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Revista Científica Ciencia Médica

Print version ISSN 1817-7433On-line version ISSN 2220-2234

Rev Cient Cienc Méd vol.14 no.1 Cochabamba  2011

 

Editorial

 

Sobre la Declaración de Conflictos de Interés

 

 

Javier D. Segales Rojas

 

 


En el mundo globalizado en que vivimos, no existe una sola disciplina que no involucre a las demás, estas están siempre correlacionadas en interactuando entre si. La investigación científica no es la excepción.

Hace más de 2500 años, el hombre aprendió que la investigación podría rendirle beneficios sociales, económicos o políticos, sin embargo este conocimiento se potenció solo en los últimos 100 años en que la ciencia se convirtió en el principal camino para el progreso.

Es por esto, que los resultados de toda investigación realizada, a pesar de ser diseñada con carácter enteramente científico, corren el riesgo de ser modificados de acuerdo a los intereses de los investigadores, el financiador, o el entorno que rodea a la investigación misma. A la comunicación de los intereses que median, durante el desarrollo de toda investigación se la conoce como declaración de conflicto de intereses.

Los requisitos de uniformidad del Comité Internacional de Editores de Revistas Médicas (ICMJE, por sus siglas en inglés), indica que existe un conflicto de intereses cuando un autor (o la institución del autor), el revisor o el editor tienen relaciones financieras o personales que influyen impropiamente (sesgo) en sus acciones (tales relaciones se conocen también como compromisos duales, intereses en competencia, o lealtades competitivas)1.

Asi es que, a partir de diciembre de 2011 se exigirá a los autores declarar conflictos de intereses al momento del envío de sus artículos, tanto para artículos originales, casos clínicos, imágenes en medicina, artículos de revisión, artículos especiales y cartas al editor.

Las cuales estarán expresadas explícitamente en las normas de publicación, que aparecerán en el próximo número de nuestra revista. Por lo tanto, la Rev Cient Cienc Méd considera tres bases fundamentales para poder clasificar los conflictos de intereses en conflictos de los autores, de los financiantes y del ámbito mismo de la investigación.

Los conflictos relacionados con los autores, hace referencia a cualquier compromiso que cada autor o colaborador posee, que puedan influir en la investigación, o en la presentación de los resultados del mismo. Ej. Investigadores que representen a una entidad. El financiamiento es el conflicto de intereses más evidente, siendo que las instituciones financiantes puedan interferir en el desarrollo de la investigación o publicación de los resultados de modo que estos estén de acuerdo a los intereses de la misma. Ej. Investigación sobre un fármaco, auspiciada por la farmacéutica que lo desarrollo.

El ámbito y las condiciones en las que se desarrolla la investigación adquieren gran importancia en nuestro país al menos en lo que a publicación estudiantil se refiere, debido a la situación institucional en que se encuentran los mismos. En esta categoría mencionamos todo interés que sea externo al autor que interfiera en la redacción o publicación de los resultados. Ej. 1 Director de un hospital que no desee que se publique los resultados de un estudio en dicho centro. Ej. 2 Docente que exige a sus estudiantes a publicar un resultado que esta de acuerdo a los intereses del mismo. Otros escenarios posibles de potenciales conflicto de intereses son la relación entre los editores y las autoridades de sus respectivas Sociedades Científicas a las que se encuentran afiliados.

Ahora bien, impedir que existan conflictos de intereses (intereses en competencia o intereses contrapuestos), son inevitables, y declararlos no invalida ni mucho menos es "pecado" declararlos y tenerlos. Pueden surgir por las características implícitas de la naturaleza humana como son la rivalidad académica-científica, la competencia por el poder, el reconocimiento de los colegas, el público y los medios de comunicación2.

Por lo antes mencionado, exigir la declaración de conflictos de intereses es un avance en la ética por parte de nuestra revista, y además pone en conocimiento a los autores desde el pregrado sobre este asunto. Por último, debemos recalcar la importancia de presentar la declaración de conflicto de intereses, ya que con esta se transparenta la investigación, publicación, el autor y los editores haciendo el proceso más fiable y contribuyendo con mayor fuerza al desarrollo científico, y la utilización de la información obtenida.

 

Javier D. Segales Rojas

Editor Asociado—Revista Científica Ciencia Médica, Facultad de Medicina, Universidad Mayor de San Simón. Cochabamba, Bolivia.

Correspondencia a: javier.segales.rojas9@gmail.com

 

Referencias:

1. International Committee of Medical Journal Editors. Uniform requirements for manuscripts submitted to biomedical journals: writing and editing for biomedical publication. Philadelphia: ICMJE; 2010. [acceso en: agosto de 2010]. Disponible en: www.icmje.org/urm_ full.pdf        [ Links ]

2. Barcat J, Del Bosco C. Conflicto de intereses. Medicina (Buenos Aires) 2003; 63: 87-89        [ Links ]

 

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