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Fides et Ratio - Revista de Difusión cultural y científica de la Universidad La Salle en Bolivia

versión On-line ISSN 2071-081X

Fides Et Ratio vol.24 no.24 La Paz set. 2022

 

ARTÍCULOS REVISIÓN DE TEMA

 

El presupuesto público con perspectiva de
género en México

 

The gender budget in México

 

 

Rosa Marina Madrid Paredones1
1Instituto de Investigaciones y Estudios Superiores de las Ciencias
Administrativas, Universidad
Veracruzana, Xalap a-México
Doctora en Finanzas Públicas. Investigadora de Tiempo
Completo en el área de Finanzas de
la Universidad Veracruzana. rmadrid@uv. mx
Artículo Recibido: 17-05-22     Artículo Aceptado: 09-08-22

 

 


Resumen

Este artículo tiene como objetivo presentar las generalidades, conceptos básicos y aplicación del presupuesto público con perspectiva de género en México por medio de una revisión sistemática explorativa de la bibliografía de las fuentes oficiales. Para esto, se describe en qué consiste el Presupuesto de Egresos de la Federación, su clasificación y relevancia. Se definen los presupuestos públicos con perspectiva de género de manera general, para después describir el gasto etiquetado para las mujeres y la igualdad de género desde 2008 hasta 2020 en México. Aunque cada año se incrementa el monto etiquetado total destinado a la igualdad de género, del 2008 a 2018 los recursos destinados no representaron ni el 1% del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Palabras clave: Finanzas Públicas, Perspectiva de género, Presupuesto con perspectiva de género, Presupuesto de egresos.


Abstract

This article has the purpose of present the generalities and basic concept of the Gender Budget in México through exploratory systematic review of the bibliography of oíficial sources. For this, it is described in what consist of the Federal Expenditure Budget, its classification and relevance, Public Budgets with a gender perspective are defined in general, later describe the Gender Budget labeled for women and gender equality from 2008 to 2020 in México. Although each year the total amount allocated to gender equality increases, from 2008 to 2018, the resources did not even represent 1% of the Federation's Expenditure Budget.

Keywords: Public Finance, Gender Perspective, Gender Budget, Expenses Budget.


 

 

Introducción

El presupuesto público además de ser el principal instrumento para la distribución de los recursos es sin duda una herramienta fiscal a través de la cual los Estados revelan las prioridades de su política de gasto, bajo esta perspectiva y con base en la distribución de los recursos aprobados para la igualdad de género, se observa que en México el objetivo central es el atender las necesidades básicas de las mujeres, a través de políticas instrumentadas en el ámbito del bienestar.

Dentro de la Ley de Planeación y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría en México (2021), se incluye la perspectiva de género en los presupuestos públicos como un criterio central para el diseño, desarrollo y evaluación de las acciones públicas, lo cual constituye un importante avance para el logro de la igualdad entre mujeres y hombres.

Es por ello que se etiquetan recursos públicos que están dirigidos a las mujeres y la igualdad de género (Gasto Etiquetado para las Mujeres y la Igualdad de Género), desde 2008 se hace oficial la integración del Anexo 9A (hoy en día Anexo 13). Este Anexo es llamado Erogaciones para la igualdad entre hombres y mujeres del Presupuesto de Egresos de la Federación, dentro de éste se consideran diversas temáticas.

En este sentido, el objetivo del este artículo es presentar las generalidades y conceptos básicos del presupuesto público con perspectiva de género en México. Es por esto, que este artículo busca dar respuesta a la pregunta ¿cómo se aplica el presupuesto con perspectiva de género en México.

 

El presupuesto de egresos de la federación: generalidades.

En el ámbito de las finanzas públicas el presupuesto, de manera general, está conformado por todas aquellas funciones y actividades, enmarcadas por diferentes áreas del conocimiento, que llegan a materializarse en operaciones con fondos públicos y que, a través del tiempo, se entrelazan con los antecedentes históricos del Estado (Rodríguez, 2018). En el presupuesto se estipula el financiamiento de los servicios públicos a los que se tiene acceso, como la energía eléctrica, la educación, prestaciones médicas, la seguridad pública y la procuración de justicia, entre otros.

En este sentido, Ríos (1972), sostiene que la Constitución Federal de 1917 no considera al Presupuesto de Egresos como una ley, sino como un documento de carácter administrativo que envía el Presidente de la República a la Cámara de Diputados para efectos de los Artículos 65, fracción II, y 74, fracción IV, constitucionales; que es un acto materialmente administrativo y legislativo, que resulta de la colaboración funcional entre ambos poderes.

El Presupuesto de Egresos de la Federación especifica el monto y destino de los recursos económicos que el sector público requiere durante un año, para obtener los resultados comprometidos y demandados por los diversos sectores de la sociedad; también, el PEF es el documento jurídico y financiero que establece las erogaciones que realizará el gobierno federal entre el Io de enero y el 31 de diciembre de cada año. Su contenido refleja las prioridades de la actuación del gobierno mexicano con el uso de los recursos públicos.

El conflicto de presupuestar es endémico: los recursos nunca son suficientes para el conjunto de las demandas, lo cual genera competencia por esa escasez (Rubin, 1999). El proceso presupuestario puede dividirse en cuatro fases: la preparación, por parte del poder ejecutivo, la revisión/aprobación por parte del poder legislativo, la ejecución y la auditoría o evaluación. Este proceso no es lineal en realidad, sino que los ciclos se enciman unos con otros en los sistemas presupuéstales anuales, pues, al tiempo que se prepara el presupuesto, se ejecuta el del año anterior, y se prepara también la cuenta pública para su revisión legislativa (Guerrero y Patrón, 2000).

El proceso de presupuestar comprende de febrero a agosto cuando el gobierno elabora la estructura programática; después de junio a agosto se lleva a cabo la preparación preliminar del presupuesto; seguido de julio a agosto se determinan las referencias de gasto preliminares; y entre agosto y octubre se determinan los techos financieros para el gasto de cada programa, proyecto, entidad o dependencia; y finalmente, de septiembre a octubre se formula e integra el proyecto de PEF, para presentarlo el 15 de noviembre.

La estructura del gasto público en México puede analizarse a través de tres dimensiones o clasificaciones: la administrativa, la económica y la funcional. Cada una contempla criterios de distribución de gasto distintos y responde a diferentes objetivos, destacando un aspecto concreto del presupuesto (Guerrero y Patrón, 2000): La Clasificación Administrativa define al ejecutor o administrador directo de los recursos públicos y los organiza a través de ramos presupuéstales. Esta clasificación es ideal para identificar a todos los ejecutores de gasto, y facilita la ubicación de los responsables del gasto público, ya que nos muestra cuánto se asigna a las diferentes instituciones, organismos y empresas que forman parte del aparato estatal.

La Clasificación Económica identifica los rubros de gasto donde se ejercen los recursos públicos, es decir define en qué gastan los ejecutores directos. Económicamente los recursos se dividen en gasto de capital y gasto corriente. A partir de esta clasificación puede observarse cuanto se gasta en la operación del gobierno a través del pago de salarios y la adquisición de materiales y suministros para el funcionamiento de todas las dependencias gubernamentales, y qué tanto se transfiere a la sociedad a través de obras públicas y proyectos de inversión.

La Clasificación Funcional define los objetivos por los que se gastan los recursos, es decir integra las funciones, programas, actividades y proyectos en donde se aplica el gasto. Esta clasificación es fundamental, pues indica las funciones prioritarias del gobierno, los impactos que busca generar a través de los diversos programas orientados hacia áreas estratégicas como el desarrollo social, la seguridad pública, la defensa nacional y las actividades productivas.

Según la SHCP (2020a), la dimensión administrativa permite identificar con claridad a los ejecutores de gasto, para ello se organiza en ramos presupuéstales: ramos autónomos, ramos administrativos, ramos generales y entidades; y se desagrega por las Unidades Responsables (UR) que los conforman. Los ramos autónomos incluyen los poderes y órganos autónomos; en los ramos administrativos se encuentra el presupuesto de las dependencias de la administración pública centralizada, en tanto que los ramos generales comprenden los recursos que se transfieren a las entidades federativas y municipios, así como los destinados al pago de la deuda, Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS) y erogaciones de apoyo a ahorradores y deudores de la banca. Finalmente, las entidades representan el presupuesto de las entidades de control presupuestario directo. A lo largo del tiempo, los ramos que conforman el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) se han modificado: algunos han cambiado de nombre, otros han desaparecido y se han creado nuevos.

Con la finalidad de simplificar y designar a un responsable directo de la ejecución de los recursos en cada Ramo, se cuenta con la Unidad Responsable (UR). Conceptualmente, una UR es la unidad mínima a la que se dota de asignación presupuestaria. Usualmente corresponde a las unidades administrativas de las dependencias, a las entidades paraestatales, o bien a las unidades administrativas responsables de los ramos generales.

En lo referente a la dimensión económica del gasto, permite identificar el monto de los recursos que se utilizarán para adquirir insumos y servicios para la operación cotidiana de las instituciones del gobierno federal; sin embargo, como en el Presupuesto de Egresos de la Federación no se especifican todos y cada uno de los bienes y servicios, esta clasificación sólo se aplica al Gasto Programable; esta dimensión se divide en diferentes renglones o rubros de gasto, regida por el Clasificador por Objeto de Gasto, considera tres niveles de desagregación: los capítulos del gasto, los conceptos de gasto y las partidas.

Por último, la dimensión funcional permite conocer el propósito al que se dirigen los recursos públicos; identifica cuánto del presupuesto se encauza hacia programas sociales, cuánto a la generación de energéticos y al desarrollo de infraestructura económica y productiva, a la tarea de gobernar y al gasto no programable.

 

Perspectiva de género

Para definir el término de perspectiva de género es importante describir la diferencia que existe entre sexo y género; mientras que el concepto sexo hace referencia a las características biológicas que diferencian a hembras y machos. Al hablar de la noción de sexo es importante recordar que para muchos sólo se considera un dato duro, anclado a la anatomía humana, la idea sobre el sexo ha cambiado a lo largo de la historia. Sin embargo, la diferencia que se le atribuye a los sexos es una noción social bastante reciente. El hecho de no poder comparar lo masculino y lo femenino, y, en consecuencia, entre los hombres y las mujeres, apenas data de finales del siglo XVIII (Serret y Méndez, 2011).

Por otro lado, la Organización Mundial de la Salud (2018), define el término género a todo lo que se refiere a los roles socialmente construidos, comportamientos, actividades y atributos que una sociedad considera como apropiados para hombres y mujeres. Aun así, la idea generalizada que se tiene sobre el sexo y el género es que se trata de la misma cosa, pues en el fondo se reduce a la identificación de una persona como mujer o como hombre. Los significados de género no se construyen individual, sino socialmente. Y la sociedad, la forma concreta en que un grupo humano construye la cultura, se impone a los individuos de manera coactiva. Igual que ciertas condiciones de la naturaleza.

Al definir el término de género también se discute sobre equidad e igualdad de manera indistinta, sin embargo, son términos diferentes, pero ambos tratan sobre las dimensiones de la justicia social. Mientras que la equidad significa que cada uno recibe lo que le corresponde o lo que merece; la igualdad en cambio implica recibir el mismo trato sin considerar las diferencias (Alfaro, 1999).

Cuando se habla de una perspectiva de género se refiere a la observación de un fenómeno social o político, que se emplea para explicar un objeto de estudio científico, utilizando como fundamento el concepto género. Es decir, la perspectiva de género hace alusión a una manera de percibir la realidad que toma en cuenta tanto a mujeres como a hombres, así como las diferencias y posiciones desiguales, socialmente construidas, entre ambos. Tanto el concepto de género como el de perspectiva de género son resultado del quehacer teórico y político feminista (Serret y Méndez, 2011). Así mismo, para Cinta y Cisneros (2012) la perspectiva de género se refiere a la manera en la que se analiza alguna situación teniendo en cuenta las relaciones que establece una sociedad entre hombres y mujeres, así como las diferencias en todos los ámbitos.

 

El presupuesto público con perspectiva de género

La elaboración de presupuestos públicos implica consideraciones sobre cómo equilibrar los diferentes derechos y obligaciones; el gasto y el ingreso total, con el fin de evitar altos índices de inflación y la recesión o el estancamiento económico (Elson, 2006). El presupuesto con perspectiva de género (Peg) también es conocido como presupuesto sensible al género,

presupuesto de género, presupuesto de mujeres y estado de presupuesto de mujeres, éstos se refieren a una variedad de procesos y herramientas que persiguen facilitar la evaluación de los impactos de los presupuestos gubernamentales en términos de género. Durante la evolución de estos procesos, se han enfocado en la auditoría de los presupuestos gubernamentales para determinar su impacto en las mujeres y niñas.

Es importante mencionar que los presupuestos con perspectiva no son presupuestos por separado para las mujeres, ni para los hombres. Son intentos de desglosar o desagregar el presupuesto general del gobierno de acuerdo con su impacto sobre las mujeres y los hombres y los diferentes grupos de mujeres y hombres considerando debidamente las relaciones de género que se encuentran en la sociedad (Bundlender y Sharp, 1998).

Los presupuestos con perspectiva de género requieren plantearse con base en la comprensión de la situación diferenciada entre mujeres y hombres y su relación con las prioridades de política pública que se pretende atender. Es necesario contar con un análisis de las políticas sectoriales para identificar si éstas influyen o no en el aumento o disminución de las desigualdades de género; una vez definidas las políticas adecuadas, tienen lugar los procesos de programación y presupuesto.

Asimismo, se requiere observar la forma en que se aplican y utilizan los recursos públicos, con el análisis de elementos básicos como la identificación de las mujeres y los hombres beneficiados, así como la realización de evaluaciones en términos de distribución y equidad, de eficiencia y eficacia (Bundlender y Sharp, 1998).

Los presupuestos públicos con perspectiva de género son aquellos que consideran y atienden la condición y posición social de mujeres y hombres, en todos los ámbitos de la agenda pública. Son herramientas estratégicas para definir los compromisos del Estado en la materia, al relacionar los objetivos de política pública de cada una de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con los recursos que den viabilidad al cumplimiento de los mismos. En la definición de las prioridades presupuéstales se expresan las directrices y disposiciones del Estado, respecto a sus compromisos para hacer posible que la sociedad disfrute de sus derechos; incluyendo la atención efectiva no sólo de las necesidades prácticas, sino también de aquellas que son estratégicas para las mujeres.

La asignación de recursos para cerrar las brechas de desigualdad por motivos de género, requiere acompañarse del establecimiento de medidas y mecanismos suficientes, que posibiliten la realización de un efectivo seguimiento y evaluación del ejercicio presupuestal. Estos presupuestos parten de la idea de que existen inequidades entre hombres y mujeres derivadas del "sistema de representaciones, símbolos, valores, normas y prácticas que las sociedades construyen e imponen a partir de la diferenciación sexual y constituyen el fundamento para asignar roles, funciones y atribuciones diferentes a hombres y mujeres" (Unifem, 2006:11).

Se distinguen principalmente porque la distribución del gasto público considera entre sus propósitos la atención de la situación de desigualdad social entre mujeres y hombres, a través de acciones concretas de política pública, además visibilizan los gastos e inversiones desagregadas por sexo y otros indicadores en la programación pública. Los presupuestos públicos con perspectiva de género requieren ser elaborados y ejercidos tomando en cuenta las diferencias de las necesidades de mujeres y hombres en los distintos ámbitos de un país (Inmujeres, 2007).

Es importante considerar que, así como se suele confundir al género como sinónimo de mujeres, también a veces se dice que un presupuesto público tiene perspectiva de género porque orienta recursos para programas cuya población atendida son mujeres. Ante esta imprecisión es fundamental destacar que el objetivo de los presupuestos con perspectiva de género es lograr que los recursos y políticas públicas en su conjunto estén encaminadas a lograr el bienestar de mujeres y hombres, niñas y niños, es decir, que se financien programas, medidas y acciones públicas que atiendan las especificidades de género, las diferentes necesidades de mujeres y hombres en los distintos ámbitos de la vida y se orienten a superar las desigualdades por motivos de género.

Respecto al análisis de los presupuestos públicos con perspectiva de género, es pertinente mencionar que no existe una metodología ni herramienta única, pues se trata de un proceso integral que involucra tiempos, espacios, decisiones, agentes y actores que pueden ser tan diversos como las experiencias desarrolladas en diferentes países, en ámbitos nacionales o locales (CEAMEG, 2012).

En México, la utilización de presupuestos públicos con perspectiva de género ha llevado un proceso largo, el cual se inició a principios de la década de 2000, pero su institucionalización formal se llevó a cabo en 2008, pues a partir de ese año, anualmente en el PEF se incluye un Anexo Transversal denominado actualmente Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres. Si bien, en un primer momento, la perspectiva de género se centró en el ámbito de la salud, fue a partir de 2008 que esta perspectiva se incorporó en prácticamente todos los sectores de la administración pública federal, al incorporarse en el PEF este Anexo Transversal.

Según INMUJERES (2010) en los últimos 24 años en México, se han impulsado básicamente dos estrategias de presupuestos con perspectiva de género, por medio del gasto etiquetado, es decir asignación de recursos a programas específicos en sectores clave de la administración pública federal, y la otra por medio de presupuestos con perspectiva de género en todo el gasto del Estado mexicano.

 

Gasto etiquetado para las mujeres y la igualdad de género.

En México, etiquetar el gasto público se identifica como la estrategia de incidencia que ha sido aplicada en la aprobación de recursos orientados a la atención de las necesidades y demandas de las mujeres y la igualdad de género, incluyendo recursos orientados para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.

El gasto etiquetado ha permitido identificar los recursos destinados de manera explícita al tema de la violencia contra las mujeres y, al mismo tiempo, dimensionar los esfuerzos comprometidos. A partir del ejercicio fiscal 2008 se han realizado modificaciones relevantes en el Decreto de Presupuesto de Egresos, que han facilitado la identificación y el seguimiento a los recursos públicos para las mujeres y la igualdad de género, incluyendo el presupuesto orientado a garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.

La asignación de recursos presupuestarios como Gasto Etiquetado para las Mujeres y la Igualdad de Género (GEMIG) deriva de los compromisos y obligaciones del Estado asumidos con la ratificación de instrumentos en materia de los derechos humanos de las mujeres como: la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer o también se conoce como la Convención de Belém do Para, en las que se establece el deber de los Estados de adoptar por todos los medios apropiados, políticas orientadas a eliminar cualquier forma de discriminación contra las mujeres, así como prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Este marco legislativo ha posibilitado la implementación de acciones para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, como parte de las políticas prioritarias de atención a la igualdad de género desde hace varios años (Guzmán, 2007), en este proceso se ha avanzado en el fortalecimiento de un andamiaje normativo que define las directrices del presupuesto público y la política nacional para hacer efectivo el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

La identificación de los recursos presupuestarios y su aplicación a través de acciones de política pública orientadas a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres requiere de ejercicios sistemáticos de seguimiento que permitan un acercamiento a los esfuerzos y avances, así como a los pendientes y retos del Estado para hacer efectivo el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia desde el ámbito presupuestal.

Oficialmente se incluye el Gasto Etiquetado para las Mujeres y la Igualdad de Género en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2008, inicialmente fue el Anexo 9 hasta convertirse en el Anexo 13, de la misma manera, en un principio éste se denominó Presupuesto para mujeres y la igualdad de género y luego cambió a Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres. En esta sección se presenta el presupuesto desagregado por ramos administrativos y programas presupuestarios a los que la Cámara de Diputados etiqueta recursos públicos federales para las mujeres y la igualdad de género.

El presupuesto público además de ser el principal instrumento para la distribución de los recursos es sin duda una herramienta fiscal a través de la cual los Estados revelan las prioridades de su política de gasto, bajo esta perspectiva y con base en la distribución de los recursos aprobados para la igualdad de género, se observa que en México el objetivo central es el atender las necesidades básicas de las mujeres, a través de políticas instrumentadas en el ámbito del bienestar (INMUJERES, 2016).

Dentro de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría (LFPRH, 2021) en el artículo 2 se definen a los Anexos Transversales como: "anexos del Presupuesto donde concurren Programas Presupuestarios, componentes de éstos y/o Unidades Responsables, cuyos recursos son destinados a obras, acciones y servicios vinculados con el desarrollo de los siguientes sectores: Igualdad entre Mujeres y Hombres; Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas; Desarrollo de los Jóvenes; Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable; Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía y Atención a Grupos Vulnerables" (p. 1).

Dentro de los Anexos Transversales del PEF se encuentra el Anexo 13, donde se expresan los montos etiquetados que se deberán destinar a la Igualdad entre Hombres y Mujeres, aquí mismo se encuentra el presupuesto destinado a promover una vida libre de violencia para las mujeres, según lo que menciona el artículo 27 de la LFPRH (2021).

 

Metodología

Para que el Estado Mexicano pueda garantizar una igualdad de género hacia las mujeres como un derecho humano, es necesario la asignación de recursos cuya aplicación se traduzca en fortalecer la democracia, el desarrollo integral y sustentable, así como una sociedad justa e igualitaria que sea respetuosa de la dignidad humana, la discriminación y la libertad de las mujeres. En el presupuesto público se deberían de reflejar las prioridades del Estado para lograr el bienestar general y de la nación. Las determinaciones presupuéstales impactan y determinan la viabilidad y la congruencia en el trabajo de la administración pública. En México, el Poder Legislativo, en particular la Cámara de Diputados, tiene facultades y atribuciones exclusivas en materia presupuestal, como es, la aprobación anual del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), y la evaluación de los resultados de la gestión financiera. Es por esto, que este artículo busca dar respuesta a la pregunta ¿cómo se aplica el presupuesto con perspectiva de género en México?.

En términos metodológicos, el presente artículo se caracteriza por ser una revisión sistemática exploratoria y se ha realizado una exhaustiva búsqueda bibliográfica, considerando principalmente las fuentes oficiales de la administración pública y las investigaciones que analizaron dichas publicaciones, el período de tiempo estudiado donde se aplica este tipo de presupuestos en México (desde 2008 hasta 2020) y el lugar de estudio (principalmente en México). Primero se analizaron las publicaciones sobre el manejo general del Presupuesto en México por medio de publicaciones de Instituciones Gubernamentales, después se analiza el término de género desde las fuentes que estas Insituciones utilizan, a continuación se describió el concepto de Presupuesto con perspectiva de género utilizando fuentes de Organismos Internacionales y fuentes oficiales en México. Esto brindó un marco referencial que proporciona los elementos básicos para analizar la bibliografía de fuentes oficiales sobre el manejo del Prespuesto de Egresos en México con una perspectiva de género. En la gráfica 1 se muestra los porcentajes de cada fuente sobre el total de la búsqueda realizada, en la gráfica 2 se muestran los países en los cuales se publicaron los documentos y en la gráfica 3 se muestra el número de publicaciones por año.

 

Resultados

Para el 2020 (SHCP, 2021), el gasto etiquetado aprobado en el Anexo 13 fue de $103,517,827,653; lo cual representa un incremento del 60% comparado con lo presupuestado en el 2019- En esta ocasión está integrado por 28 ramos administrativos y 93 programas. Sin embargo, el 23 de abril del 2020, el Ejecutivo emite el Decreto por medio del cual se establecen las medidas de austeridad para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, esto modifica el monto presupuestado de dicho anexo a $ 101 709-6 mdp, lo cual reduce el incremento del 60% al 57% comparado con el 2019.

Los recursos etiquetados y aprobados del Anexo 13 (SHCP, 2009-2019) se han incrementado cada año, de un presupuesto de 7 mil 24.8 millones de pesos en 2008 se incrementó a 64 mil 656.2 mdp en 2019, lo que implica un crecimiento medio anual de 17-2 por ciento, crecimiento superior al del total del Gasto Neto y al del PIB, los cuales en el mismo período crecieron en promedio anual apenas 3-2 por ciento y 2.1 por ciento, respectivamente. Si se toman en cuenta los mismos datos hasta 2020, el Anexo 13 ha presentado un incremento medio anual del 26.47%. En la tabla 1 se desglosa el monto asignado al Anexo 13 de 2008 a 2020 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

 

Discusión

Australia fue el primer país en producir un presupuesto con perspectiva de género. El Gobierno Federal realizó una evaluación del impacto del presupuesto en las mujeres y niñas por un período de 12 años de 1984 a 1996. El presupuesto de mujeres de Australia del Sur, introducido en 1985, fue el primero en hacer explícito este criterio. Además, solicitaron a las dependencias que informaran sobre sus presupuestos globales de acuerdo con estos gastos; los programas estaban orientados hacia el gasto de las mujeres y niñas, los gastos referentes a oportunidades de empleo equitativo y gastos generales (Sharp y Broomhill 1998). Una de las característica más importantes del modelo australiano ha sido la estrecha coordinación de la Secretaría de Hacienda y las instituciones encargadas de la política de mujeres.

En Sudáfrica, la iniciativa del presupuesto de mujeres inició a mediados de 1995- En estas fechas, después de un cambio de régimen político, se pretendía mejorar las condiciones de vida de la población. Con un presupuesto limitado, decidieron impulsar iniciativas que mejoraran las condiciones de las mujeres en particular. Uno de los aspectos más interesantes que incluyeron fue la interseccionalidad, ya que atendían asuntos de género, clase y etnias (Ascanio, 2018).

En México, la utilización de presupuestos públicos con perspectiva de género ha llevado un proceso largo, el cual se inició a principios de la década de 2000, mientras que otros países iniciaron desde la década de los noventas, además la institucionalización formal se llevó a cabo hasta el 2008, pues a partir de ese año, anualmente en el Presupuesto se incluye un Anexo Transversal denominado actualmente Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres. Si bien, en un primer momento, la perspectiva de género se centró en el ámbito de la salud, fue a partir de 2012 que esta perspectiva se incorporó en muchos de los sectores de la administración pública federal.

Aunque cada año, en México, se incrementa el monto total destinado al Anexo 13, del 2008 a 2018 los recursos destinados no representaron ni el 1% del Presupuesto de Egresos, en 2019 se asigna el 1.1% y en el 2020 éste sólo representó el 1.69% del total del Gasto Neto. Si bien es un logro que se realice el presupuesto bajo esta perspectiva, el monto asignado es sumamente poco para realizar cambios significativos dentro de los grandes retos que representa el tema de género en este país. Por lo que estos datos nos muestran que, si bien tiene importancia en la agenda política del país, no se ha vuelto uno de los ejes principales de la misma.

 

Conclusiones

La incorporación del Gasto Etiquetado para Mujeres y la Igualdad de Género plantea una discusión, aún vigente, sobre el peso de los gastos etiquetados en la atención relativa a la eliminación de desigualdades de género contra la transversalidad. En dicha discusión se cuestiona su potencial como mecanismo para avanzar hacia una auténtica transversalización de género en la acción pública y en la consiguiente clasificación presupuestaria.

Si el presupuesto de egresos continuaba formulándose sin una perspectiva de género, su impacto en la situación de las mujeres y la igualdad de género podría ser negativo. El presupuesto podría actuar como factor reproductor de las desigualdades de género y, probablemente, a que se agrave la situación desfavorable de las mujeres en la sociedad. Sin embargo, es importante ahora que se han adoptado este tipo de medidas, conocer el impacto que se produce por medio de los diferentes programas a los cuales se les destinan estos recursos. Si bien los recursos destinados a combatir las desigualdades de género son muy pocos dentro del Presupuesto de Egresos, es necesario analizar en qué se utilizan y cómo son gestionados.

Es por esto, la importancia del seguimiento del Anexo 13 del Presupuesto de Egresos, por medio de los programas presupuestarios etiquetados, ya que éstos deberían de modificar los roles tradicionales de las mujeres y no solamente dar cumplimiento a derechos sociales. El Presupuesto de Egresos con perspectiva de género en México, aunque es un logro en términos de igualdad de género, todavía falta un largo camino por recorrer.

 

Referencias

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