SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
 issue11Talent,Health connections in European musicians - XVIII and XIX centuries (Qualitative analysis in altas -TI V5)Prevalence of depression, correlation of two diagnostic questionnaires for depression among UMSA students author indexsubject indexarticles search
Home Pagealphabetic serial listing  

Services on Demand

Journal

Article

Indicators

Related links

  • Have no similar articlesSimilars in SciELO

Share


Revista de Investigacion Psicologica

Print version ISSN 2223-3032

Revista de Psicologia  no.11 La Paz June 2014

 

ARTICULO ORIGINAL

 

La premexditación desde la perspectiva de la psicología

 

Premeditaron throug the perspective of psychology

 

 

Guiomar Bejarano Gerke56

 

 


Resumen

La presente investigación pretende ser un análisis de los factores que desde la psicología pueden ser relevantes a la hora de analizar los procesos de pensamiento que hayan podido tener quienes han llegado a cometer un delito contra la vida. Si bien el derecho boliviano tiene varias tipificaciones o descripciones para diferenciar la conducta de la persona y así poder clasificar y proceder la investigación y el respectivo juicio, la psicología puede, desde su perspectiva, puede aportar con un análisis adicional diferenciado de posibles factores humanos de diversa índole, sean éstos situacionales, a partir del rol de la conducta de la víctima, de lo que se planificó previamente al hecho, de los factores personales del actor (personalidad, emociones, afectos, etc.).

La psicología jurídica ha venido planteando distintas teorías sobre la forma de encarar la planificación de un hecho que puede tener una persona que comete un delito contra la vida. Una de ellas es la planteada por R. Lempp (1989) a través de su teoría llamada "Escape hacia adelante" y otra teoría llamada "Trepando la Colina" (Simons, 1988), donde ambas muestran la posibilidad de lo engañosa que puede resultar la reacción ante una situación no esperada donde va en escalada la violencia y se sale de control, así como lo que se planifica teóricamente hasta dónde se puede prever, pero la realidad puede sorprender al propio actor.

El trabajo es un estudio teórico de naturaleza reflexiva que recolecta una serie de ideas y conceptos sobre premeditación en delitos contra la vida, para que el análisis del tema pueda servir de base o punto de partida para la teoría del delito desde el derecho y/o para complementar los temas a indagar durante la investigación en la etapa preparatoria o incluso para dar mayor información al Juez al momento de la fijación de la pena.

Palabras clave:

Premeditación, asesinato, psicología jurídica, derecho penal, análisis.


Abstract

This research aims to be an analysis of the factors that may be relevant when analyzing the thought process that may have had who have come to commit a crime against life from the point of view from the psychology. While the Bolivian law has several characterizations or descriptions to differentiate the behavior of the person and to classify and the investigation proceeds and the respective judgment, psychology can, from different perspectives, it can provide an additional sepárate analysis of possible human factors various kinds, whether situational, from the role of victim behavior, than previously planned to fact, of the actor's personal factors (personality, emotions, affections, etc.).

The legal psychology has been proposing different theories on how to address the planning of an event that may have a person who commits a crime against life. One is that posed by Lempp R. (1989) through his theory called "Escape forward" and another theory called "I—lili Climbing" (Simons, 1988), which both show the possibility ofwhatcan be misleading reactionto an unexpected situation where you are going and escalating violence spirals out of control and what theoretically planned far one can predict, but the reality may surprise the actor himself.

The work is a theoretical study of reflective nature that collects a number of ideas and concepts for premeditated crimes against life, forthe analysis of the issue could be the basis or starting point for the theory of crime from the right and / or to complement the topics to explore during the investigation in the preparatory stage or even to give more information to the judge at the time of fixing it.

Keywods:

Premeditated murder, legal psychology, criminal law, analysis.


Resumo

Esta pesquisa tem como objetivo ser umaanálise dos fatores que podem ser relevantes quando se analisa o processo de pensamento que pode ter tido que témvindo a cometer umcrime contra a vida de psicología. Enquanto a lei boliviana temváriascaracterizacóesoudescricóes de diferenciar o comportamento da pessoa e para classificar e os proventos de investigacáo e ao respectivo julgamento, a psicología pode, a partir de sua perspectiva, ele pode fornecer umaanálise separada adicional de possíveisfatores humanos varios tipos, seja de situacáo, desde o papel do comportamentovítima, que anteriormente planejado fato, de fatores do atorpessoais (personalidade, emocóes, afetos, etc).

A psicología jurídica témvindo a proporteorias diferentes sobre como lidarcom o planejamento de um evento que pode ter umapessoa que comete umcrime contra a vida. Urna délas é que posou por Lempp R. (1989) através de suateoria chamada "Fuga para a frente", e umaoutrateoria chamada de "subir a colina" (Simons, 1988), que ambos mostram a possibilidade do que pode ser enganosareacáo a umasituacáo inesperada, ondevocé está indo e escalada da violénciafora de controle e que, teóricamente, planejado até onde se pode prever, mas a realidade pode surpreender o próprioator.

O trabalho é umestudo teórico de natureza reflexiva, que recolheumasérie de ideias e conceitos para crimes premeditados contra a vida, para a análise da questáopoderia ser a base ou ponto de partida para a teoria do crime pela direita e / ou para complementar os temas a explorar durante a investigacáonafase preparatóriaou até mesmo para dar maisinformacóesaojuiz no momento da fixacáo.

Palavras-chave

Assassinato premeditado, psicología jurídica, direito penal, análise.


 

 

I.    OBJETIVO

Analizar elementos adicionales sobre la premeditación en los delitos contra la vida desde la perspectiva de la Psicología.

 

II.   MATERIAL Y MÉTODOS

Se trata de una investigación explicativa, misma que tiene como objeto encontrar ciertas relaciones causa/efecto entre los fenómenos mentales, emocionales y las acciones. Es una investigación documental donde se recolecta e indaga datos y contenidos a través del análisis de textos científicos. Adicionalmente se complementa el estudio con los datos obtenidos a través de las entrevistas realizadas dentro de mi estudio de Maestría, complementado y actualizado a través de lo experimentado en varios casos de delitos contra la vida en los cuales pude participar como perito.

 

III.  RESULTADOS Y CONCLUSIONES

Los resultados del análisis muestran lo enredado del procesamiento de pensamiento y acción del ser humano ante situaciones complejas, críticas o bajo estrés. Análisis que debe ser incluido en su integridad en el proceso investigativo, mismo que debiera incluir el Derecho en el análisis de muchos de los casos que investiga y procesa.

 

IV. DESARROLLO

El ser humano se ha preocupado desde tiempos muy remotos por los procesos mentales al tiempo de pensar y planificar un delito. Además le ha puesto especial interés por saber qué lleva a una persona a matar a otra. Si se lo analiza a través de un simple ejemplo se tiene un hecho de muerte donde el abogado de la defensa dice que por los indicios puede afirmar que fue un acto por emoción violenta, mientras que el Fiscal plantea tener los indicios para afirmar que es un asesinato poreltipode relación conflictiva entre los implicados y porque la víctima fue esperada o buscada por al autor. En esta situación: qué se debe analizar para que el Tribunal tenga la información necesaria para decidir si fue un acto premeditado? Estos aspectos y muchos otros de similar índole han llevado a bastantes estudiosos a establecer diferentes hipótesis intentando escudriñar en la mente humana. Es posible que todas estas dudas al intentar ser contestadas, hayan generado en realidad más preguntas, pues la búsqueda de respuestas aún continúa y posiblemente jamás nos sean respondidas en su totalidad. En esta lógica es conveniente comenzar este análisis sobre la premeditación o no a la hora de cometer un delito violento, desde la perspectiva de la Psicología a través de varios planteamientos que llevan a muchas interrogantes:

-   Cada persona tiene situaciones distintas, personalidades particulares y problemas distintos, de manera que podrían existir innumerables formas de afrontarlos. ¿Qué hace que el sujeto no pueda dar solución a través de sus propias posibilidades y desemboque como alternativa final en un asesinato?

-   Cuando una persona está ante una crisis cuya posible alternativa de solución es la muerte de alguien:

o ¿Qué proceso mental se da en esta persona para decidir?

o ¿La persona delibera, analiza y luego llega a una resolución?

o ¿Es esa resolución lo que precede al acto?

o ¿Es tener un motivo, que para la persona sea suficiente, un justificativo para pasar al acto violento?

o ¿Es el estado de posible angustia el detonante?

o ¿Reflexiona verdaderamente la persona o simplemente "acciona"?

-   Desde la perspectiva del Derecho:

o ¿Cuánto importan los móviles, la situación previa, las angustias, la personalidad, los problemas, la perspectiva subjetiva del actor, etc. para el análisis de su conducta? Esta pregunta resulta pertinente para cuestionar hasta qué punto el análisis del Derecho es causalista o sólo finalista. O también para analizar estos aspectos más allá del tomarlos en cuenta únicamente para la fijación de la pena.

-   En cuanto a la toma de decisión del sujeto:

o ¿Es una decisión producto de una somera deliberación interna? Seguro que esto varía según la persona o la situación.

o ¿Se supone que todas las personas que piensan, que son sanas mentales tienen la libertad de decidir sobre sus actos, es decir, son imputables, pues se supone que tienen la capacidad cognitiva y volitiva al momento del hecho, entonces: por qué no funciona siempre el freno inhibitorio que normalmente lo hace?

o ¿Cuál es el Kmite de cada persona para que el freno inhibitorio deje de ser efectivo?

o ¿Cuál es el rol de la moral del sujeto? O de su personalidad?

-   Muchas teorías toman en consideración la personalidad del sujeto como determinante de su acción, pero:

o ¿Qué personalidad es asesina y cuál no?

o ¿Cuál combinación de elementos de la personalidad son los que llevan a alguien a matar de forma premeditada o no?

o ¿Sólo asesinan los Psicópatas? De seguro que no

o ¿Qué tiene que ver la perversión en la personalidad?

o ¿La moral es parte de la personalidad?

o ¿Se podría analizar desde la perspectiva de factores inconscientes, de mecanismos de defensa o similares?

Otro factor para el análisis de las razones o la situación de dar muerte a alguien es estudiar la acción como tal, es decir:

o ¿Qué conductas ha realizado el autor para entender qué estado mental o situación ha rodeado el acto?, por ello se añade

o ¿Qué nos dice de la persona o de su posible planificación, el hecho que haya torturado a su víctima o que haya actuado con un solo golpe certero?

o ¿En qué cambia ello el hecho como tal?

o ¿Sólo da pautas en cuanto al ensañamiento?

o ¿O da pautas sobre el estado mental del autor?

o ¿O sobre la posible planificación del hecho?

o ¿O sobre el vínculo con la víctima?

o ¿O, por qué no, cuál es la influencia sobre el actor la reacción de defensa de la víctima?

- El análisis de la conducta de un asesino también amerita considerar qué hizo o pasó después de haber cometido el acto, por ello:

o ¿Su reacción fue calmada?

o ¿Realizó algún acto posterior con la víctima?

o ¿Qué motivó a realizar qué acción posterior con la víctima?

o ¿Su reacción fue de ofuscación?

o ¿Su reacción fue de mayor activación o de pasividad?

Estas y muchas otras interrogantes son las que motivan al análisis de la premeditación con mucho más cuidado y objetividad porque tanto la víctima, o más aún la familia de ésta, así como para el autor y obviamente para el Derecho, debiera ser importante desmenuzar todos los elementos y factores que han podido jugar un rol en ese hecho. La premeditación no es un factor que se pueda determinar de forma automática.

Luego del planteamiento de todos estos interrogantes, amerita se planteen algunas definiciones sobre premeditación. Según la Real Academia Española (RAE), "premeditación", "premeditar" como verbo se refiere a reflexionar sobre una acción antes de llevarla a cabo. Se entiende, por lo tanto, que quien premedita algo tiene en claro que sus actos tendrán consecuencias. Este proceso de reflexión se conoce como premeditación, un concepto que se usa con frecuencia en el derecho para referirse a aquellos delitos que fueron planificados por el individuo que los comete, lo que agrava su responsabilidad. Es decir que según esta definición, algo premeditado es lo que se realiza tras un análisis previo. Estas acciones, por lo tanto, se diferencian de las espontáneas, naturales, instintivas, accidentales o irreflexivas.

Etimológicamente "premeditación" viene del latín "premeditare", que quiere decir pensar una cosa antes de ejecutarla, es decir que la persona ha tenido que meditar antes de tomar una decisión o una resolución. Asu vez es lógico que ese proceso haya requerido de un tiempo para el análisis, análisis en el tiempo que ha podido llevar a una resolución, misma que puede estar seguida de la acción o ejecución del delito. Pero como muestra la realidad, no toda resolución lleva siempre al acto en el momento que se decidió, así que el acto de análisis no siempre debe implicar la acción, mientras esté en la mente como un plan, no es punible.

Históricamente hablando los pueblos primitivos sólo castigaban la exteriorización de la acción, por lo que no tomaban en cuenta lo previo o quién la producía, por lo que no se tomaba en cuenta la premeditación, es decir que el análisis acababa a través del resultado. Recién el Derecho Romano introduce los conceptos de "dolo", "culpa" y "caso fortuito", pero aún no "premeditación".

En la Edad Media se dieron casos con mayor castigo a través del Derecho canónico donde se consideró la "premeditación" como elemento importante de análisis.

En el siglo XVIII, Carmigniani, introdujo la "premeditación como "intensificación del dolo", es decir como un elemento agravante que incluyó la intensión de la acción.

Más adelante Carrara complementó lo anterior planteando que "El delito no es un ente de hecho, sino un ente jurídico", pero este planteamiento deja la personalidad del sujeto de lado al no tomarla en cuenta. Afirma su posición al plantear que actúan 2 fuerzas:

1. La fuerza física como: "el arte externo y el daño material causado", y

2. La fuerza moral como: "es el concurso de la inteligencia y la voluntad del hombre que obra."

Es decir que toma la acción del sujeto a través del resultado objetivo físico causado añadiendo un aspecto interno como es la capacidad moral de decisión que tiene el sujeto de analizar cognitiva y volitivamente de forma libre, pero a través de su propia moral. Acotando Carrara (citado por Mesa Velásquez) plantea una división del dolo en los siguientes 4 grados:

De 1° grado: Premeditación o "dolus premeditatus": Donde hay "perseverancia de voluntad malvada y frialdad del ánimo". A ello se suma una meditación anticipada del delito, donde la voluntad forma el propósito que persevera hasta la ejecución del acto y donde los elementos son:

•     Meditación anticipada.

•     Tiempo entre la determinación y la acción.

•     Frialdad de ánimo (animo pacato). (serenidad en la resolución, sin pasión).

•     Donde la premeditación es un agravante, y

•     Donde la premeditación reduce las defensas de la víctima.

De 2° Grado: acá plantea una deliberación previa del sujeto y una perseverancia en la decisión pero sin ánimo pacato, es decir sin un elevado nivel de maldad. Estos 2 primeros grados implican un dolo de propósito, vale decir que la persona ha tenido una intención de realizarla acción.

De 3° Grado: es una resolución imprevista, pero con frialdad, donde la persona se ha dejado sorprender por la situación, pero pudiendo frenar la violencia, actúa sin que medien sentimientos, empatia o aspectos similares.

De 4° Grado: es una acción donde no hay frialdad ni intervalo, sino donde se actúa bajo la influencia de la pasión. Es lo que sería una acción con un dolo de ímpetu.

Pero esta clasificación por los 4 grados no toma en cuenta la personalidad del sujeto como elemento participante ante la situación o la relación con la víctima. Del mismo modo no analiza la influencia del ambiente, ni de la sociedad ni del posible motivo del sujeto para la realización de su acto.

 

V. APORTE DE LA PSICOLOGÍA

El aporte o la participación de la Psicología en el Derecho es innegable desde el punto de partida que se comparte el componente de la conducta: la Psicología como objeto de estudio y el Derecho al normar la conducta. Este participar de un tema tan básico, y en especial a la hora de analizar la conducta humana en relación a la premeditación, hacen que ambas ciencias deban trabajar de forma coordinada para llegar a la meta buscada: hacer Justicia y no sólo aplicar un código cuando se trata de tipificar una acción delictiva.

La Psicología estudia varios tópicos de la conducta humana. Uno de ellos es el procesamiento cognitivo de la información. Para la problemática de la premeditación en cuestión es válido apuntar que la decisión hacia el acto depende de cómo perciba el sujeto la situación y qué consecuencias calcule. Ello entonces en función al balance o análisis situacional que ejecute la persona de los factores circundantes. Sin embargo ello no debiera ser igual a toda persona ni a toda situación, puesto a que dependerá de muchos factores, tanto internos como externos, para la realización de dicho balance. Incluso el factor tiempo que transcurre entre el estímulo o situación hasta llegar a la acción, pues no debiera ser lo mismo una reacción inmediata que podría ser interpretada como una emoción violenta (dependiendo claro de la relación entre la víctima, el actor y la situación) o que vaya a ser desmenuzada en todas sus variables, pasando por la toma de decisión hasta que esta decisión pueda convertirse en acción. En todo ese proceso se debe conocer qué factores ha sopesado el actor.

Complementando lo anterior se supone que el sujeto posee una personalidad y se desenvuelve en un ambiente, pero los procesos cognitivos también pueden ser desencadenantes. Es decir que sobre la variable del estímulo, también influye la personalidad del actor y su ambiente. Si bien se sabe que prácticamente toda persona pudiera cometer un acto de sangre, también es real que cada persona es diferente a la otra y por lógica, su análisis y reacción podrán ser distintos a partir de cómo está conformada su personalidad. A modo de ejemplo se puede decir que el análisis de una personalidad psicópata, será muy diferente al de una personalidad limítrofe.

Apuntando hacia el hecho del tomar en cuenta a varios factores humanos intervinientes en el proceso cognitivo de la toma de una decisión, se observa el juego de estos factores, mismo que puede hacer que un asesinato sea "un accidente humano" (zwischenmenschlicher Unfall), como lo llama Lempp (1989), pues no toda acción es tomada bajo el amparo de un análisis somero y exhaustivo de todas las variables, incluidas las posibles consecuencias, tanto para la víctima, como para el actor, es decir que no se habría siempre premeditado la acción, sino que ésta se habría "dado por la situación". Cuál o cuánta haya sido la participación de cuál factor, dependerá entonces de la persona, es decir, si se actuó a través de la personalidad, a través de lo que se analizó de la situación o de la situación, y cada uno de éstos en qué medida habrán influido en el hecho.

Si se analizan estos procesos de forma más diferenciada, se deben tomar además en cuenta las emociones y el afecto.

Las emociones influyen siempre en la solución de cualquier problema. Los problemas traen consigo una carga emocional, de no ser así, no serían considerados como un problema. Ello hace que haya una influencia sobre el control y la dirección de la solución, así como sobre el origen de la solución y la consecuencia (Problemlóseprozess, Simons 1988), es decir sobre el proceso que se lleva a cabo para dar una solución al problema.

Acotando a lo anterior, Simonsplantea que las reacciones terminales están acompañadas de emociones, y a su vez, la violencia está unida al enojo, al ataque, a la regresión, a la escapatoria con miedo y a la evitación de la resignación con pérdida de la esperanza, entre otros. Esta mezcla de posibles factores emocionales en un proceso de decisión, complica de sobremanera el análisis diferenciado de la premeditación como una facultad puramente cognitiva, pues el ser humano difícilmente puede separar sus capacidades mentales de las emociones y aún más complicado bajo la presión de una situación amenazante o estresante.

Considerando el afecto como un factor interviniente, se plantea que éste está muy unido en el asesinato de parejas o de relaciones muy cercanas.El afecto puede ser un detonante que predispone al acto. A su vez el afecto puede limitar el pensamiento (koknitiveEinengung), es decir dificultar que la persona pueda tomar en consideración varias alternativas de enfrentar la situación, decidiéndose no siempre por la mejor y menos violenta salida. De este modo, cuando se actúa bajo el afecto: "la presión de la acción es tan grande sobre el sujeto, que se produce una acción de corto circuito que desencadena la muerte." (Rasch, 1964).

Para Sass (1993) el afecto relacionado a los delitos contra la vida se manifiesta adicionalmente a través de la historia específica previa al hecho con especificidades en la relación víctima-agresor, donde la situación inicial afectiva previa al hecho tendría un rol preponderante, como una especie de "bandeja" o "mesa puesta" que desembocaría en el hecho. Adicionalmente a esta historia formarían parte de este proceso también las particularidades de la personalidad del actor, así como factores circundantes, tales como la situación, el lugar donde se produce el hecho, etc., así también como la posible disposición del actor hacia una impulsividad abrupta, o la tendencia a reaccionar violenta y rápidamente. Todos estos factores podrían suceder en el transcurso de un determinado tiempo a través del crecimiento específico del afecto.

Para Sass resulta de especial relevancia en la observación de la premeditación y del proceso de toma de decisión, el análisis de la conducta posterior al hecho. De ahí que la Psicología forense hoy en día estudia la conducta del actor antes, durante y después del hecho. Sass plantea una disminución de la conciencia (BewuBtseinseinengung) después del hecho y la ausencia de una explicación lógica de la reacción ante el estímulo y lo que hizo, en el caso que la acción a través de las manifestaciones de la conducta hayan podido sobrepasar el control sobre la conducta del actor, es decir que la premeditación haya podido ser relativa. Este fenómeno puede observarse a menudo a través de la presencia posterior al hecho, de lagunas mentales sobre lo ocurrido, a su vez a través de la extrañeza propia sobre la reacción en función a su propia personalidad y a hacer referencia a fallas en la percepción y continuidad de la experiencia vivida. Todos estos factores son los que los peritos en psicología forense debieran atender al momento de valorar a un imputado acusado de dar muerte a una persona para analizar el grado o incluso la probabilidad que haya habido una premeditación.

Amanera de comprender mejor los conceptos vertidos, cabe plantear la teoría de R. Lempp (1989) del "Escape hacia Adelante" (Flucht nach Vorne). Esta teoría hace referencia al análisis de una posibilidad del curso del procesamiento y ejecución de los actos como una reacción seguida de una cadena de sucesos que le impide "retroceder" en su acción y al contrario lo altera más impidiendo frenarse. Este modelo sería más común en jóvenes, pues en ellos sería más difícil el estar enfrentado ante una situación que confronta sus valores sorpresivamente al no haber premeditado el curso de lo que pasa, confusión que por el primer impulso o reacción emitida, luego de la cesura, diera paso a una acción más violenta, escalada y sin freno hasta llegar al final de la acción. Para una mejor comprensión se plantea la siguiente figura:

Lempp (1977) aplicó su teoría del "Escape hacia Adelante" más en jóvenes delincuentes a través del siguiente esquema:

Este esquema plantea que los jóvenes muchas veces, por su momento dentro del desarrollo de su personalidad propio de la edad, podrían saltar del impulso a la acción, misma que lleva al acto, sin detenerse en el análisis del deseo y del propósito, dados los siguientes factores:

•     Conducta de acción: es decir, la tendencia que tiene el joven a actuar en vez de analizar.

•     Escasa tolerancia a la frustración: factor muy común dado por la edad.

•     No postergación de impulsos: otro factor bastante común dado por la edad.

•     Posible visión distorsionada de la realidad: este factor también relacionado con la edad, estaría siendo aplicado por la común dificultad del joven de percibir los elementos válidos y reales adecuados a la hora de tomar una decisión.

•     Visión de tiempo como presente absoluto: muchas veces el joven tiene dificultades para visualizar el futuro o incluso tomarlo

en cuanta, dada la vitalidad que siente en su presente.

•     Dificultad de acceder a la abstracción: la forma concreta de analizar la situación estresante en un joven, implica una dificultad de hacer uso de todas las variables intrevinientes de riesgo o de soluciones para abordar el problema sin violencia.

•     Utilización del propio cuerpo y de los otros: dada la vitalidad del joven, éste tiende más a reaccionar de forma directa e impulsiva, antes que razonar sobre las posibles consecuencias.

Un complemento a la teoría de Lempp resulta la teoría de Simons para analizar la posibilidad de premeditación o la forma en que ésta se dio o, incluso hasta qué punto se planifican ciartas acciones. De este modo Simons expone su teoría a través de los siguientes componentes:

El primer elemento es el ACTO, mismo que estaría compuesto de:

•     El motivo (M)

•     El proceso de atribución (A) y

•     Las especificidades del proceso de solución del problema (P).

Donde la reacción terminal (T) se da como:

•     La función "f de estos 3 elementos: M, A y P, donde:

•     El motivo relevante es el vínculo motivacional (B),

•     Estimación de la capacidad de controlarse (K) y

•     La participación de procesos emocionales (E), además:

Dentro de los procesos de solución de problemas están:

•     Las limitadas capacidades comunicacionales (LK)

•     Debilidad de la autoreflexión (S) y las indecisiones frecuentes (Fl), lo que da:

Estos factores intervinientes en una situación donde producir la muerte de alguien llega a ser una posibilidad, pero no necesariamente como meta, sino como resultado de la acción, es complementada por Simons a través de su teoría de "Trepando la Colina", misma que plantea que las personas sí planifican, pero no siempre lo hacen hasta el final o tomando en cuenta todas las variables o posibles factores de la situación donde desean actuar, sino tan sólo toman en consideración aquellos factores que "están a la vista", que pueden prever, donde se plantean metafóricamente como si una persona quisiera llegar al tope de una colina, está abajo y desde allí advierte las cosas que tendría que atravesar y/o sortear para llegar arriba, pero no puede saber qué le espera cuando realmente esté en la sitaución, es decir arriba, si es que allí se topa con algo impredecible y es en ese momento donde por la situación de improvisación resulta su acción más allá de lo previsto, incluso con la muerte de aquella víctima que tal vez en un principio el plan sólo sería discutir, robar, etc., pero terminó matar.

Esta teoría además incluye otros elementos que juegan un papel en todo el proceso del desarrollo del acto asesino más allá de la premeditación:

•     Reacciones en el momento de la violencia: por ejemplo puede darse que la reacción de la víctima haya sido una sorpresa en cuanto a la forma de defenderse.

•     Amenaza de violencia, amenaza de muerte: se refiere a la interacción agresor-víctima, si se pensó o no previamente en amenazar solamente o de realizar alguna acción intimidatoria.

•     Provocaciones: ello incluye la posible reacción de la víctima de forma activa, elemento que pudo no haber sido previsto necesariamente.

Adicionalmente a estos aspectos de la dinámica durante la agresión, pueden influir otros elementos externos, como aquellos que no fueron previamente identificados aunque formaban parte de la realidad:

•     Abuso de alcohol

•     Problemas laborales

•     Dependencia económica

•     Problemas familiares

•     Influencia de terceros: misma que también puede darse durante el acto.

•     Provocaciones, etc.

Esta teoría toma en consideración adicionalmente elementos que engranan los anteriores a través de tomar en cuenta que la premeditación sería:

•     Un proceso psicológico donde se juegan muchos factores a la vez, mismos que no serían combinados de forma distinta en cada persona y para cada situación.

•     Los móviles en la premeditación dejarían entrever las razones que dieron paso a la acción, pero no como justificación de ésta, sino como una incapacidad de encontrar otra solución al conflicto percibido, elemento que tampoco lo hace inimputable.

•     La peligrosidad que implica la premeditación sería un factor adicional que plantea que mientras más se planifique una acción de matar, más posibiliadad de éxito tendría.

En realidad todo acto humano consciente, tuvo la resolución previa de hacerlo, por lo que ya es premeditado.El asunto es cuál es ese acto, cuan consciente es y qué factores psicológicos intrevinieron. Ello implica adicionalmente algún deseo, motivación, angustia, miedo a las consecuencias, personalidad, etc. y todo ello relacionado a la forma de afrontar estos componentes que pueda tener o no la persona.

Dependiendo de la combinación de estos factores, la decisión de matar dentro de la persona, se daría a través de un elevado grado de alteración unido a pasiones de diversa índole. Sin embargo DECIDIR NO ES LO MISMO QUE HACER, porque temporalmente hablando no ocurren necesariamente al mismo tiempo. Lo que sí se puede plantear es que antes de la resolución se daría la deliberación como un proceso de análisis. La premeditación en sí, implica un proceso cognitivo complejo que no es muy fácil de determinar, por ello, para aceverar que haya habido premeditación, hay que realizar un análisis pormenorizado de todo lo circundante a través de los móviles, el entrono, la personalidad del sujeto, su moral, etc. Y en ese análisis, el tiempo entre la resolución y la acción es relativo, por ello no siempre es fácil diferenciar entre una asesinato y una homicidio por emoción violenta, pues el tiempo es relativo dentro de la perspectiva y factores personales del individuo, además de ser difícilmente medible.

En función a ello se pueden planteartambién los siguientes elementos de observación para analizar de forma sistemática el cuestionamiento de si hubo o no una premeditación en la acción del agresor según Mesa Velásquez:

•     El elemento CRONOLÓGICO: es el análisis del transcurso del tiempo entre la resolución y la acción, pero no sólo en función a la cantidad de tiempo, sino en cuanto a la calidad en que el tiempo pudo haber sido utilizado en esa situación.

•     El elemento MENTAL: implica que el sujeto haya pensado o reflexionado sobre ello en cualquiera de sus manifestaciones, es decir ya sea sobre el cómo, el cuándo, el por qué, etc.

•     El elemento PSICOLÓGICO: implica que el autor pueda actuar con "frialdad" de ánimo, es decir donde a través del análisis de sus actos se deduzca poca o ninguna improvisación, incluso sadismo, ausencia de empatia, limpieza de rastros, minimización de la víctima, etc. (animo pecato).

•     El elemento de los MÓVILES: incluye el análisis de éstos dentro de la situación o contexto de la relación víctima agresor, o del posible contexto de frustración del agresor donde la víctima sea el posible objeto para canalizar sus deficiencias, etc.

Adicionalmente la Psicología plantea otras formas de analizar la premeditación a través de la clase de estructura personal, ya sea de patología o de personalidad, que tenga de base el agresor. Estas clases serían:

•     Premeditación en sujetos con trastorno orgánico de la personalidad: en esta clase se tiene a personas que sienten y actúan a través de una idea o pensamiento irracional que les impide actuar de otra manera o frenarse. Estas personas podrían ser catalogadas como inimputables o semi imputables.

•     Sujetos premeditativos por temperamento: esta clase implica a personas que actúan según su manera de ser, manera sobre la cual les cuesta modificar o frenar, pero que tienen la capacidad de entender la ilicitud de sus acciones.

•     Criminales premeditativos: estos serían los delincuentes habituales (ej.: sicarios), sin moral, ni empatia, ni sensibilidad sobre su víctima. Con elevada peligrosidad, no se frenan porque no quieren frenarse.

•     Premeditativos por grave ofensa: esta clase engloba a sujetos que actúan y se vengan como reacción a una ofensa inmerecida e irreparable. Se dan perfecta cuenta de lo que hacen va en contra de la ley, que hacen daño a la otra persona, pero lo hacen por sentirse dañados por estas personas a través de una acción de éstas en el pasado, acción que les resulta una afrenta, pudiendo ser el acto una venganza.

• Premeditativos por motivos fútiles: estas personas actúan como reacción innoble que ante una leve ofensa reaccionan justificando lo injustificable. Su umbral de reacción es muy bajo, tienen pocos sentimientos, poca empatia por lo que son peligrosos.

Una vez expuestos los criterios anteriores, vienen entonces a sobre el tapete una serie de cuestionamientos relacionados con la aplicación al Derecho en sentido a que si toda premeditación, por mínima que sea, ya incluye el elemento cognitivo que elimina una acción por reacción, como podría llevar hacia la tipificación que diferenciaría aun homicidio por emoción violenta de un asesinato, además tomando en cuenta que en Bolivia la pena por asesinato es de 30 años, sin derecho a indulto y el análisis de la "calidad" de la cantidad de participación de lo cognitivo que implicaría ya premeditación y por ende asesinato, donde el cuestionamiento sobre si lo tomaríamos en cuanta como agravante o atenuante, sería incluso irrelevante. Desde la mi perspectiva personal, al ser las clases de la premeditación distintas, el análisis e interpretación jurídicos debiera ser diferenciado y debiera recaer sobre el análisis de la conducta a ser tipificada y sobre la fijación de la pena a manera de agravante o atenuante. El análisis de la premeditación proporciona información sobre la personalidad, la moralidad y la peligrosidad del actor del hecho, factores que debieran ser considerados durante la etapa preparatoria para la tipificación adecuada, durante la etapa de juicio para su correspondiente análisis, para la fijación de la pena en sentido de darle un castigo acorde al hecho como lo indica en realidad la ley y por último para el análisis de una posible modificación de la condena, si es que el caso así correspondiera.

 

VI. CONCLUSIONES

A la luz de todo lo expresado y analizado se podrían plantear las siguientes conclusiones al respecto de la premeditación:

•     No se debe confundir el hecho de entender la conducta del sujeto con justificarla. El propósito de desmenuzar los factores intervinientes en un acto asesino al establecer relaciones lógicas entre las variables que jugaron un rol desde la perspectiva del autor en cómo y por qué se dieron los hechos y cuáles fueron los móviles, no quiere decir que esa conducta esté justificada, sino que se tengan únicamente más elementos para tomar decisiones correctas dentro del marco de la Justicia.

•     Reconocer que la premeditación es más que una reacción de "Estímulo-Respuesta" en la persona, pues en la conducta y reacciones humanas no todo suma "2+2=4", a veces puede ser más o menos, por lo que cada caso es único, especial y diferente al otro.

•     La premeditación es un fenómeno de muchas aristas y factores. Su análisis no es únicamente jurídico, pues se trata de analizar la conducta humana en una situación de estrés, depresión o de frialdad que desembocó en una acción antijurídica, por lo tanto se debiera recurrir a la Psicología para diferenciar a cabalidad si hubo o no premeditación, cuál el grado de ésta, de qué forma se presentó, etc. de manera que el Derecho pueda aplicar esos conceptos en un manejo más justo del proceso.

• Finalmente se deben analizar de forma amplia estos conceptos para conciliar los criterios del Derecho con los de la Psicología por el fin que ambas ciencias pretenden en la administración de Justicia: la propia Justicia.

 

NOTAS

56 Psicóloga en Área Forense (Universidad Konstanz de Alemania). Diplomado en Psicología Jurídica (ALPJF-Colombia). Maestra en el Área Forense Universidad de Konstanz. Perito en Psicología Forense. Presidente Fundadora de la Asociación Científica de Psicología Forense Bolivia. Secretaria de la Sociedad Boliviana de Ciencias Penales Past Directora Científica de la ALPJF para Bolivia. Docente Universidad Católica Boliviana y Universidad del Valle. Correo Electrónico.: guia.psi.forense@gmail.com

 

REFERENCIAS BIBLIOGRAFÍAS:

Bejarano, G. (1989) Analyse von situativen Mordmerkmalen in Gruppierungen von Alter, Mordtyp und Geschlecht. Universitát Konstanz, Alemania, 1989.Documento no publicado de Tesis de Maestría        [ Links ]

Lempp, R (1977) Jugendliche Morder. Hans Huber-Verla, Bern        [ Links ]

REAL ACADEMIA DE LA LENGUA ESPAÑOLA Simons, D (1988) Tótungsdelikteals Folgemisslungener Problemlósungen. Verlagfürangewandte Psycholigie, Stuttgart.        [ Links ]

Rasch, W (1964) Tótung des Intimpartners. EnkeVerlag, Stuttgart        [ Links ]

Mesa , J (1995) Preparación ponderada y premeditación del delito. Colombia (versión PDF). De:http://www.udea.edu.co/portal/paqe/portal/bibliotecaSedesDependencias/unidadesAcademicas/FacultadDerechoCienciasPoliticas/ PublicacionesMedios/EstudiosDerecho/SegundaÉpoca/Tab/Vol%20IV%20Rev%2012%20parte%204.pdf, visitado el 15 de septiembre de 2014        [ Links ]

 

Creative Commons License All the contents of this journal, except where otherwise noted, is licensed under a Creative Commons Attribution License