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Revista Ciencia, Tecnología e Innovación

versión impresa ISSN 2225-8787

Rev. Cien. Tec. In. vol.17 no.19 Chuquisaca jun. 2019

 

ARTÍCULO

 

Repensar la formación de los abogados en el contexto del Estado Plurinacional de Bolivia

 

Reconsidering the training of lawyers in the context of the Plurinational State of Bolivia

 

 

Christian Pérez1*

1 Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier Chuquisaca, Centro de Estudios de Posgrado e Investigación.

Recibido Abril 30, 2019; Aceptado Junio 18, 2019

 

 


Resumen

El desarrollo de las siguientes páginas, son el resultado del análisis de los planes de estudio de la Carreras de Derecho del país, caracterizadas por su enfoque jurídico tradicional y los procesos educativos vinculados a la formación de abogados en el Estado Plurinacional de Bolivia y en particular de la Carrera de Ciencias Jurídicas de la Universidad Mayor de San Simón, en la cual se desarrolló un diagnóstico, que permite entender la realidad de los procesos formativos, que se ejecutan en dicha institución y que se emulan en gran parte del territorio nacional. Y es a partir del análisis de los planes de estudio y del diagnóstico, es que se esbozan algunos criterios destinados a la formación de los abogados, acordes a la pluralidad de necesidades, intereses y expectativas individuales y colectivas del Estado boliviano.

Palabras Clave

Pluralidad, Formación profesional, Complejidad, y Educación jurídica.


Abstract

The development of the following pages, are the result of the curricula analysis in the Law Schools of the country, characterized by its traditional legal approach and educational processes linked to the training of lawyers in the Plurinational State of Bolivia and in particular of the Legal Sciences School of San Simón University by developing a diagnosis, that allows to understand the reality of the formative processes, that are executed in this institution and emulated in large part of the national territory. And from the curricula and diagnosis analysis emerge some outlined criteria for the training of lawyers, according to the plurality of needs, interests and individual and collective expectations of the Bolivian State.

Keywords

Plurality, Professional training, Complexity, and Legal education.


 

 

Introducción

La existencia de una sociedad compleja, como la boliviana, en un momento histórico, con múltiples contrastes y problemas, tanto a nivel interno y externo, con avanzados procesos de integración y de desarrollo tecnológicos-comunicacionales, exige replantearse los procesos formativos universitarios y transformarlos en la perspectiva de satisfacer la diversidad de necesidades que emergen de la sociedad plural.

Ahora bien, el contexto actual presenta retos en lo político, en lo social, en lo cultural, en lo jurídico y, en particular, en el plano de lo educativo, más concretamente en lo que a la formación profesional de los futuros abogados se refiere, lo que produce profundas controversias y problemas en el seno mismo de la sociedad, agravados por un sistema de justicia plagado de observaciones y cuestionamientos que en vez de brindar salidas eficientes a los conflictos puestos a su arbitrio, en el marco de la seguridad jurídica y el debido proceso, los agravan añadiendo incertidumbres, todo en un contexto de degradación, corrupción, carencias académicas y profunda crisis institucional.

Lo descrito se desarrolla en un contexto complejo de reformas estructurales, donde el Estado, promulga una Constitución con base en la pluralidad, como principio que se irradia a la política, sociedad, cultura y principalmente a la educación, empero, hoy se ha generado un divorcio entre el Estado actual y los procesos formativos llevados adelante por el sistema universitario, al no poder responder a la construcción del nuevo modelo de sociedad.

En función a lo señalado, se formula la siguiente pregunta: ¿Cuáles son los factores que inciden en los procesos de formación de los futuros abogados en un contexto plural de transformaciones, problemas y demandas sociales complejas?

En este orden de ideas, el objetivo dentro de este artículo, se concentra en identificar los criterios y lineamientos filosóficos generales necesarios para dotar de pertinencia, contextualización y practicidad de los procesos formativos de los futuros profesionales abogados que se desarrollan en las Carreras de Derecho de Bolivia, a fin de adaptarse al contexto plural boliviano, y que tiendan a mejorar los procesos y responder a las demandas sociales.

 

Materiales y métodos

El presente, es una investigación empírica y descriptiva, que confecciona un artículo original, y que forma parte de una investigación mayor, cual es, una tesis doctoral destinada al desarrollo de un modelo de enseñanza aprendizaje para la formación de abogados en contextos plurales (Pérez, 2019).

Por una parte, el estudio se basa en una revisión analítica de los planes de estudio, de las Carreras de Derecho, del sistema de la universidad pública boliviana y dos universidades privadas, la Universidad Católica Boliviana y la Universidad Privada Boliviana, para identificar a que modelo de educación responden y si se introdujeron cambios en función a los avances constitucionales y normativos del actual Estado Plurinacional, por lo cual, se hizo un relevamiento de información a partir de sus sitios web de cada universidad, para luego agruparlas y sistematizarlas, considerando el predominio de ciertas asignaturas, áreas y el pluralismo jurídico vigente.

Asimismo, el presente trabajo considera un diagnóstico realizado a partir de una encuesta, instrumentalizada con un cuestionario constituido por 49 ítems, con escalas estandarizadas, de frecuencia: de muy frecuente, frecuentemente, ocasionalmente, raramente y nunca, además de existir algunas preguntas abiertas.

Este diagnóstico, fue aplicado a los estudiantes de la Carrera de Ciencias Jurídicas de la Universidad Mayor de San Simón, por la apertura y a la vez limitaciones de acceso a otros centros universitarios; durante las gestiones 2017 y 2018; la población estudiantil comprendió a "11094" (Los Tiempos, 2016), y a partir de la técnica del muestreo probabilístico aleatorio, se determinó una muestra de 371 personas, con un error de 0,0025 y confianza del 0,95; sin embargo, por el acceso a las aulas y el número irregular de asistencia, las encuestas fueron aplicadas a 415 estudiantes de las materias de Introducción al Derecho, Teoría del Estado y Criminología, de primer año, Derecho Constitucional de segundo año, Derecho del Trabajo y Seguridad Social, Derecho Minero de Hidrocarburos y Procedimientos y Derecho Administrativo, de tercer año. Y la asignatura de Derecho Civil IV (Sucesiones), de cuarto año. Y en el análisis de datos y generación de gráficos, se empleó la aplicación SPSS y Microsoft Excel.

A continuación, se refleja la muestra de estudiante encuestados:

Tabla 1. Muestra de los estudiantes encuestados

El cuestionario fue aplicado en forma colectiva, en las instalaciones de la Carrera de Ciencias Jurídicas de la Universidad Mayor de San Simón, en los horarios regulares de clases y con la venia de encuestados y docentes responsables de la materia.

Por otro parte, en el desarrollo de los criterios y lineamientos para la formación de abogados aplicables a contextos plurales, se empleó el método analítico, sintético, dialectico y sistémico, apoyado en la búsqueda bibliográfica.

Asimismo, en la búsqueda bibliográfica, se emplearon los buscadores, google académico, la red de revistas científicas de América Latina y el Caribe (Redalyc), además de Scielo, y desde estos, se seleccionaron revistas y artículos educativos, principalmente latinoamericanos de habla hispana, del mismo modo, se encontraron algunas publicaciones bolivianas, aunque con resultados limitados; el proceso de selección se guío en función a la pertinencia y aplicabilidad al estudio en concreto, se seleccionaron 10 artículos, 5 libros, 15 documentos institucionales, 1 tesis doctoral y 1 publicación del periódico local.

 

Resultados

1. Resultados de la revisión analítica de los planes de estudio de las Carreras de Derecho del Estado Plurinacional

A partir de la revisión analítica de los planes de estudio de las Carreras de Derecho de las Universidades Públicas Autónomas del Sistema Universitario, además de las Universidad Católica de Bolivia y la Universidad Privada Boliviana, de carácter privado; se tienen los siguientes resultados, considerando cuatro criterios de clasificación: 1) La clasificación internacional normalizada de educación, 2) Las principales ramas del Derecho 3) Pluralidad, Pluralismo e interculturalidad, 4) Disciplinas Auxiliares:

1) La clasificación internacional normalizada de educación (CIDE), dentro de sus campos de educación, establece las siguientes clasificaciones que se vinculan al Derecho:

• Grupo amplio No.3, denominado: Ciencias sociales, educación comercial y derecho y dentro de este, se encuentra el No. 38 que agrupa asignaturas vinculadas a: "Magistrados Locales, notarios, Derecho (general, internacional, marítimo, etc.), jurisprudencia, historia del Derecho. (UNESCO, 2013).

2) A partir del trabajo de Jorge Fabara Espin y Rina Pazos Padilla (2018), se sintetizan las principales ramas del Derecho, acordes a la realidad boliviana:

o Grupo 1(G1): Donde se agrupan asignaturas de Teoría del Derecho, Teoría de la norma, Derecho Comparado.

o Grupo 2 (G2): Redacción jurídicas o idiomas.

o Grupo 3(G3): Derecho Privado, que abarca: Derecho Sustantivo Privado, Derecho Civil, Societario y Mercantil.

o Grupo 4 (G4): Derecho Procesal, que incluye, el Derecho Procesal Civil, Penal y Laboral.

o Grupo 5 (G5): Derecho Público, que considera, el Derecho Sustantivo, en el ámbito público, el Derecho Constitucional, Penal y Administrativo.

o Grupo 6 (G6): Derecho Social, y envuelve a las asignaturas de Derecho de Cooperativas, Derecho Laboral, Derecho de Menores.

o Grupo 7 (G7): Derechos Humanos, que toma en cuenta, la asignatura de Derechos Humanos.

o Grupo 8 (G8): Filosofía, considerando las asignaturas de Filosofía del Derecho, Deontología Jurídica, Lógica Jurídica, Teoría del Conocimiento.

o Grupo 9 (G9): Género, conteniendo asignaturas enfocadas en Derecho y Genero y el Derecho de Familia con enfoque de género.

o Grupo 10 (G10): Humanidades, Ciencias Sociales y del Comportamiento, contiene las asignaturas de Antropología, Sociología, Ciencia Política, Economía, Historia, Psicología.

o Grupo 11 (G11): Investigación, incluye a las asignaturas de métodos de investigación científica, jurídica y social.

o Grupo 12 (G12): Pluralismo e interculturalidad: abarcando asignaturas que desarrollen la pluralidad, en la aplicación de la justicia.

o Grupo 13 (G13): Práctica: comprende las asignaturas de prácticas jurídicas o clínicas jurídicas específicas, como Derecho Civil, Penal, Laboral, Constitucional.

o Grupo 14 (G14): Ramas específicas del Derecho y legislación, incluyendo a las asignaturas de Derecho Energético, Informática, Aduanas, Leyes de regulación del mercado.

o Grupo 15 (G15): Técnicas auxiliares, contemplando las asignaturas de informática, oralidad jurídica y oratoria forense.

En efecto, los principales hallazgos, se centralizan en la siguiente tabla: (que se encuentra en Material Complementario)

A partir de los datos esbozados, se puede observar que las G4 y G13, son las asignaturas que predominan en los planes de estudio, es decir, casi todos los años, los estudiantes, llevan una o más materias vinculadas al Derecho Civil y Penal, y las prácticas forenses se concentran en estas, exceptuando el plan de estudios de la Universidad Privada Boliviana, que tiene una inclinación por las ramas económicas de administración privada.

De los grupos G1 al G6, es evidente, la coincidencia en varias asignaturas vinculadas al Derecho Privado y Público, además del Derecho Sustantivo y Adjetivo, que se presentan en los planes de estudio analizados, siendo las asignaturas que más se repiten, la de Introducción al Derecho, Derecho Romano, Derecho Constitucional, Derecho Civil y Derecho Penal. Puntualizando que, de las 11 instituciones estudiadas, 8 introducen una materia vinculada a los sistemas alternativos de resolución de conflictos, siendo un parámetro a destacar, más, cuando la legislación vigente, exige que antes del litigio se establezcan mecanismos alternativos a este, en busca de propulsar la tan mentada cultura de paz.

Por su parte, parecería que el Derecho Constitucional, es impulsado de gran manera en los planes de estudio de la Carreras de Derecho, y esto, sin duda refleja, la tendencia que emerge desde el proceso constituyente del año 2009, que constitucionaliza el país y su realidad jurídica, política, económica y social.

El grupo 7 vinculado a los Derechos Humanos, como asignatura, es asumida por 4 carreras, aun a pesar de la importancia que tiene, desde la aparición del control convencional y la obligatoriedad de los Estados de recoger la jurisprudencia emanada por el sistema universal y regional de protección de los Derechos Humanos.

Sobre el G8 de Filosofía, se nota la influencia que tiene en los planes de estudios que en casi todos se presentan, además, que se complementan con materias vinculadas a la argumentación jurídica que muy pocas la consideran.

Sobre el enfoque de género, tal cual, como asignatura, es casi inexistentes en las universidades estudiadas, lo que no implica que transversalmente, se haga un abordaje del mismo, pero, la dura realidad vinculada al patriarcado, la violencia de género, y los problemas emergentes al encarar esta problemática, con normas altamente punitivas, antes que políticas educativa y preventivas, conllevan la necesidad de repensar el abordaje de esta temática en una asignatura en particular, dentro de los planes de estudio.

El G11, sobre la investigación, esta presente en todas las universidades estudiadas, pues, se considera, como una las actividades esenciales que realizan las universidades hoy por hoy.

El G13, denominado práctica, se observa en los planes de estudio, descritos, sin embargo, estos se enfocan en materias teóricas predominantemente, antes que prácticas, siendo mínimas y recurrentes, las practicas vinculadas a dos materias, que son: forense civil y forense penal, que también son llamadas clínicas, en algunos de los planes de estudio descritos.

Asimismo, se observa que el pluralismo jurídico (G12) como asignatura, es prácticamente minimizado, siendo necesario reflexionar que, en el Estado Plurinacional, desde hace 10 años está vigente la pluralidad y el pluralismo jurídico, dando origen al sistema de jurisdicción ordinaria y a la jurisdicción indígena originario campesina, que, en igualdad de condiciones, administran justicia, tal cual, lo establece el art. 179 de la Constitución Política del Estado. Por consiguiente, se observa, que, en la mitad de las universidades analizadas, persiste el monismo jurídico y no se introdujeron modificaciones importantes a sus planes de estudio, aun a pesar de realidad insoslayable de la pluralidad boliviana.

Por otra parte, es relevante comentar, que el G14 y G15, se presentan como disciplinas, aisladas, pero que ocupan gran parte de los planes de estudio consignados.

Finalmente, se observa, que, en este marco de monismo jurídico, las disciplinas que más se enseñan, son disciplinas teóricas (Civil, Penal, Constitucional, Laboral), por lo cual, predomina una educación jurídica tradicional, claramente limitativas y que incluso ofrecen pocas posibilidades de especialización en áreas diferentes de las que están relacionadas a las indicadas.

2. Resultados del proceso de diagnóstico del proceso formativo encarado en la Carrera de Ciencias Jurídicas de la Universidad Mayor de San Simón

El procesamiento de los datos, referentes al diagnóstico del proceso formativo (proceso de enseñanza aprendizaje) ejecutado en la Carrera de Ciencias Jurídicas de la Universidad Mayor de San Simón, mediante encuestas aplicadas a 415 estudiantes de las materias de Introducción al Derecho, Teoría del Estado y Criminología, de primer año, Derecho Constitucional de segundo año, Derecho del Trabajo y Seguridad Social, Derecho Minero de Hidrocarburos y Procedimientos y Derecho Administrativo, de tercer año. Y la asignatura de Derecho Civil IV (Sucesiones), de cuarto año, muestran importantes aspectos que son necesarios considerarlos, sintetizando los siguientes:

Captura y resultados sobre la satisfacción del proceso de enseñanza - aprendizaje

Gráfico 1. Nivel de satisfacción sobre el proceso de aprendizaje

Como se observa en el grafico 1, es importante resaltar el nivel de satisfacción, manifestado por los estudiantes encuestados, sobre el proceso de enseñanza aprendizaje que se desarrolla en la Carrera de Ciencias Jurídicas de la Universidad Mayor de San Simón.

Sin embargo la realidad y la percepción exteriorizada en este gráfico, se contradicen, porque, aun a pesar de la satisfacción vinculada al proceso formativo, existen observaciones que se presentan en el mismo, y que se transcriben en líneas posteriores, como la desactualización de los contenidos y la escasa práctica.

Resultados sobre las estrategias que predominan en el proceso de enseñanza aprendizaje

Sobre las estrategias que se emplean en el proceso de enseñanza aprendizaje, el estudiante observa, el predominio de la exposición magistral, evidenciando la centralidad del docente dentro del proceso formativo, por otra parte, se presentan, además, el método dialógico, la memorización de contenidos, la reproducción literal de los contenidos, sin embargo, también se rescata el empleo de estrategias como el aprendizaje basado en problemas y casos. Gráficamente la percepción es la siguiente:

Gráfico 2. Gráfico global de estrategias de aprendizaje utilizadas en la Carrera de Ciencias Jurídicas

A partir de este gráfico, se puede ir caracterizando a los procesos formativos, que están centrados en el docente, con una inclinación por las estrategias de enseñanza, antes que las de aprendizaje, y una tendencia clara a una educación tradicional.

Resultados sobre la metodología de evaluación empleada

En relación a la metodología de evaluación empleada en el proceso de enseñanza aprendizaje, se puede observar que las metodologías de evaluación que emplean con frecuencia los docentes, según los estudiantes son: Exámenes Teóricos (47%), Resolución de Problemas (41%), Elaboración de Tareas (43%), Debates en Clase (31%) y Elaboración de Informes (33%). Graficando, se observa:

Gráfico 3. Metodologías de evaluación utilizadas en la Carrera de Ciencias Jurídicas

El gráfico descrito, en concordancia con el anterior, recalca el enfoque jurídico tradicional, que predomina en los procesos formativos, desarrollados en la Carrera de Ciencias Jurídicas de la Universidad Mayor de San Simón, al ser los exámenes teóricos, los principales instrumentos, con los cuales se evalúa el proceso de enseñanza aprendizaje.

Captura y resultados sobre los medios e instrumentos empleados en el proceso de enseñanza- aprendizaje

Gráfico 4. Medios e instrumentos utilizados en la Carrera de Ciencias Jurídicas

El gráfico, refleja que los índices de mayor frecuencia en cuanto a los medios e instrumentos de seguimiento son: los registros de asistencia (55%), libros (51%), textos de estudios (48%), en coincidencia con las características propias de la Carrera. Sin embargo, los que ocasionalmente se presentan son: las guías de observación, registros anecdóticos, listas de cotejo y hojas policopiadas, instrumentos que se constituyen en elementales al momento de seguimiento y evaluación del estudiante.

Resultados y percepciones sobre los contenidos desarrollados del proceso de enseñanza-aprendizaje

Por otra parte, las mayores observaciones giran en torno a los contenidos, que son observados por su pertinencia, actualización, vínculo con la realidad y práctica jurídica, emergiendo la necesidad de una actualización de la malla curricular en función al contexto vigente. Graficando, se tiene lo siguiente:

Gráfico 5. Percepciones sobre los contenidos desarrollados en la Carrera de Ciencias Jurídicas

El gráfico 5, muestra que el 47% de los estudiantes opinan que raramente existe la pertinencia de contenidos, el 13% indica que frecuentemente existe la pertinencia de contenidos, el 21% considera que ocasionalmente se haya pertinencia en los contenidos, el 8% observa como muy frecuentemente la pertinencia de contenidos y el 12% indica que nunca hay la pertinencia de contenidos desarrollados por los docentes.

En síntesis, se revela de manera contundente la impertinencia de los contenidos desarrollados por la malla curricular.

Sugerencias sobre el proceso de enseñanza-aprendizaje

Finalmente, se preguntó al estudiante en los Ítems 48 y 49, cuales serían sus sugerencias que puedan ser incorporadas al proceso de enseñanza aprendizaje, destacando que más del 30% de los mismo, señalo que deben de incorporarse más prácticas; entre las cuales, sugieren en un 45 %, prácticas que están destinadas al conocimiento de tramites legales y expedientes.

En síntesis, a partir de los resultados obtenidos, se puede caracterizar al proceso de enseñanza aprendizaje de la Ciencias Jurídicas, que se desarrolla en la Universidad Mayor de San Simón, como un proceso un proceso formativo, centrado en el docente, con estrategias de enseñanza-aprendizaje predominantemente tradicionales, y con un metodología de evaluación, que se concentra en el saber, antes que el hacer y olvidando otras dimensiones como el ser y convivir, toda vez, que los exámenes teóricos, se constituyen en el principal elemento de evaluación. Por su parte las observaciones a los contenidos y el proceso de enseñanza en sí, revelan una desconexión con la realidad y la práctica jurídica, debido a estos y otros aspectos, se presenta la necesidad de cambios, y es, en un inicio, el mismo docente, que a partir de su práctica diaria, puede cambiar la forma como se desarrollan los procesos formativos, y adaptarse a las necesidades, intereses y expectativas de la sociedad en general y de los estudiantes de Ciencias Jurídicas en particular.

Por último, en indicar que esta realidad que se presenta, en esta Carrera, es una realidad que se repite frecuentemente en el contexto del Estado Plurinacional, que reitera la educación jurídica tradicional, tal cual, lo corroboran autores como Ernesto Farfán, Mauricio Espinoza, Roberto Agreda entre otros.

Hasta aquí, se puede graficar los principales aspectos:

Esquema 1. Procesos de reflexión sobre la formación de abogados en contextos

3. Criterios y/o lineamientos para la formacion de abogados en el contexto del Estado Plurinacional

Para el desarrollo de los criterios que se presentan, se empleó el método analítico, sintético, dialectico y sistémico, apoyado en la búsqueda bibliográfica, dichos lineamientos estan destinados al formacion de la formación de abogados acordes al contexto plural del Estado Boliviano, describiendose en las siguientes lineas:

Criterios vinculados al contexto plural Boliviano

Los criterios que se presentan son parte de una investigación doctoral y se constituyen en un esbozo, más, no en una lista definitiva ni limitativa.

a) Contextualizacion de la realidad plural boliviana y la Universidad Boliviana a los procesos de formacion de los profesionales abogados

Las reformas estructurales consolidadas el año 2009 y la promulgación de la Constitución del Estado Plurinacional establecen un nuevo pacto político, social, y jurídico, que se fundan en la igualdad y respeto entre cada uno de los habitantes que coexisten en este territorio, este nuevo marco constitucional, regirá la sociedad Boliviana, consagrando directrices-axiológicas que se insertan en el preámbulo de la Constitución, así como en la cláusula estructural contenida en su art. 1, además de los artículos 2, 3, 10 y 30 de la misma Constitución; estos criterios son la pluralidad, la interculturalidad, la descolonización y la cultura de paz, que deben irradiarse no solamente a nivel normativo, sino principalmente en los distintos procesos sociales, y en particular en los procesos formativos que se encaran en el Estado Plurinacional.

Del mismo modo, la Constitución prevé para el sistema de Educación Superior, en los arts. 91 al 96, la formación integral, calificada y competente de los recursos humanos. Destacando la posicion de la Universidad de San Simón, que determino: "Mejorar la calidad de la formación universitaria, a través de procesos de renovación curricular, orientados al desarrollo de competencias que respondan al contexto actual y posibiliten el desempeño idóneo de los futuros profesionales"(2013, p. 18).

Por consiguiente, el criterio de contextualizacion a la realidad plural, al  ser una directriz multidimensional, debe de irradiarse a los procesos formativos que se desarrollan en las Carreras de Derecho  de Derecho del Estado Plurinacional, si el fin, es consolidar una educacion pertinente y adecuada a la realidad de nuestra sociedad.

b) La pluralidad y los procesos deformacion de abogados en el Estado Boliviano

El reconocimiento de la pluralidad y complejidad societal, que caracterizan a la población boliviana en la actualidad, trae consigo multiples procesos, entre los cuales, estan, la reconstitución compleja de saberes, conocimientos, territorios e identidad de los pueblos indígenas, originarios y campesinos; en esta linea argumental, la Constitución Poltiica del Estado, en su preambulo, dirá que dichos procesos estan "basados en el respeto e igualdad de condiciones entre todos"(2009) los conglomerados sociales que cohabitan en el territorio nacional.

En relación a la pluralidad, Alberto Del Real Alcalá, señala que es "el elemento fundante del Estado"(2010), e implica la restitución, igualación y reconstitución de la matriz civilizatoria de las naciones originarias para una convivencia armónica y equilibrada al interior de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre éstos y en relación a toda la sociedad en su conjunto(Attard, 2014).

En efecto, la pluralidad significa sobre todo "dialogo con todas las culturas a partir de una cultura que se abre a las demás"(Gadotti, Moacir, 2003, p. 51), por consiguiente, el pluralismo, si bien es un constructo un tanto más restringido que la pluralidad, es un elemento de inclusión de la diversidad en la unidad, cuya cúspide dogmática y constitucional, supera el monismo juridico, y se plasma en el reconocimiento constitucional expreso del pluralismo jurídico, acorde con el modelo constitucional y de sociedad de justicia e igualdad que se quiere plasmar.

Por otra parte, la pluralidad, relacionada íntimamente con la descolonización y la interculturalidad, desarrollaran y consolidaran procesos complejos de construcción y reconstrucción de relaciones sociales y culturales, que se irradiaran en los procesos educativos, y a la posibilidad de adaptarse y resolver problemas que emergen del reconocimiento de la realidad plural boliviana, con el fin de construir un sociedad armoniosa, de justicia e igualdad, dentro del respeto, tolerancia y equilibrio que debe de existir entre cada uno de los grupos sociales pre- existentes y existentes del país. Y sin duda, la pluralidad, es un avance para el Estado y una conquista de los Pueblos Indigenas originarios y campesinos que habitan el territorio boliviano, y su negacion, o desconocimiento, por ciertos sectores de la sociedad, son infundados y contradictorios, bajo un razonamiento elemental, los derechos humanos avanzan y no retrocen (principio de progresividad), por tanto, el criterio de pluralidad en general, y el pluralismo en particular, al reflejar la realidad actual del Estado, se constituye en un postulado que integra y se irradia a los procesos de reconstitución, revalorización e igualación de la diversidad de grupos poblacionales, personas, culturas y procesos educativos, formativos y curriculares, en particular de los profesionales abogados, con un fin esencial, cual es, el de fomentar el respeto y armonía societales.

c) La descolonizacion como criterio para repensar la formación de los abogados

La descolonización implica incorporar a los diseños currículares, y por consiguiente a los planes de estudio, en especial los de las Carreras de Derecho, con la misma validez, los

saberes y conocimientos indígenas y establecer que la educación debe de ser plurilingüe en todos los niveles. Pero además la descolonización en la educación es un proceso de desarrollo propio de una forma de entender la educación, más allá de la aplicación de propuestas pedagógicas de otros contextos(Ministerio de Educación del Estado Plurinacional de Bolivia, 2014).

Al respecto, bajo el criterio de descolonizacion, es necesario replantearse los diseños curriculares y los procesos formativos vinculados a la formacion de los profesionales abogados, dejando atrás las estructuras curriculares importadas de Europa y algunos paises latinoamericanos, que reproducen el monismo jurídico y el proceso de enseñanza aprendizaje juridica tradicional, "centrada en la ley y complementariamente en la doctrina"(Padilla & Espín, 2018, p. 10), desarraigada y descontextualizada a la realidad boliviana.

d) El criterio de interculturalidad dentro de la realidad boliviana y los procesos formativos

La interculturalidad, "se funda en la necesidad de construir relaciones entre grupos, practicas, lógicas y conocimientos distintos apelando a cambios profundos en todas las esferas de la sociedad, procurando unidad e igualdad en la diversidad"(Walsh, Catherine, 2002).

Por ello, la interculturalidad, dentro de los procesos formativos, se expresan en el dialogo, interrelación, valoración, respeto mutuo y convivencia pacífica en igualdad de condiciones para cada uno de los colectivos humanos que son parte del Estado Plurinacional. Y es a partir del dialogo intercultural que se puede reflexionar sobre los procesos desarrollados en la formacion de los abogados, pues, los monologos, no construyen, solo el dialogo intercultural, se constituye en un criterio aplicable, para repensar la formacion del abogado y que este proceso, sea acorde al contexto plural y complejo del pais.

Para finalizar esta apartado, seria importante observar y analizar el caso de México y algunos proyectos de licenciatura con enfoque intercultural para el ejercicio del Derecho en entornos jurídicos plurales (Román & Martínez, 2016), que se estan desarrollando en la Universidad de Chiapas, la Universidad Veracruzana y la Universidad Intercultural del Estado de Puebla, que introducen un diseño curricular y asignaturas que difieren de la corriente jurídica romano germana y superan la educación jurídica tradicional.

e) El criterio de cultura de paz (educación para la paz) dentro de la realidad boliviana y los procesos formativos

La educación para la paz, es entendida como un "conjunto de valores, actitudes, comportamientos y estilos de vida que rechazan la violencia y previenen los conflictos atacando a sus raíces a través del diálogo y la negociación entre los individuos, los grupos y los Estados" (ONU, 1998).

En tal sentido, se construyen escenarios de paz cuando se crean espacio de dialogo (abierto, critico, argumentativo, respetuoso y tolerante), de convivencia y ejecución de acciones que favorezcan la armonía social (Bej arano Chamorro, Chamorro Guerrero, & Rodríguez Ortiz, 2018).

Lo expuesto, contrasta con la realidad de los planes de estudio analizados en líneas precedentes, pues estos, apuntan, principalmente a la formación de profesionales destinados al litigio y al ejercicio de la profesión en un sistema jurídico monista, en desmedro de los sistemas alternativos de resolución de conflictos, de la cultura de paz y el pluralismo jurídico vigente.

En consecuencia, la cultura de paz, se constituye en un criterio preferente, que debe ser inserto en los curriculos y principalmente en los procesos formativos de los futuros abogados, para la resolución de conflictos, desarrollando procesos y procedimientos, destinados a la resolución de problemas y controversias para el restablecimiento y consolidación de relaciones de paz y armonía entre los distintos conglomerados sociales que coexisten en el Estado Plurinacional.

f) Complejidad y la formación de los profesionales abogados en el contexto plural

La complejidad buscara la:

Reforma del pensamiento, concibe a la realidad como un sistema en permanente cambio, desarrollo y emergencia; reconoce al todo como la suma de sus partes y a la especificidad de las partes respecto al todo. Asimismo, de modo transdisciplinar, busca establecer puentes entre el conocimiento científico, el filosófico, el ideológico y el artístico y entre las ciencias diversas entre sí, humanas o naturales. (Armijos, Hernández, & Sánchez, 2017, p. 474)

Por ello, la complejidad, reconocerá que el hombre y la sociedad en general, están compuestos por elementos y procesos heterogéneos inseparablemente relacionados. Posibilitando abordar, al individuo, a la sociedad boliviana en particular y al proceso formativo, desde sus múltiples relaciones e interacciones, complementarias y antagónicas.

En efecto, el entendimiento del hombre, del Derecho como producto de la sociedad, desde la complejidad, como criterio, permite entender y resolver problemas acordes a las exigencias de la pluralidad, de manera multidisciplinaria, interdisciplinaria y transdiciplinaria.

Posibilitando procesos destinados a formar profesionales que desde el reconocimiento de sí mismo, de su sociedad diversa a la que pertenece y de la complejidad que lo rodea, pueda adaptarse e interactuar con esta realidad plural.

g) Criterio de Práctica y Complejidad, en la formación de los profesionales abogados en el contexto plural

Los procesos formativos, deben de desarrollar procesos lógicos complementarios, que van más allá de la lógica lineal y deben de complementarse con la práctica, porque, si no hay práctica no hay verdadero aprendizaje, en este sentido la complejidad, propugna que "los estudiantes deben de ser educados en una práctica estratégica y no en una práctica programática, que se adecue a la desorganización, el caos, a lo imprevisible" (Armijos et al., 2017. P. 478).

Para finalizar, el presente apartado, es necesario, reflexionar, en el marco de los criterios desarrollados, que el proceso formativo destinado a la formación de los profesionales abogados en el contexto plural boliviano, debería ser entendido, como un proceso complejo, un todo complementario y antagónico, con diversos matices, que como proceso va desde lo individual a lo social, de lo teórico a lo práctico, donde concurren elementos históricos, dialógicos, participativos, matizados por la integralidad que se vincula a la vida, a la sociedad y el mundo.

 

Discusión

Los resultados de la investigación apuntan en primera instancia, que los planes de estudio, desarrollan procesos formativos vinculados a una educación jurídica tradicional, tal cual se observan del proceso de reflexión, donde se identifican materias que se reiteran y positivista, que reflejan una educación jurídica tradicional, y con algunas universidades, que no están dispuestas a cambiar, aun a pesar, de existir un nuevo modelo de Estado, un nuevo marco constitucional y jurídico, porque en los hechos parecería que tienen un "modelo que les ha dado resultados y un cuerpo de profesores ya entrenados en la vieja educación jurídica"(Perdomo, 2007, p. 271).

Por otra parte, el contenido de los planes de estudio refleja un carácter disciplinario del Derecho, cuando en los hechos las ciencias sociales, en particular la Ciencias Jurídicas, son interdisciplinarias, y el abordaje, en tal sentido, posibilita mejores profesionales del Derecho, porque trabajan de forma colaborativa e interdisciplinaria (Padilla & Espín, 2018, p. 26).

Así pues, la complejidad de la conducta humana, su relaciones y su regulación, requieren un abordaje, multi disciplinario, e interdisciplinario y transdiciplinario, dado su carácter complementario, puesto, que en la línea del pensamiento complejo, este posibilita integrar el conocimiento, de forma transdiciplinaria, relacionados e interrelacionados entre sí, en una nueva lógica complementaria a la lógica cartesiana; y en el abordaje de casos concretos, la transdisciplinariedad posibilitaría un desarrollo más efectivo, pertinente y adecuado de la profesión.

En efecto, el aporte de la complejidad, al Derecho, posibilita adaptarse a la realidad compleja- plural boliviana, en un marco de rupturas epistemológicas, donde el modelo cartesiano- newtoniano es insuficiente, y se está en la necesidad de "salir de los laboratorios, en tantos universos pedagógicos- jurídicos y mirar hacia el conocimiento práctico eco social" (Gómez, 2016, p. 96).

En cuanto al enfoque de género, los derechos humanos y la pluralidad, se evidencia una desconexión con el desarrollo constitucional y jurisprudencial, desconociendo la parte dogmática de la Constitución, entre otros, el art. 108 y 109, además del art. 14 y 15 de la Constitución Política del Estado, específicamente, que establece una tutela preferente a favor de las mujeres, y por consiguiente, asimilable por los planes de estudio de las universidades en particular por las Carreras de Derecho. Siendo que es prácticamente ineludible la integración del principio de igualdad en la labor docente, en la investigación, en la gestión universitaria, además de la obligatoriedad en la formación con perspectiva de genero para todo el capital humano y la transversalización del mismo (Aba-Catoira, 2014).

En relación a los procesos formativos y en particular el proceso de enseñanza aprendizaje que se desarrolla en las Carreras de Derecho estudiadas, estos en gran medida, reproducen prácticas de formación de abogados, que se reiteran en el contexto nacional y en algún caso internacionales, estos procesos educativos están centrados en la figura del docente, ejecutando estrategias como la exposición magistral, memorización de contenidos, carencia de prácticas y la reproducción literal de la norma, características de la educación jurídica tradicional.

Todas, estas percepciones del proceso de aprendizaje del Derecho, en la actualidad y que se reiteran en Bolivia, son prácticas de data antigua, pues el caso de México, hacia mediados del siglo XX, donde se desarrollaba la cátedra de Leyes, empleando, lectura de textos, la explicación y el comentario del docente (Espinoza, 2009), además, al presente, existen reflexiones, desde el país azteca, que recalcan que en la enseñanza del Derecho,

predomina y predomino el método expositivo-magistral (Magaloni, 2006); y esta problemática, es más actual, tanto, que se replica en Ecuador, donde se puede señalar que la "educación jurídica es predominantemente de corte tradicional"(Padilla & Espín, 2018, p. 25), porque se concentra en la reproducción de la ley y la enseñanza del Derecho.

En efecto, la problemática de encontrarse ante un proceso formativo tradicional del Derecho en Bolivia, se reflejan en otros trabajos académicos como el de Farfán (2016), o los trabajos Agreda (2015), Mari Lois(2015), que identifican en la Carrera de Ciencias Jurídicas de la Universidad Mayor de San Simón, un diseño curricular por objetivos y el proceso de aprendizaje del Derecho como tradicional, hecho, que se replica una vez y otra vez, en varias universidades del sistema, añadiendo, que desde su trabajo como investigador en la Universidad de San Andrés, Mauricio Espinoza, recalca que los procesos de formación de las Carreras de Derecho del País, se caracterizan por ser transmisoras de un cumulo de información (2009). (Mari Lois, 2015, p. 150)

Finalmente, es importante indicar que los criterios, desarrollados en líneas precedentes, se constituyen en un acercamiento a algunas directrices destinadas a repensar los procesos de formación de los profesionales abogados, con el objetivo, que los procesos desarrollados en el Estado Plurinacional, sean contextualizados, complementarios, prácticos y pertinentes a la realidad plural y de pluralismo vigentes, siendo el dialogo y la interrelación, entre los distintos conglomerados que cohabitan este territorio, que posibilitara, desarrollar procesos formativos, que van más allá del litigio y la revancha, con posibilidad de adaptarse a contextos ciertos e inciertos, a situaciones imprevisibles y así generar nuevas formas de soluciones, prácticas, alternativas y pacíficas a la diversidad de controversias que se presentan en el devenir diario, y puedan restablecer las relaciones de paz y armonía que merece toda sociedad, en particular la boliviana.

 

Agradecimientos

Se agradece la colaboración de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Mayor de San Simón, por su colaboración el proceso de diagnóstico, en especial a docentes y estudiantes participantes y al CEPI de la Universidad San Francisco Xavier, por su guía y acompañamiento permanente.

 

Referencias

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