SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.5 número2Ciudadanías conflictivas Dilemas étnico-culturales en la periferia del surDiálogo de saberes, hegemonía y contrahege-monía capitalista índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • No hay articulos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Revista Integra Educativa

versión On-line ISSN 1997-4043

Rev. de Inv. Educ. v.5 n.2 La paz mayo 2012

 

 

 

¿Ciudadanía liberal o ciudadanía comunal?
Elementos para diferenciar las prácticas ciudadanas al interior de las organizaciones locales
1

Liberal citizenship or Communal citizenship?
Elements to differentiate the practices of citizens inside of local
organizations


Edgar Cala
Licenciado en Sociología
Docente Universidad Pública de El Alto
calaedgar@yahoo.com

 


RESUMEN

Se comprenden las prácticas ciudadanas a partir de las relaciones mutuas entre sistema y entorno ciudadano. Los campos económico y político que forman parte del sistema ciudadano definen el tipo de ciudadanía que se practica, sea liberal o comunal. Los elementos específicos que hacen a estos campos, están relacionados con el tipo de derechos económicos y el tipo de derechos políticos vinculados a la práctica ciudadana. En cuanto a la ciudadanía liberal (sistema racional), las características centrales son que su economía está basada en derechos de dependencia y su política está fundada en derechos tutelares. A diferencia de esta, en la ciudadanía comunal (sistema relacional) la economía se encuentra cimentada en derechos de autorregulación y la política se la construye a partir de derechos de auto organización. La ciudadanía social, civil, cultural y otros, forman parte del entorno ciudadano y se reproducen en torno al sistema ciudadano predominante al cual pueden ser acoplados operacionalmente.

Palabras claves: ciudadanía, comunal, liberal, representación, economía, política.


ABSTRACT

The practices of citizens can be understood based on the mutual relationship between system and citizen environment. The economic and political fields that are part of the citizen system define what kind of civic responsibility should be practiced, whether it be liberal or communal. The specific elements that are part of these fields are related with the kind of economic and political rights that are connected

with the practices of citizens. As far as liberal citizenship (rational system), the main characteristics are that the economy is based on the right of dependence and its politics are based on tutelary rights. Unlike this one, in communal citizenship (system of interpersonal relations), the economy is grounded in rights of self-regulation and the politics are based on the rights of self-organization. The social, civil, cultural and other aspects of citizenship are part of the citizens' environment and are reproduced with regard to the predominant environment, to which they can be operationally connected.

Keywords: citizenship, community, liberal, representation, economy, politics.Introducción


 

 

Son varias las formas de entender la problemática de la ciudadanía y las prácticas ciudadanas. En la actualidad hay una insuficiencia en su conocimiento, debido a que la mayoría de los estudios han sido realizados desde su relacionamiento con el Estado, descuidando el análisis de las relaciones de poder en el interior de las mismas estructuras sociales. Ante esta debilidad en el conocimiento, en el presente artículo se plantea en forma resumida una propuesta de aproximación teórica y conceptual que aborde la problemática de la ciudadanía desde la perspectiva de la gestión del poder político y la gestión de los recursos estratégicos en contextos locales.

El documento contiene dos partes centrales: la primera el estado del arte, que describe los antecedentes de la ciudadanía y las concepciones actuales que se tiene en torno al concepto de ciudadanía. En la segunda parte se plantea la propuesta y se asume una posición en torno a las diferencias que se deberían tomar en cuenta para diferenciar a la ciudadanía liberal de la ciudadanía comunal.

 

1. Estado del arte

1.1. Antecedentes de la ciudadanía

El concepto de ciudadanía tiene raíces griegas y romanas, a partir de las cuales se origina dos modelos de democracia: la participativa ("el gobierno del pueblo") y la representativa ("el gobierno querido por el pueblo"). Esta discusión que es tan moderna nace en Grecia, en la Atenas del siglo V a.c. y abarca hasta el siglo I de nuestra era, cuando termina la República y surge la Roma Imperial. Es a partir de estos procesos que emergen las visiones de la ciudadanía de la tradición política del polites griego y la tradición jurídica del civis latino. En la visión del polis el ciudadano está interesado en las cosas públicas porque lo público le es propio; es un ciudadano participativo, que valora involucrarse en la cosa pública2 a través de la deliberación. La constitución de esta democracia, de la forma de gobierno popular3, se extiende por dos siglos hasta que la ciudad es sometida por la vecina y poderosa Macedonia (Dahl, 1999).

Al mismo tiempo que se instituye el gobierno popular en Grecia, también se establece en la península italiana, en Roma, un sistema con el nombre de República4. La democracia romana duró más que la ateniense; va desde el siglo V a.c. hasta el primero d.c. cuando el poder es asumido por los emperadores. La expansión de este imperio, a través de la anexión y la conquista de nuevos territorios, ocasionaron una nueva manera de entender a la ciudadanía. El ciudadano ya no es el que participa sino el que tiene garantizados los derechos; es el miembro de la comunidad que comparte la ley. En este caso, no requieren, como los griegos, de un territorio o localidad determinada para la construcción de lo público. El imperio es el territorio y de él se es ciudadano. Es el tránsito del polites griego al civis romano. Entonces, la ciudadanía se convierte en un asunto jurídico; en una base para reclamar derechos y no un vínculo que exige responsabilidades (Zakaira, 2004).

Con la caída del imperio, el modelo romano desaparece aproximadamente por mil años, hasta su reaparición en el siglo XI d.c. en ciudades-Estado relativamente pequeñas del norte de Italia. Al inicio del siglo XV los gobiernos populares de estas repúblicas entran en crisis por problemas económicos, la presencia de la oligarquía y el establecimiento de gobiernos autoritarios como príncipes y monarcas. La nueva realidad política atentaba contra las ciudades-Estado, dando paso a una fuerza inmensamente superior como es el Estado-nación.

Con las revoluciones francesa, inglesa y americana, además del nacimiento del capitalismo como modo de producción dominante, emerge el Estado moderno donde el concepto de ciudadanía se ve ligado a la expresión del Estado y la nación. El Estado empieza a configurarse en Europa a partir del siglo XIII y alcanza su madurez hacia finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX donde los ciudadanos son miembros en pleno derecho. En su condición moderna, según Weber (1969), el Estado ejerce el monopolio de la violencia legítima, obteniendo el control del territorio y también de la unidad de mando. El Estado moderno se presenta a sí mismo como: a) garantía de paz; b) agencia protectora, que evita que cada individuo tome la justicia por su propia mano; c) expresión de la voluntad general, que exige el abandono de la libertad natural, pero concede la libertad civil; d) garante de la libertad externa, que hace posible la realización de la libertad trascendental. Todo esto conduce a la emergencia del Estado de derecho propio de la tradición liberal. En esta visión, el Estado debe garantizar: a) la libertad en cuanto hombre, b) la igualdad en cuanto súbdito; c) la independencia de cada miembro de la comunidad en cuanto ciudadano. Aquí no se compromete a las personas en las tareas públicas; basta con que los ciudadanos se sometan al imperio de la ley, cumpliendo sus deberes legales. A cambio el Estado otorga sus servicios fundamentales a sus ciudadanos. El Estado se hace cargo de todo lo relativo a la cosa pública. Según Dahl (1999) el argumento central para justificar esta posición fue "que la mayoría de las personas simplemente no son competentes para participar en el gobierno del Estado"; y que por lo mismo saldrían ganando si se "limitaban a confiar la complicada tarea de gobierno" a los que supuestamente sabían hacer la tarea (p. 55-56).

1.2. Concepción actual de la ciudadanía

Actualmente la comprensión de la ciudadanía tiene diversas dimensiones. Por un lado alude a un estatus legal donde los sujetos poseen distintos derechos que normalmente son asignados por un Estado. Dicho estatus ciudadano se comprende desde la dimensión socio-histórica que reconoce derechos a los habitantes por su nacionalidad; es decir, "el ciudadano es titular de una parcela de la soberanía y sólo los nacionales son ciudadanos" (Urcuyo, 1999: 2). Por otro lado, aunque el énfasis es menor, la ciudadanía también está relacionada con determinadas prácticas ciudadanas sujetas a determinado estatus otorgado y desarrolladas a partir de usos y costumbres propias de cada contexto.

Las diversas tradiciones teóricas han tomado en cuenta estos sentidos de la ciudadanía y han dado origen a la concepción actual de ciudadanía en el pensamiento occidental, entre las cuales según Urcuyo (1999) se encuentran el "enfoque liberal", la "aproximación libertaria", la "óptima comunitarista" y el "modelo republicano". Si bien se ha identificado una división cuatripartita de la ciudadanía, hay autores como Cortina (1997) que simplifican la explicación reduciendo los enfoques de la ciudadanía en dos claramente diferentes: el liberalismo y el comunitarismo.

Las teorías liberales inicialmente han contribuido tomando en cuenta los derechos de carácter civil y político (derecho a votar, a la propiedad privada, a la libertad de expresión, etc.), en los que se enfatizaba la no intervención del Estado. Esta tradicional forma de entender a la ciudadanía fue parcialmente profundizada a partir de la concepción de Thomas H. Marshall (1976), quien se refiere a la misma como a aquella comunidad política que goza no sólo de derechos civiles (libertades individuales) y derechos políticos (participación política), sino también de derechos sociales (trabajo, educación vivienda, salud, prestaciones sociales, entre otras). Según Cortina (1997) la "ciudadanía social se refiere entonces también a ese tipo de derechos sociales, cuya protección vendría garantizada por el Estado nacional, entendido ya no como Estado liberal, sino como Estado social de derecho" (1997: 24).

Por su lado, la tradición comunitaria se diferencia de la visión liberal que subraya la importancia del individuo. Hace hincapié en que la ciudadanía "es ante todo una confirmación de valores compartidos, una afirmación de la homogeneidad y de la unidad del cuerpo social... lo que impera es el ideal de la buena vida y cuando las voluntades particulares se transforman en voluntad general..." (Urcuyo, 1999: 13). El comunitarismo estaría ligado a lo que Cortina (1997) llama el "sentido de pertenencia", es decir el campo de relaciones donde se refuerzan los sentimientos de pertenecer a una misma comunidad, a un grupo, y compartir una serie de virtudes cívicas, como el respeto por los otros y el reconocimiento de la importancia del servicio público.

Sin embargo, la idea de ciudadanía no se limita únicamente al status legal del ciudadano/a, sino que se identifica con el disfrute real de los derechos de ciudadanía. Una aproximación particular a la idea tradicional de ciudadanía presenta Cortina (1997) cuando habla de una ciudadanía activa que involucre derechos pero que también asuma responsabilidades. Desde esta mirada, se plantean distintas aproximaciones al concepto de ciudadanía: la ciudadanía económica, la mediática y la intercultural. Entre estas, resalta la definición de ciudadanía económica expresada en la "ética del discurso en su vertiente aplicada a la economía y la empresa, y el llamado stakeholder capitalis, o capitalismo de los afectados" (Cortina, 1997: 87) que tiene como objetivo la denuncia y transformación del sistema económico causante de formas de sometimiento y precariedad.

Estas relaciones ciudadanas se desarrollan en múltiples escenarios que trascienden el ámbito nacional. La conciencia de muchos ciudadanos está relacionada con la pertenencia a distintos grupos dentro y fuera del Estado, pues realizan sus vidas en estos diferentes ámbitos. Frente a la tradicional ciudadanía circunscrita al escenario estatal, que no es más que uno de los lugares de ejercicio ciudadano, emerge la participación en el contexto transnacional y con ello las propuestas políticas de modelos de democracia global. En el otro extremo, hay quienes aluden al escenario local en torno al cual surgen propuestas de participación ciudadana que reivindican espacios de participación ciudadana. Estos últimos proponen pasar de la democracia representativa a otra donde la participación de la ciudadanía sea fundamental en las decisiones públicas. La propuesta de participación más radical es la de Benjamín Barber en su libro Strong Democracy, en el que apuesta por la participación directa como única forma de evitar las patologías de la democracia liberal o débil.

Finalmente, hay autores que reivindican el espacio de lo privado como espacio para el ejercicio ciudadano. El argumento central es que la definición de la ciudadanía a través de la participación política en los espacios públicos formales, oculta otras formas de participación en los que se realizan los trabajos comunitarios, la participación en asambleas tradicionales, etc. que son también legítimas expresiones de la ciudadanía (Jones y Gaventa, 2002).

 

2. Diferencias entre la ciudadanía liberal y comunal

2.1. El sistema/entorno de la ciudadanía

La mirada que inicialmente asumimos para abordar la problemática de las prácticas ciudadanas en contextos locales, es la teoría de sistemas a partir de la relación sistema/entorno. La idea central de esta relación fue trabajada por Luhmann, quien sostiene que "el punto de partida de cualquier análisis teórico-sistémico debe consistir en la diferencia entre sistema y entorno ". (Luhmann, 1998: 40). Por sistema entiende al conjunto de elementos5 interrelacionados entre sí, cuya unidad viene dada por la interacción de estos elementos y cuyas propiedades son siempre distintas a las de la suma de las propiedades de los elementos del conjunto. En tanto que el entorno atribuye al conjunto de elementos que influyen en el sistema, o que son influidos por él, pero que no forman parte del sistema. "El entorno es un estado de cosas relativo al sistema... es sólo un correlato negativo del sistema... el entorno permite al sistema totalizarse a sí mismo. El entorno es, simplemente, todo los demás" (Luhmann, 1998: 176).

A partir de Luhmann planteamos que "la diferenciación entre sistema y entorno obliga, como paradigma de la teoría de sistemas, a sustituir la diferencia del todo y las partes por una teoría de la diferenciación de sistemas. La diferenciación de sistemas es, simplemente, la repetición de la formación de sistemas dentro de los sistemas... En cierto sentido, la diferencia confiere unidad a lo diferente..." (Luhmann, 1998: 42). Este principio de la diferenciación -según Luhmann- precisamente permite una unidad constitutiva desarrollada a partir de los "elementos" y las "relaciones" que se establecen entre ellos. "No hay sistemas sin entorno, o entornos sin sistemas, así como tampoco hay elementos sin una vinculación relacional, o relaciones sin elementos. En ambos casos, la diferencia es una unidad (y lo recalcamos: la diferencia), pero sólo produce efectos como diferencia. Sólo como diferencia hace posible conectarse con los procesos de procesamiento de información" (Luhmann, 1998:44).

Algunos trabajos teóricos que rescatan el planteamiento teórico basado en la diferencia sistema/entorno de Luhmann, desarrollan una perspectiva de análisis basada en esta diferencia pero con características cualitativamente diferentes. Centralmente observan que la teoría del sistema social de Luhmann es un sistema "omnicomprensivo" que postula la existencia de subsistemas que se fueron diferenciando unos a otros. "Comprendido así, cada uno de estos subsistemas actualiza la sociedad desde su respectivo punto de vista, según la correspondiente perspectiva particular sistema / entorno... Así, una sociedad organizada en subsistemas, para Luhmann, es una sociedad que no dispone de ningún órgano central. Es una sociedad sin vértice ni centro." (Patzi, 2011: 32).

Este elemento adicional que se incorpora a la teoría de sistemas de Luhmann, nos invita concebir a la sociedad de una manera distinta; vale decir que las sociedades se desarrollan desde un "centro" y una "periferie". "El centro constituye el vértice de la sociedad que es el sistema mismo y la periferia es el entorno que en alguna medida actúa o se relaciona con el sistema. Por lo tanto, el sistema es el núcleo que hace que una sociedad, históricamente se diferencie de una y otra. Mientras que el entorno solo actúa como coadyuvador en el desarrollo del sistema" (Patzi, 2011: 32). Desde esta mirada una sociedad, para garantizar su reproducción, debe indispensablemente defender su sistema, aunque se permita modificar su entorno; "en otras palabras, puede acoplar operacionalmente los entornos de otros sistemas, incluso contradictorios a su propio sistema, a eso podemos denominar política de reforma. Y una política de transformación o revolucionaria, por lo tanto, sería aquella que sustituye el sistema por otro sistema. Bajo esta perspectiva teórica, se observa inclusive que un sistema puede abandonar totalmente su entorno y puede funcionar con el entorno de otro sistema" (Patzi, 2011: 33; Patzi, 2004).

En esta línea teórica de los sistemas sociales que planteamos cabe preguntarse específicamente ¿ qué elementos constituyen el sistemay los entornos de la ciudadanía? La pregunta nos lleva a otras preguntas adicionales indispensables para entender las prácticas de la ciudadanía: ¿a qué elementos no debe renunciar una persona, familia o comunidad para constituirse y realmente ejercer su condición ciudadana?; ¿qué elementos puede modificar e incluso renunciar sin que ello signifique dejar de ser ciudadano? Al respecto, sin abandonar la tradición teórica y académica que enfatiza las dimensiones culturales, sociales o civiles que hacen al tratamiento de la ciudadanía en general, nosotros asumimos que los elementos centrales del sistema ciudadano deben ser escudriñados en algunas dimensiones que hacen los campos económico y político de la ciudadanía, y a la relación que se suceden entre éstas. De lo que se trata es de dimensionar en justa medida la influencia que la economía y la política, en su relación, ejercen sobre los otros campos del entorno ciudadano (social, cultural, civil, otros), y viceversa.

La pluri-diversidad de nuestras sociedades nos obliga a concebir a la ciudadanía también de maneras diversas, las que pueden diferir según sea el ángulo desde donde se lo mire. Sucede lo mismo en relación a las prácticas ciudadanas económicas y políticas, y más aún si las analizamos en escenarios locales de nuestra realidad. En este contexto, una de las maneras de diferenciar nuestra sociedad es desde la perspectiva "civilizatoria"6. Es decir, desde las formas específicamente "civilizatorias" a partir de las cuales se producen y reproducen prácticas económicas y políticas vinculadas al ejercicio de la ciudadanía. Estas diferentes formas de hacer economía y política, si bien pueden ser comprendidas teóricamente, en los hechos coexisten en la cotidianidad de las relaciones que se establecen entre los actores sociales.

Las ideas que planteamos sugieren la importancia de la ciudadanía económica y la ciudadanía política como los elementos que condicionan (que no es lo mismo a determinar) y se constituyen en el núcleo organizador del sistema ciudadano. Estos elementos articulan al sistema de la ciudadanía, según el tipo y la magnitud de las diferencias civilizatorias que ellas expresen. Por un lado, desde una mirada externa y como producto de una imposición foránea, las prácticas económicas y políticas ciudadanas adquieren características de dependencia y tutela, respectivamente; por otro lado, desde una visión más interna, dichas relaciones adquieren rasgos de autorregulación y autoorganización política, recuperadas desde la memoria larga de la misma gente.

En el gráfico 1 se observa que los ejes articuladores del sistema son la ciudadanía económica y la ciudadanía política7. Son mundos económicos y políticos diferentes, que a su vez traen consigo mundos sociales, civiles y culturales distintos. En lo económico, desde el punto de vista de los derechos ciudadanos unos son dependientes, mientras que los otros son autónomos y se autorregulan de manera propia. En lo político, unos asumen su ciudadanía desde su condición de tutelados, y los otros se autoorganizan. La diferencia cualitativa de unos ciudadanos a otros es el carácter de las relaciones económicas y políticas que reproducen, que en un caso es racional8 y en el otro caso es relacional9, según sea el contexto social donde se establecen las relaciones ciudadanas.

 

Este contraste entre formas de hacer economía y política, corresponden a diferentes paradigmas de interpretación a saber: a) la capitalista/liberal y b) la comunalista. En ambos paradigmas emergen cuatro dimensiones centrales en las cuales se demarcan sus lógicas de organización económica y política: i) el tipo de propiedad de los recursos, ii) la forma de apropiación del trabajo, iii) el tipo de decisión (es decir quién o quiénes deciden) y iv) la forma de elegir a los representantes del poder (Ver gráfico 2). Dichas dimensiones se dinamizan según sea el modo de producción vigente en la sociedad. En este marco, el tipo y la calidad de los derechos ciudadanos deben ser comprendidos tomando en cuenta las relaciones particulares que se establecen en estos contextos.

 

2.2. Los elementos del sistema ciudadano capitalista/liberal: la dependencia económica y la tutela política

La ciudadanía en un contexto donde rige la propiedad capitalista, está contenida en un pacto, donde están bien definidos ciertos límites -de los gobernantes- en el marco de la definición de la "libertad". Por ejemplo, los gobernantes no tienen derecho a inmiscuirse en asuntos como la disposición de acciones, posesiones y propiedades "otorgados por dios" (Locke). Este pacto de los hombres en sociedad garantiza los derechos de heredar, acumular riquezas y preservar sus propiedades. "El contrato se realiza para garantizar la seguridad de la propiedad de los individuos (vida, libertad y bienes) por la inseguridad existente en el estado de naturaleza. La legitimación y la autoridad del Estado surgen, precisamente, por la superación de la inseguridad hobbesiana y la protección de los bienes lockeana" (Boron, 2000: 59). En otras palabras, los gobernantes están designados a preservar la propiedad privada. Así nace el contrato, donde el gobierno actuará como juez o arbitro de los derechos de la vida, la libertad y la propiedad (Locke), para evitar conflictos o acciones irracionales de los más fuertes. "El gobierno civil es el remedio más adecuado para las inconveniencias que presta el estado de naturaleza... esto es, los problemas causados por el estado de guerra provocados por los 'irracionales' que atropellan la vida, la libertad y la propiedad de los hombres laboriosos" (Boron, 2000:61).

Desde el punto de vista del tipo de propiedad, en las sociedades capitalistas la ciudadanía tiene dos expresiones diferentes. Por un lado, el ciudadano capitalista tiene el derecho de monopolizar la propiedad sobre los medios y materiales de trabajo (medios de producción). Además de ser legal, dicha ciudadanía es esencialmente legítima frente a toda la sociedad. Para su reproducción este ciudadano tiene el derecho de apropiarse también circunstancialmente de la fuerza de trabajo de otros a través de una relación salarial. Por su lado, el trabajador asume su ciudadanía potencial tomando en cuenta los límites que le impone la condición de ser propietario solamente de su fuerza de trabajo. Sus derechos se encuentran demarcados por las restricciones de su sola fuerza de trabajo, que finalmente se ve forzado a enajenar para ejercer su ciudadanía real. Como se verá, hay una construcción de la ciudadanía que se somete a una relación totalmente desequilibrada frente al capital por no contar con los medios y materiales de trabajo que son de propiedad del capitalista.

En el campo de la formas de apropiación del trabajo en estas sociedades, el ciudadano capitalista tiene el derecho de apropiarse del trabajo ajeno (enajenación del trabajo). La ciudadanía capitalista se dinamiza a través de una relación de dependencia del trabajo de otros, de los trabajadores asalariados; el capitalista no tiene razón de ser sin el trabajador asalariado. Por su lado, el trabajador ejerce su ciudadanía a través del derecho que tiene de acceder a una fuente laboral provista por el empresario capitalista. El grado de dependencia del trabajador respecto al capitalista es tal que no se lo considera ciudadano si es que no cuenta con una fuente de trabajo. De ahí que varias teorías reclamen a la fuente laboral -asalariada-como una de las condiciones básicas para otorgar a los trabajadores la condición de ciudadanía.

En lo que respecta a la gestión de la decisión (¿quién decide?), la ciudadanía liberal se basa en la búsqueda de la paz y la defensa comunes, contrario a las circunstancias en que cada quien deba defenderse por sus medios de los peligros que pudiera existir en su coexistencia con otros hombres (Hobbes). Las dificultades que presenta esta búsqueda hacen que la sociedad renuncie a la defensa por sí misma y consienta la transferencia de los propios derechos a otra(s) persona(s), despojándose a sí mismo de la libertad de acción y decisión, y reduciendo sus voluntades a la voluntad de uno o de pocos. El consentimiento se lo realiza a través de un pacto, convenio o también llamado contrato. Este poder puede ser usado por una élite de hombres distinguidos con todas las cualidades de poder y fortaleza conferidas por los pactantes. El pacto celebrado (Hobbes) garantiza que todos los hombres sean libres e iguales, hombres racionales que buscan la autopreservación (Locke).

Con estos argumentos, establecemos la existencia de dos tipos de ciudadanos: unos que deciden y otros que encargan a otros (élite) la potestad de decidir. En el proceso de transferencia de la propia voluntad a voluntades ajenas, o sea de los representantes, resaltan algunas características. Por ejemplo, quienes están encargados de decidir (por ejemplo de elaborar las leyes) son los elegidos (Bobbio, 1999), lo cual indica que las decisiones son monopolizadas por unos pocos. Ello ocasiona un distanciamiento entre los representantes y los representados. Esta dinámica de enajenación de las capacidades de decidir que originalmente tiene la colectividad y que posteriormente es atribuido autónomamente por una élite de los representantes, es uno de los problemas cruciales del sistema de representación liberal. Todo este procesamiento de la decisión desemboca en la dinámica de la tutela política: unos "resguardando" la voluntad de la sociedad y los otros entrando en una relación de patrocinio y/o protección por parte de los representantes.

Sucede lo mismo en el campo de la forma de elegir a los responsables del poder. La "libertad" liberal otorga a los ciudadanos el derecho de competir para ser seleccionados como representantes del poder de decisión. Se establece una disputa para optar al poder, principalmente a través del voto secreto, propio de la democracia representativa liberal. Prima en esta relación la lógica de la ganancia; unos como perdedores y los otros como ganadores. Por su lado, los ciudadanos de base, la sociedad en general, para ser reconocidos como tales, están obligados a ejercer ese derecho al voto para seleccionar a quien en adelante los tutele como representante de la voluntad general.

2.3. Los elementos del sistema ciudadano comunal: la autorregulación económica y la auto organización política

Para establecer las características de la ciudadanía en contextos donde se maneja los recursos de manera comunal, se debe relativizar los alcances del concepto de propiedad, para comprenderlo en relación a la posesión y el control. Tanto la propiedad10, la posesión y el control resultan ser formas específicas de tenencia de los recursos. Como tales, teóricamente requieren ser explicadas tomando en cuenta elementos vinculados a otras dimensiones que no se limiten a dimensiones meramente económicas o formales.

Inicialmente, lapropiedadylaposesión deben ser vistas como cualidades que asignan ciertas condiciones de pertenencia. Teóricamente, la comunidad ha conquistado y ha reproducido en el tiempo la cualidad de la propiedad de distintos cuerposy substancias, sean estos de carácter objetivo o subjetivo, tangible o intangible. ¿Cómo explicamos esta afirmación? Recuperando -por ejemplo- la experiencia de la comunidad rural, la "...propiedad significa entonces pertenecer a una entidad comunitaria (tener en ella existencia subjetiva-objetiva) y por intermedio del comportamiento de esta entidad comunitaria frente a la tierra, comportamiento del individuo con la tierra, con la condición originaria de la producción -pues la tierra es a la vez material en bruto, instrumento, fruto- como con presupuestos correspondientes a su individualidad, modos de existencia de esta" (Marx, 1987a: 453). Por su lado, la posesión, también designa una condición de pertenencia pero en un nivel menor a la comunitaria, a la colectividad, sino más bien individual/familiar. "La propiedad del individuo no es aquí inmediatamente y de por sí propiedad comunitaria, como en el primer caso, donde, a su vez, tampoco es propiedad del individuo separado de la comunidad, pues éste es más bien sólo un poseedor" (Marx, 1987a: 437). Por lo tanto, sólo es posible concebir a la individualidad como poseedor; la propiedad es colectiva y únicamente existe posesión privada. "Los modos de esta posesión en relación con la propiedad colectiva pueden modificarse por completo histórica y localmente, etc. según que el trabajo mismo ocurra a cargo del poseedor privado aislado o, a su vez, esté determinado por la comunidad o por la unidad situada por encima de las comunidades particulares" (Marx, 1987: 438).

Las diferencias realizadas entre propiedad y posesión ayudan a la comprensión de las características de la gestión de los recursos en contextos comunales; sin embargo dicha comprensión sigue siendo parcial para entender las características de la ciudadanía comunal. Para tener un conocimiento mucho más riguroso, es necesario tomar en cuenta al control. En su acepción más simple, el control es la principal forma de tenencia de los recursos, trascendiendo a los derechos de acceso que otorga la propiedad y la posesión, para ocuparse del uso y explotación efectivo de los recursos, sea individual o comunalmente. Desde el punto de vista de la ciudadanía, se podría decir que la propiedad y la posesión asignan derechos, mientras que el control alude al uso efectivo de esos derechos de propiedad y/o posesión. El control organiza esos derechos. Visto de este modo, el control resultaría ser el contenido real de la ciudadanía expresado en el uso de los derechos, mientras la propiedad y la posesión serían las formas de esa ciudadanía.

Teniendo a la comunidad como titular del derecho de propiedad (o soberanía sobre los recursos), la ciudadanía comunal se la ejerce a partir de la posesión y el control de los recursos. La comunidad, como propietaria, garantiza a sus ciudadanos el acceso a los recursos en condición de posesión, para que sus miembros asuman su control respectivo. La realización del control sobre los recursos es sinónimo de lo que otros han llamado como ciudadanía activa y responsable. Una ciudadanía basada en la posesión sin control, sería sinónimo de ciudadanía pasiva, en la que los ciudadanos tienen sus derechos garantizados pero que no los utilizan.

Desde el punto de vista del tipo de apropiación del trabajo, en las sociedades comunales el trabajador tiene el derecho de apropiarse de los resultados de su trabajo. No hay enajenación del trabajo de ningún tipo; ni capitalista ni Estatal. La ciudadanía la ejerce el trabajador a través del derecho de acceso a una fuente laboral provista por él mismo o asociado junto a otros trabajadores de su entorno, es decir en comunidad. En estas relaciones laborales, no se establece una relación salarial. Se construye una instancia de reproducción económica autónoma, que no depende de nadie más que de ellos mismos.

En lo que respecta a la capacidad de la decisión política, se presenta como una ciudadanía diferente a la liberal porque se la operacionaliza "mediante acuerdos definidos a través de mecanismos de deliberación colectiva orientados a solucionar autónomamente problemas comunes" (Lisalata, 2010: 52). Está vinculada a la generación de "...formas de socialidad diferentes a las dominantes en el moderno mundo capitalista que descansan, en primer lugar, en la capacidad social de decidir colectivamente sobre distintos asuntos comunes y, en segundo lugar, en el despliegue del valor de uso de la vida... por encima de su valor de cambio capitalista" (Lisalata, 2010: 52). Los principios más importantes de la ciudadanía comunal son la voluntad colectiva, el deber, el servicio de los miembros de la comunidad y la libertad del individuo. La soberanía de la colectividad se la garantiza a partir del conjunto de acuerdos entre sujetos concretos de la sociedad, fundados en los destinos, proyectos y/o actividades comunes que comparten. También existen ciudadanos "representantes". Un individuo se convierte en depositario y/o representante de la voluntad general en tanto deber y servicio. Ser ciudadano no supone ganancia, a diferencia de la representación liberal, sino un gasto económico. Los representantes cumplen la función de ser representantes, como una obligación emanada desde la colectividad. Esta es la base de la ciudanía comunal, el ser jaki11 o persona con los derechos y las obligaciones que habilitan su condición de miembro activo de la sociedad.

El límite del poder de los ciudadanos representantes, es dar curso a la voluntad común de la colectividad. Manda en la coordinación de los pasos que se deben dar para cumplir los mandatos de la colectividad. Finalmente, la libertad del ciudadano se expresa en el hecho de la sujeción12 a la colectividad, puesto que como tal -como individualidad- no se siente sometida porque él también es parte de esa colectividad (Patzi, 2004). A diferencia del sistema de representación liberal, es la colectividad la que controla materialmente los medios fundamentales para hacer prevalecer su soberanía como voluntad colectiva. Es decir, controla la propiedad o soberanía sobre los medios económicos más importantes de la sociedad, relacionada con el acceso a la posesión de los recursos económicos que son usufructuados/controlados individualmente/familiarmente. De este modo, el ciudadano representante no monopoliza el derecho de decidir; la soberanía de decidir se mantiene en su fuente: la colectividad social.

Una de las tecnologías sociales que permite gestionar adecuadamente el poder comunal, es la rotación o los turnos. Se establece una especie de recorrido jerárquico de los cargos que se representa, los mismos que son asumidos gradualmente13 según el desempeño de las responsabilidades. Los cargos más simples al inicio de la vida de las personas, para luego pasar sucesivamente a los cargos más complejos y de mayor responsabilidad (Ticona y Albó, 2000; Patzi, 2004). La duración del cargo de los representantes, está relacionada con la posibilidad de revocabilidad de la representación de los ciudadanos. El ciudadano representante es revocable en cualquier momento, en caso de no cumplir o no expresar las decisiones de la colectividad. Esto sucede porque, si bien el representante posee poder, sin embargo no es propietario de dicho poder. El representante actúa como "delegado" y no como "fiduciario" del poder; es decir, "Si A es un delegado, es simple y sencillamente un portavoz, un nuncio, un legado, un medio, de sus representados, y por tanto su mandato es extremadamente limitado y revocable ad mutum. Si en cambio A es un fiduciario, tiene el poder de actuar con cierta libertad en nombre y por cuenta de los representados, en cuanto goza de su confianza, y puede interpretar a discreción los intereses de ellos" (Bobbio, 1999: 54). La cualidad del poder del representante delegado es asignada por la sociedad, lo cual es muy diferente a que se la haya adquirido. A diferencia de la lógica liberal, para ser ciudadano representante no entra en consideración si una persona tiene o no tiene tiempo para cumplir su función. La obligatoriedad, basada en el control de los recursos fundamentales de la comunidad, se sobrepone a su cumplimiento (Patzi, 2004).

En este campo de construcción de responsabilidades ciudadanas resulta crucial entender el lugar que ocupa el individuo en la comunidad, y las formas en que construyen y reproducen su convivencia social, en este caso vinculadas al ejercicio de la ciudadanía. En la sociedad comunal la ciudadanía no se la ejerce de manera absolutamente individual. A diferencia de la sociedad liberal, en las sociedades comunales el ciudadano es individuo en su articulación inmediata con su familia. Es un ciudadano individual/familiar, el cual difiere sustancialmente del individualismo manifestado en las sociedades liberales. Las diferencias sustanciales entre individualidad e individualismo son importantes para comprender lo comunal.

Desde la construcción de occidente, el individualismo es "... una visión de la sociedad compuesta por agentes autónomos, independientes, que actúan en términos de una concepción personal del bien que tienen que vérselas uno con otro solo en lo que conviene a sus propios fines" (Marglin, 2000: 477). Por su lado, la noción de individualidad, es diametralmente opuesta al individualismo. Los miembros asociados en las organizaciones, como individualidades, "... obedecen a la sociedad, porque la unión con sus semejantes les parece útil y saben que dicha unión no puede existir sin un poder regulado" (Tocqueville, 2000: 81). En todo lo que concierne a los deberes de la asociación o cooperación, el individuo es súbdito. Sin embargo, en todo lo que concierne a sí mismo, permanece como señor. Tal como describe Tocqueville: "...el individuo es el mejor, el único juez de su interés particular; la sociedad no tiene derecho a dirigir sus acciones sino cuando se siente lesionada por un hecho suyo, o cuando tiene necesidad de reclamar su ayuda" (2000: 81). Las relaciones entre individuos adoptan diferentes formas que pueden variar según la forma social determinada. Con toda probabilidad, estas relaciones entre individuos coexisten en la mayoría de los ámbitos de la sociedad, a veces complementándose mutuamente, otras veces en conflicto mutuo.

Los ciudadanos de la comunidad, conocedores de todos sus intereses, comprenden que para aprovechar y lograr recursos económicos para sus familias, es necesario someterse a las decisiones y adoptar como suyas las reglas organizativamente decididas y consensuadas. Recuperando a Tocqueville (2000): "cada hombre siendo análogamente débil sentirá igual necesidad de sus semejantes; y sabiendo que no puede obtener su apoyo sino a condición de prestar su concurso, comprenderá sin esfuerzo que para él, el interés particular se confunde con el interés general" (p. 36). Es en este contexto de relaciones entre individuo y comunidad que se debe entender la problemática de la ciudadanía. Como se habrá notado, además de las reglas que asignan derechos a los individuos, su efectivización tiene que ver también con la calidad con que se vinculan estos actores con la comunidad.

2.4. Los elementos del entorno ciudadano capitalista/liberal y comunal

El entorno ciudadano está constituido por todos aquellos elementos que se encuentran más allá de los elementos que hacen al sistema ciudadano. Como hemos explicado anteriormente, la vigencia de uno de los sistemas permite que desarrollen procesos de acoplamiento natural de sus entornos y/o optativamente procesos de acoplamiento operacional de entornos que no corresponden originalmente a la lógica de determinado sistema. Es decir, los sistemas ciudadanos tienen la capacidad de desarrollar procesos de apropiación de entornos ciudadanos ajenos (externos) como una forma de reafirmación y legitimación de sus entornos ciudadanos propios (internos).

Los entornos, internos y externos, resultan ser los recursos y medios básicos más importantes que contribuyen a la suficiente legitimidad de las formas y los contenidos de los sistemas ciudadanos. Tienen sus peculiaridades según sea el contexto específico donde se reproducen como parte del sistema total de derechos ciudadanos. Pueden adoptar cualidades que las hacen idénticas y diferentes. El sentido de los derechos basados en los entornos ciudadanos, puede ser asumido desde la práctica concreta de los actores de manera muy diferente en relación a las prácticas concretas de otros actores. Sin embargo, dichos sentidos finalmente se identifican porque en ambos casos la intencionalidad que se persigue es el bienestar de la gente en torno al cual se actúa. Los entornos ciudadanos, son los campos en los que se crea y se recrea la pluralidad de los diferentes tipos de derechos ciudadanos.

Los entornos ciudadanos tienen que ver con el conjunto de principios, valores, actitudes y modos de conducta a través de los cuales las personas se reconocen como pertenecientes a un grupo humano con derechos políticos, sociales y civiles. Estos elementos (subcampos) son mucho más complejos que el sistema como tal. Entre estos, podemos considerar como entornos ciudadanos externos a aquellas que la literatura las identifica como ciudadanía civil, que hace referencia al acceso y ejercicio de los derechos de propiedad en general, de participación, de contratación, de acceso igualitario a la justicia, etc.; la ciudadanía social que tiene que ver con el acceso a los beneficios y en la redistribución de los recursos del Estado, aquellos que son el acceso a la educación, a la salud, a la protección social, entre otros.

 

Conclusiones

Teóricamente, la ciudadanía es un concepto polisémico que proviene de una tradición teórica que la posesiona desde una matriz civilizatoria occidental y eurocéntrica. En la revisión bibliográfica realizada se observa que dichas tradiciones teóricas no abordan el concepto de ciudadanía en su relación a otras matrices "civilizatorias" (Huntington, 2003), en este caso de las naciones indígena-originarias. Más aun, de lejos no consideran la posibilidad de relacionar el concepto con otros conceptos que están ligados a determinados "modos de producción" diferentes a la capitalista.

La hipótesis de trabajo central que emerge del presente artículo es precisamente que la ciudadanía de las sociedades comunales (inspiradas en nuestra matriz indígena originaria) es antagónica a la ciudadanía de las sociedades capitalistas. Son sociedades -las comunales- donde la ciudadanía se la ejerce a partir de criterios políticos y económicos que evaden la enajenación en la toma de decisiones y se respeta la posesión y el control individual de los recursos en el marco de la soberanía colectiva.

 

Notas

1 Este artículo es un resumen del marco de referencia teórico y conceptual que el autor propone como parte del avance de investigación de la tesis doctoral titulado La construcción de la ciudadanía en contextos locales: análisis de las prácticas en torno a la gestión de recursos económicos y la organización del poder político al interior de las organizaciones en la ciudad de El Alto, en el marco del Doctorado Internacional en Ciencias y Humanidades del Instituto Internacional de Integración del Convenio Andrés Bello (IIICAB) y la Universidad Nacional "Siglo XX".

2  Según Zakaira (2004), la experiencia griega pasó a ser parte de los mitos de la sociedad humana. El autor identifica elementos que demuestran que entre los atenienses no había un gran entusiasmo por la participación ciudadana; para garantizar la presencia de los ciudadanos a la asamblea incluso tenían que pagarles.

3   El griego demos, el pueblo, y kratos, gobierno: el gobierno del pueblo. Al inicio la palabra demokracia se utilizó de manera despectiva por parte de los aristócratas griegos, para señalar su deprecio por la gente común, por el pueblo que le había arrebatado su lugar y el control sobre el gobierno de la ciudad.

4 Del latín res, cosa o asunto y publicus, público. La República hace referencia a la cosa pública o lo que pertenece al pueblo. Al inicio sólo tenían derecho a participar de la misma los patricios, y después de muchas luchas se pudo incorporar a la gente común, a los plebeyos.

5 "Elementos es, por consiguiente, aquella unidad no más reductible del sistema (aunque considerada microscópicamente pudiera aparecer, a su vez, como un entramado demasiado complejo). No más reductible significa también que un sistema sólo puede constituirse y cambiar relacionando elementos, y nunca mediante la desintegración y la reorganización" (Luhmann, 1998: 45).

6 Se refieren a prácticas sociales históricamente construidas que expresan determinada civilización de la sociedad, es decir determinada "entidad cultural". Una aproximación resumida al concepto de civilización puede ser descrita de la siguiente manera: "Tanto civilización como 'cultura' hacen referencia a la forma global de vida de un pueblo, y una civilización es una cultura con mayúsculas. Ambas contienen valores, normas, instituciones y formas de pensamiento a las que sucesivas generaciones dentro de una sociedad dada han atribuido una importancia fundamental... civilización y raza no son lo mismo. Personas de la misma raza pueden estar profundamente divididas por la civilización; personas de diferentes razas pueden estar unidas por la civilización... Las distinciones cruciales entre grupos humanos atañen a sus valores, creencias, instituciones y estructuras sociales, no a su talla física, la forma de su cabeza ni al color de su piel... Así una civilización es el agrupamiento cultural humano más elevado y el grado más amplio de identidad cultural que tienen las personas, si dejamos aparte lo que distingue a los seres humanos de otras especies. Se define por elementos objetivos comunes, tales como lengua, historia, religión, costumbres, instituciones, y por la auto identificación subjetiva de la gente" (Huntington, 2003, 46-48).

7  Las expresiones del sistema ciudadano, que se mueven en los campos de la economía y la política, adquieren diferentes características debido a la matriz civilizatoria de dónde provienen. Desde una perspectiva teórica, desde el punto de vista de sus contenidos y sus formas, a estos sistemas se las concibe incluso como irreconciliables. La vigencia de una de ellas restringe la presencia de la otra y viceversa. Cada sistema lleva consigo a sus elementos de entorno los que, sin embargo, pueden ser acoplados operacionalmente por cualquiera de los sistemas que logre vigencia.

8 "El problema es que, en este caso, hablaríamos de individuos, pero no de sujetos: el individuo de Descartes es plenamente racional, diferente del sujeto relacional" (Veríssimo, 2007, p.26).

9 "Este se constituye a partir de las relaciones que establece, a través de un proceso singular de aprehensión del mundo y creación de sentidos que pautan sus acciones y percepciones... La alteridad es la condición de la constitución misma del yo psíquico y de la subjetividad humana, siendo el psiquismo un sistema un sistema transindividual" (Veríssimo, 2007, p.26).

10 Hay estudios relacionados con el sistema de autoridades en las áreas rurales altiplánicas, donde se muestra la estrecha relación que tiene el sistema de tenencia de los recursos estratégicos de la comunidad, cual es la tierra. Textualmente Ticona dice lo siguiente: "La forma relativamente contemporánea de iniciación en el camino de autoridad en Titik'ana Takaka es más elaborada que en otras partes, y nos ayuda a comprender la íntima relación que existe entre cargos comunales y acceso a la tierra comunal" (Ticona y Albó, 1997: 86).

11  En la experiencia rural se ha demostrado que "la parte principal del proceso comienza una vez que la pareja ha contraído matrimonio, por lo cual se vuelve jaki (persona) y está habilitado, y a la vez obligado, para desempeñar servicios de la comunidad" (Ticona y Albó, 1997: 66).

12  Que no es sinónimo de "obligación" entendida desde la lógica liberal/occidental, porque está fuertemente condicionada por la reproducción cultural del "deber" social.

13 En trabajos rurales como el realizado por Estaban Ticona y Xabier Albó se describe con detalle las características del sistema de turnos en el cumplimiento de cargos de autoridad. El "thaki significa 'camino' y es la palabra utilizada en la cultura aymara para explicar cómo cada persona adulta va avanzando en responsabilidad y reconocimiento dentro de la comunidad a través del cumplimiento progresivo de cargos de autoridad y servicio. El thaki de todo comunario adulto es, por tanto, la secuencia de cargos y responsabilidades públicas por los que un determinado comunario va 'caminando' en el correr de los años hasta llegar a su plenitud, con máximo reconocimiento y prestigio" (Ticona y Albó, 1997: 66).

 

Bibliografía

Bobbio, N. (1999). El futuro de la democracia. México: Fondo de Cultura Económica.         [ Links ]

Boron, A. (Comp.) (2000). La filosofía política moderna: De Hobbes a Marx. Buenos Aires: CLACSO.         [ Links ]

Cortina, A. (1997). Ciudadanos del mundo: hacia una teoría de la ciudadanía. Madrid: Alianza.         [ Links ]

Dahl, R. (1999). La democracia: una guía para los ciudadanos. España: Taurus.         [ Links ]

Huntington, S. P. (2003). El choque de civilizaciones y la reconfiguración del orden mundial. Buenos Aires: Paidós.         [ Links ]

Jones, E. y Gaventa, J. (2002). Concepts ofcitizenship: a review. Sussex: IDS.         [ Links ]

Kymlicka, W. (1996). Ciudadanía multicultural: una teoría liberal de los derechos de las minorías. Barcelona, Buenos Aires y México: Paidós.         [ Links ]

Lisalta, L. (2010). "Política comunitaria y rebelión en El Alto". En: Villa Libre: Cuadernos de Estudios Urbanos, N° 5. Cochabamba: CEDIB.         [ Links ]

Luhmann, N. (1998). Sistemas sociales: lineamientos para una teoría general. España: Antropos.         [ Links ]

Marglin, S. A. (2000). Perdiendo el contacto: hacia la descolonización de la economía. Cochabamba: Villarroel Editores.         [ Links ]

Marx, K. (1987). Elementos fundamentales para la crítica de la economía política (Grundrisse, Vol. I). México: Siglo XXI.         [ Links ]

Marx, K. (1988). El Capital, crítica de la economía política (libro primero). México: Siglo XXI.         [ Links ]

Patzi, F. (2004). Sistema comunal: una propuesta alternativa al sistema liberal. La Paz: CEA.         [ Links ]

Patzi, F. (2011). Tercer sistema: modelo comunal: propuesta alternativa para salir del capitalismo y del socialismo. La Paz, Bolivia.         [ Links ]

Ticona, E. y Albo, X. (1997). "La Lucha por el poder comunal". En: Jesús de Machaca: la marka rebelde, N° 3. La Paz: CIPCA/CEDOIN.         [ Links ]

Tocqueville, A. De (2000). La democracia en América. México: Fondo de Cultura Económica.         [ Links ]

Urcuyo, C. (1999). Ciudadanía. Documento de Trabajo N° 11.         [ Links ]

Verissimo, M. (2007). Economía solidaria y subjetividad. Argentina: Altamira.         [ Links ]

Weber, M. (1969). Economía y sociedad, México: Fondo de Cultura Económica.         [ Links ]

Zakaira, F. (2004). El futuro de la libertad. México: Taurus.         [ Links ]

 

Creative Commons License Todo el contenido de esta revista, excepto dónde está identificado, está bajo una Licencia Creative Commons