidir sobre su   destino y a partir de condiciones materiales concretas. Lo que es más   importante, el que ese derecho forme parte de la definición misma del Estado   -la plurinacionalidad- implica un reconocimiento que no se queda en la forma, como   &quot;diversidad cultural&quot; aséptica e inofensiva al modo de la   construcción postmoderna y neoliberal, sino que avanza en el empoderamiento de   esos pueblos en el ejercicio del poder del Estado. Se trata, por tanto, de la   descolonización del poder toda vez que éste deja de ser el atributo exclusivo de una clase y de una nación sobre otras.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Este conjunto de   elementos permite entender por qué, en materia educativa, el reconocimiento de   las naciones indígena originaria campesinas implica necesariamente el reconocimiento   de la comunidad. Ella es la forma societal específica de estas naciones<a href="#_ftn7" name="_ftnref7" title=""><sup><sup>7</sup></sup></a> y, en consecuencia, no puede estar ausente en el modelo de sociedad que pretende construir hoy el país.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Sin embargo, sería probablemente un exceso afirmar que la comunidad que   perfila la ley es única y centralmente la comunidad indígena. Más exacto sería   decir que la ley se inspira en el   modelo de la comunidad indígena para proyectar un orden social nuevo y liberador de carácter comunitario. ¿Cómo explicar esto?</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">A nuestro entender,   la primera razón que salta a la vista es que si bien la comunidad es la forma   societal de algunas naciones indígenas, no lo es de todas las naciones que   integran Bolivia y que están reconocidas en la Constitución. El caso de la   nación boliviana, de corte capitalista y occidental, es ilustrativo de ello.   Por tanto, pensar en proyectar una forma específica sobre todas las otras resulta improbable y menos aún posible.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">La segunda razón   es que tampoco se puede pensar en una forma de comunidad que sea propia de   todas las naciones indígena originaria campesinas. En propiedad, lo que hoy   denominamos comunidad es un concepto ambiguo, que difiere notablemente de una   nación a otra. Asumiendo que el fundamento material de la comunidad son sus   relaciones productivas, es evidente que estas difieren radicalmente de una   nación a otra, por eso, si el modelo de comunidad de la ley fuese la comunidad indígena, sería prácticamente imposible darle notas específicas.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">¿Cómo se está   planteando entonces el carácter comunitario del modelo? Entendemos que lo   comunitario en la ley implica la construcción de una comunidad inédita, aunque   fuertemente inspirada en el modelo del ayllu   andino aymara-quechua, modelo de fuerte densidad social y propuesto ya   en los documentos educativos de la CSUTCB de 2005. Pese a esta inspiración, la   ley no pretende el retorno al ayllu,   ni siquiera el retorno al campo, sino avanzar en la reconstitución del tejido   social de manera múltiple, esto es, desde las realidades concretas, urbanas y rurales, culturales, laborales e institucionales.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Se trata de una   comunidad que intenta perfilarse como contrapuesta al desarrollo del   capitalismo y sus consecuencias tanto en el planeta como en el tejido social,   pero que busca la construcción de un orden diferente rescatando a la vez el   conocimiento y la tecnología modernos. Así se explica que la ley plantee como objetivo,</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Desarrollar   una formación científica, técnica, tecnológica y productiva, a partir de   saberes y conocimientos propios, fomentando la investigación vinculada a la   cosmovisión y cultura de los pueblos, en complementariedad con los avances de   la ciencia y la tecnología universal en todo el Sistema Educativo Plurinacional. (LASEP, Art. 5, inciso 2)</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Entre lo   ancestral y lo moderno, entre los saberes y tecnologías propios y la ciencia y   la tecnología desarrollada por occidente, la ley impulsa una visión   simultáneamente intra e intercultural, probablemente con el propósito de   generar una inmensa y compleja síntesis descolonizadora, que sea capaz, hoy, de   sostener la construcción del futuro. En este sentido, es importante insistir en   que la mirada de la ley no es un retorno simple al pasado, no se trata de una   involución histórica como pretenden sostener quienes se oponen al proceso de   cambio y que identifican comunidad=indio. La comunidad esbozada en la ley es   una forma social que busca revestir la socialidad tanto en su producción   material como en la manera de comprender el mundo pero, además, en   contraposición al capitalismo. Después del régimen colonial, el capitalismo ha   permeado todas y cada una de las relaciones sociales, perforando, destruyendo,   vaciando de contenido a las formas comunitarias existentes y subsumiéndolas a   sí, al punto que nada existe fuera de él. Pueden variar los grados, pero la   subsunción no está en discusión, porque no está en discusión la extracción de valor que es el sustento del capitalismo.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Por eso, porque   el capitalismo ha destruido y continúa destruyendo cuanto modo de producción   no-capitalista existe, la apuesta de la Ley Avelino Siñani-Elizardo Pérez es   buscar el potenciamento de las estructuras comunitarias históricamente   existentes y la invención de las comunidades allí donde no existen. La forma   comunidad es por tanto una realidad a construir, a inventar, a implementar tanto en el campo como en las ciudades.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Tal propósito   puede ser analizado desde múltiples ángulos, pero aquí, por razones de espacio,   vamos a centrarnos únicamente en uno de los aspectos que, en la implementación de la nueva ley educativa, es un espacio inevitable de confrontación.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><b>2. Justicia y educación</b></font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">En toda sociedad,   la justicia es un concepto que permite ordenar y significar las relaciones   sociales. Aunque usualmente se entiende la justicia como administración de   justicia, esto es, como aplicación de la norma vigente, aquí vamos a priorizar   su sentido filosófico por encima del sentido que adquiere desde el derecho. La   justicia, decimos, ordena y significa las relaciones sociales pero, además,   construye legitimidades y consensos que determinan la acción individual y colectiva.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">La justicia se   ubica, por ello, en el corazón mismo de la ética. En tanto la ética está   referida a la manera en que se ejerce la libertad<a href="#_ftn8" name="_ftnref8" title=""><sup><sup>8</sup></sup></a>,   la justicia es el principio que articula ese ejercicio. De ahí su importancia   para la educación: la ética construye el horizonte de sentido del proceso formativo que despliega la educación.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Como horizonte de   sentido, la justicia permite la regulación de la libertad humana en su relación   con la naturaleza y en las propias relaciones que entablan los seres humanos.   Establece parámetros para la interacción, a la vez que construye límites sobre   lo que es posible -y tiene sentido- hacer. Por eso el debilitamiento de lo que   en una sociedad puede ser considerado como   justo -en apego a la justicia- conduce a procesos de ruptura del orden o   al acrecentamiento de la fragmentación social. Lo ocurrido en Bolivia el año   2003, en oportunidad de la guerra del gas, cuando miles de personas se volcaron   a las calles para defender este recurso natural de la voracidad de las empresas   petroleras y demandar la renuncia del entonces Presidente, Gonzalo Sánchez de Lozada, es ilustrativo de esta afirmación.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Ahora bien, es   evidente que las nociones de justicia varían de sociedad a sociedad y de una   época histórica a otra. A partir de la revolución francesa, la modernidad   occidental construyó una noción de justicia centrada en la igualdad de las   personas frente a la ley. Hasta el día de hoy, esa noción permanece como un   articulador de las conductas individuales y colectivas y es un eje central en   la formulación de las políticas públicas en los Estados contemporáneos. La   importancia de la noción de igualdad ha alimentado también demandas de variada   índole en términos de reivindicaciones de género, movimientos de jóvenes, acceso   a servicios de salud, etc. Independientemente de que se puede discutir   sobreabundantemente acerca de que la igualdad formal se devela falsa ante las   condiciones reales de desigualdad económica de la población de un país, como   por ejemplo lo hace el marxismo, lo que no está en discusión es que la noción   como tal de igualdad ha permeado la comprensión y la conducta social. Conforma lo que nosotros denominamos un horizonte de sentido.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Ahora bien,   frente a esta noción de justicia existen sin embargo otras que responden a   cosmovisiones y sentidos del mundo muy distintos a los construidos por   occidente. Es el caso de aquellas que provienen del mundo indígena y que hoy   perfilan idearios alternativos a la construcción discursiva de la igualdad. En   lo que hace a Bolivia y en el marco de la revolución educativa que busca llevar   adelante el Estado Plurinacional con la nueva ley, resulta de particular importancia la noción de justicia que proviene del mundo andino<a href="#_ftn9" name="_ftnref9" title=""><sup><sup>9</sup></sup></a>.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">El punto de   partida de esa noción radica en una estructura productiva de naturaleza   comunitaria, como es el ayllu andino.   Se trata de estructuras parentales de origen prehispánico que comparten un   mismo territorio y, sobre todo, procesos productivos colectivos. Ciertamente, a   lo largo de 500 años y período de colonización de por medio, los ayllus han sido sometidos a continuos   procesos de desestructuración que, en el último siglo, se han acelerado   vertiginosamente por la expansión del capitalismo en las áreas rurales y la   subsunción a que somete a la producción agraria comunitaria y campesina. De ese   modo, lo que hoy queda de las formas originarias de los ayllus es muy poco pero, aún así, su   densidad social sigue siendo un punto de referencia obligado en la concepción   de lo que hoy es un principio filosófico del Estado, el Vivir Bien.   Probablemente esa densidad tenga como base material los procesos de trabajo colectivos que, variando de acuerdo a las regiones, perviven en los ayllus.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">En el mundo   andino, el elemento estructurador de la comunidad es el trabajo. A partir de él   no sólo se crea las condiciones necesarias a la subsistencia familiar y   colectiva sino las formas de pertenencia a la comunidad. En los ayllus, el nacimiento es una condición   necesaria para ser parte de la comunidad, pero no suficiente. La capacidad de   trabajar con y para todos sí lo es. Es decir, es en el ámbito del trabajo donde   las personas se hermanan entre sí, donde pueden reconocerse -a falta de mejor   término- como iguales. Los   intercambios que pueden surgir entre esos iguales hoy están en gran parte   mediados por la moneda, sin embargo, en el corazón de las relaciones sociales   comunitarias andinas pervive el trabajo como la forma en que se construye la pertenencia.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Esto resulta   particularmente importante en las prácticas cooperativas del trabajo, como el   ayni. El ayni es una forma de trabajo   cooperativo que consiste en devolver en   trabajo una ayuda previa recibida. Lo fundamental del ayni es que responde al principio de la   reciprocidad, según el cual un ser humano no puede dejar de retribuir y   agradecer la ayuda que recibe en el ámbito del trabajo. En su forma general, el ayni genera una conciencia de responsabilidad y gratitud con el mundo circundante por todo lo que se ha recibido previamente, lo cual evita una visi  ón egocéntrica y falsamente   autosuficiente. El ayni le recuerda   constantemente a cada quien la fragilidad de sus propias fuerzas y la   importancia fundamental que tiene el apoyo de la comunidad para la preservación   de la vida individual y colectiva. El ayni   construye en las generaciones jóvenes el vínculo de pertenencia con la   comunidad pero, además, genera una conciencia de igualación entre los miembros   de la comunidad, en tanto todos trabajan.   Probablemente, esta es una de las pocas formas de cooperación que no puede ser   retribuida en dinero o especie, lo que devela la preservación de un núcleo de   comprensión de las relaciones a entablar con la realidad. Si se explicita que   la comunidad en el mundo andino no está integrada sólo por la comunidad social   sino también por la naturaleza, es posible dimensionar la magnitud y complejidad del vínculo de pertenencia y la conciencia de responsabilidad.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Ahora bien, si el   trabajo es el gran constructor de la identidad y pertenencia, la reciprocidad   es el contenido mismo de la noción de justicia en el mundo andino. A diferencia   de occidente, donde la igualdad es el criterio constitutivo de lo social, la   reciprocidad actúa como el fundamento de la construcción comunitaria en un   sentido que sobrepasa el orden social. Es, por tanto, el gran regulador de las   relaciones sociales pero también de las relaciones que entabla el ser humano con la naturaleza.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">El efecto que tal   conceptualización tiene sobre la noción de derechos de los miembros de la   comunidad es inmediata: se tiene derechos en la medida en que, primero, se   trabaje a favor de la comunidad -se dé algo de sí- y, segundo, se observe la   reciprocidad para con todo lo circundante. Se deduce de ello que los derechos   no son derechos per se: cada quien se gana el reconocimiento y cumplimiento   de esos derechos en la medida en que su conducta se apega al principio de   justicia. Al revés, quien no trabaja, no sirve a la comunidad y no retribuye por todo lo que recibe pierde ese derecho<a href="#_ftn10" name="_ftnref10" title=""><sup><sup>10</sup></sup></a>.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Resulta por demás   evidente el choque de esta forma de conceptualización de la justicia y de los   derechos con respecto a la forma liberal capitalista. En materia educativa, el   problema, sin embargo, no es el choque sino la manera en que estas dos formas   contrapuestas de conceptualizar la justicia y la formulación de derechos van a   tener lugar en el ámbito de la educación. Es decir, desde dónde, desde cuál de   estos horizontes de sentido, se va a construir el discurso educativo. La visión   intra e intercultural que atraviesa la ley de educación puede permitir la explicitación   de ambos horizontes, pero sin duda es un ámbito donde difícilmente podría   plantearse un proceso de síntesis. Será necesario pensar, entonces, desde dónde se va a construir el ideario de convivencia y ejercicio de la libertad en materia educativa.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Esto implica   una claridad política sobre lo que se quiere. A nuestro entender, los   parámetros de invención del nuevo modelo educativo tienen que recuperar   fuertemente los contenidos de ética y justicia que provienen de las estructuras   comunitarias andinas y avanzar sobre ello en la construcción de la comunidad de   este siglo, con sus propias características y capacidad de satisfacer las   necesidades del presente desde una nueva base material productiva. El   pluralismo productivo establecido por la Constitución, que privilegia la   producción comunitaria, tendría que ser capaz de construir esta base material   por contraposición al capitalismo. Pero eso, claro, es el tema mismo de la construcción del socialismo.</font></p>     <p align="justify">&nbsp;</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font size="2"><b><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Notas</font></b></font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="#_ftnref1" name="_ftn1" title="">1.</a> Hasta entonces, las relaciones productivas propiamente capitalistas se   hab&iacute;an concentrado, prioritariamente, en la gran miner&iacute;a del esta&ntilde;o y, en menor escala, en las pocas industrias existentes en el pa&iacute;s.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="#_ftnref2" name="_ftn2" title="">2. </a>Se denomin&oacute; as&iacute; a los integrantes del Movimiento Nacionalista   Revolucionario (MNR).</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="#_ftnref3" name="_ftn3" title="">3. </a>En el Art. 12, la ley establece el Ciclo de Aprendizajes   diferenciados, que se subdivide en Aprendizajes T&eacute;cnicos Medios, conducentes al   Bachillerato T&eacute;cnico, y Aprendizajes Cient&iacute;fico-Human&iacute;sticos, conducente al   Bachillerato en Humanidades y destinado &quot;a completar la formaci&oacute;n   cient&iacute;fica, human&iacute;stica y art&iacute;stica necesaria para el ingreso a las carreras   universitarias de la misma naturaleza&quot;. (Ministerio de Educaci&oacute;n, Cultura   y Deportes, 2001: 57-58).</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="#_ftnref4" name="_ftn4" title="">4. </a>Se denomin&oacute; guerra del agua a la lucha popular desatada en la ciudad   de Cochabamba entre febrero y abril de 2000 en contra del intento de la   transnacional del agua Bechtel -mimetizada en el nombre local de la empresa   Aguas del Tunari- de elevar las tarifas del agua, en un franco proceso de   privatizaci&oacute;n de este recurso. </font><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Cientos   de heridos y un muerto de por medio, las organizaciones sociales cochabambinas   lograron expulsar a la empresa y anular el contrato. La guerra del agua se   convirti&oacute; en un antecedente importante para otras luchas sociales tanto en el   &aacute;mbito nacional como internacional.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="#_ftnref5" name="_ftn5" title="">5.</a> A diferencia de las organizaciones sociales y de las movilizaciones   sociales, los movimientos sociales tienen, al menos tres grandes componentes:   a) Una estructura de movilizaci&oacute;n o sistema de toma de decisiones, b) una identidad   colectiva y registros culturales que le permitan diferenciarse colectivamente,   y c) unos repertorios de movilizaci&oacute;n o m&eacute;todos de lucha (Garc&iacute;a Linera, 2010:   21-22).</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="#_ftnref6" name="_ftn6" title="">6.</a>&nbsp; Gonzalo S&aacute;nchez de Lozada fue Presidente de Bolivia de 1993 a 1997 y,   la segunda vez, de 2002 a 2003. Despu&eacute;s de su hu&iacute;da, el Vicepresidente Carlos   Mesa asumi&oacute; el mando del pa&iacute;s.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="#_ftnref7" name="_ftn7" title="">7.</a> Cuando menos de las naciones demogr&aacute;ficamente m&aacute;s densas y   pol&iacute;ticamente estructuradas como, fundamentalmente, la aymara y la quechua y,   parcialmente, la guaran&iacute;.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="#_ftnref8" name="_ftn8" title="">8.</a> Diferimos aqu&iacute; de todas aquellas corrientes que caracterizan la &eacute;tica   como filosof&iacute;a de la moral y que reducen, por tanto, el sentido de las acciones   a la mera subjetividad y a par&aacute;metros de lo que es bueno o malo. A nuestro   entender, la &eacute;tica est&aacute; referida al ejercicio de la libertad en el marco de las   relaciones sociales y, en particular, a la construcci&oacute;n del nosotros. Esto es   lo que la relaciona de manera directa con la pol&iacute;tica.</font></p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="#_ftnref9" name="_ftn9" title="">9.</a> Con esa nominaci&oacute;n gen&eacute;rica, nos referimos a las formas comunitarias   aymara-quechuas que predominan en el occidente del pa&iacute;s. Asimismo, habr&iacute;a que   puntualizar que, de acuerdo con el Censo de Poblaci&oacute;n de 2001, el 55,87% de la   poblaci&oacute;n en Bolivia mayor a 15 a&ntilde;os se reconoce como aymara (25,19%) y quechua   (30,69%), frente a un 38,03% que se define como mestizo (Instituto Nacional de   Estad&iacute;stica, 2001).</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><a href="#_ftnref10" name="_ftn10" title="">10.</a> En los estudios que tiene   Fern&aacute;ndez (2000) sobre las pr&aacute;cticas del derecho originario en ayllus del   altiplano boliviano, relata el ejemplo de que, llegada la fecha del carnaval,   los padres tienen la costumbre de repartir el ganado ovino entre sus hijos,   pero &uacute;nicamente entre los hijos que cuidaron al   ganado durante el a&ntilde;o.</font></p>     <p align="justify">&nbsp;</p>     <p align="justify"><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif"><b>Bibliografía</b></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Altarejos,   F.</b> (2002).   Dimensión ética de la educación. Pamplona: Universidad de Navarra. 2<sup>a</sup>   ed.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456282&pid=S1997-4043201000030000200001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Barcena, F., Gil, F. y Jover, G.</b>  (1999). La escuela de la ciudadanía. Educación,   ética y política. Bilbao: Editorial Desclée de Brouwer.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456284&pid=S1997-4043201000030000200002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Bourdieu, P.</b>  (1997). Capital cultural, escuela y espacio social.   Barcelona: Anagrama.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456286&pid=S1997-4043201000030000200003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Campbell, T. </b>(1988-2002). La justicia. Los principales debates   contemporáneos. Barcelona: Gedisa.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456288&pid=S1997-4043201000030000200004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify">Centro de Coordinación y Promoción Campesina Mink'a, Centro Campesino   Tupaj Katari, Asociación de Estudiantes Campesinos de Bolivia y Asociación   Nacional de Profesores Campesinos (1973). Manifiesto de Tiwanaku. Disponible en: <a href="http://marianabruce.blogspot.com/2010/06/primer-manifiesto-de-tiahuanaco-1973.html">http://marianabruce.blogspot.com/2010/06/primer-manifiesto-de-tiahuanaco-1973.html</a></font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456290&pid=S1997-4043201000030000200005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Confederación Sindical Única de Trabajadores   Campesinos de Bolivia Tupaj Katari</b>  (2005). Pachakuti Educativo. Propuesta de la CSUTCB al<i> II</i> Congreso Nacional   de Educación basada en el modelo del ayllu. La   Paz: s.e.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456291&pid=S1997-4043201000030000200006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Confederación de Trabajadores de   Educación Urbana de Bolivia </b>(2004). La</font> <font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif">Escuela para rescatar la Patria. La     Paz: s/e.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456293&pid=S1997-4043201000030000200007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Echeverría, B.</b>  (1986). El discurso crítico de Marx.   México: Era.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456295&pid=S1997-4043201000030000200008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Echeverría,   B.</b> (2011).   Antología. Crítica de la modernidad capitalista. La Paz: Vicepresidencia   del Estado Plurinacional de Bolivia.</font></p>     <p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Esposito, R.</b>  (2003). Comunitas. Origen y destino de la   comunidad. Buenos Aires: Amorrortu.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Fernández, M.   </b>(2000). La ley del Ayllu. Práctica de la jacFa   justicia y jisk<sup>,</sup>a justicia (Justicia Mayor y Justicia Menor) en   comunidades aymaras. La Paz: PIEB.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456299&pid=S1997-4043201000030000200009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Fernández,   M.</b> (comp.) (2010). Estudio sociojurídico. Práctica del derecho   indígena originario en Bolivia. Bolivia: Consejo Nacional de Ayllus y   Markas del Qullasuyo/ CIDOB/COOPI.</font></p>     <p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>García   Linera, A.</b> (2002). &quot;La formación de la   identidad nacional en el movimiento indígena-campesino aymara&quot; En: Fe y pueblo desde los movimientos   indígenas/campesinos. Revista teológica y pastoral del Instituto   Superior Ecuménico Andino de Teología, N° 2. La Paz: ISEAT/PLURAL Editores.</font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>García Linera, A.   (coord.)</b> (2010). Sociología de los movimientos   sociales. Estructuras de movilización, repertorios culturales y acción   política. La Paz: Plural, AGRUCO, National centre of   competence in research north south.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456303&pid=S1997-4043201000030000200010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify">Instituto   Nacional de Estadística. Censo de población y vivienda 2001.   Disponible en: <a href="http://www.ine.gob.bo/cgi-bin/Redatam/RG4WebEngine.exe/PortalAction?&amp;">http://www.ine.gob.bo/cgi-bin/Redatam/RG4WebEngine.exe/PortalAction?&amp;MODE=MAIN&amp;BASE=TallCreac&amp;MAIN=WebServerMain.inl</a></font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456305&pid=S1997-4043201000030000200011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"> <b>Katz, M.S., Noddings, N. y Strike, K.A. </b>(2002). Justicia y cuidado.   En busca de una base ética común en educación.   Barcelona: Idea Books.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456306&pid=S1997-4043201000030000200012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Marx,   K. y Hobsbawn, E. </b>(1987). Formaciones económicas precapitalistas.   México: Pasado y Presente N° 20. 17<sup>a</sup> ed.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"> <b>Ministerio de Educación, Cultura y Deportes   </b>(2001). &quot;Ley 1565&quot;. En: Nuevo compendio   de legislación sobre la Reforma Educativa y leyes conexas. La   Paz.</font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Ministerio de Educación</b>  (2007). Políticas de descolonización de las   prácticas educativas. Documentos de trabajo. La Paz: s/e.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456310&pid=S1997-4043201000030000200013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"> <b>Pérez,   E.</b> (1992).   Warisata. La escuela-ayllu. La Paz: HISBOL/CERES.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456312&pid=S1997-4043201000030000200014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Piñón,   F. y Rentería, J. (coords.).</b> (2000). Ética y política: entre tradición y modernidad. México:   Universidad Autónoma Metropolitana.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456314&pid=S1997-4043201000030000200015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>República   de Bolivia</b> (1990). Código de la Educación Boliviana.   Cochabamba: Editorial Serrano.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456316&pid=S1997-4043201000030000200016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>República de Bolivia</b>  (2009). Constitución Política del Estado. Texto   aprobado por el pueblo en el Referéndum Constituyente de enero de 2009.   Versión oficial. s/l; s/e.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456318&pid=S1997-4043201000030000200017&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" align="justify"><b>Sandel, M. </b>(1982-2000). El liberalismo y los límites de la   justicia. Barcelona: Gedisa.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=456320&pid=S1997-4043201000030000200018&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></font></p>      ]]></body><back>
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