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Punto Cero

versión On-line ISSN 1815-0276

Punto Cero vol.21 no.32 Cochabamba  2016

 

EL DERECHO A LA COMUNICACIÓN COMO DEBER ÉTICO Y POLÍTICO EN LA FILOSOFÍA POLÍTICA DEL “NOSOTROS”

 

ANDRADE RUIZ, Fernando (2016). “El derecho a la comunicación como deber ético y político en la filosofía política del ´nosotros´”. Punto Cero, año 21 - n°32 - julio de 2016. Pp 9-20. Universidad Católica Boliviana “San Pablo” Cochabamba

 

Fernando Andrade Ruiz Boliviano, Doctor en Ética y Derecho a la Información por la Universidad Complutense de Madrid; docente de la Carrera de Comunicación Social de la Universidad Católica Boliviana – Cochabamba- radiolero@yahoo.com.ar

El autor declara no tener conflicto de interés alguno con la Revista Punto Cero.

 


RESUMEN:

La Filosofía Política del “nosotros” sintetiza el ideal por una comunidad política sustentada en la ética democrática y en el Derecho Humano a la Comunicación (como derecho y deber) que tienen todos sus miembros. El planteamiento de una “Filosofía Política del Nosotros” va más allá de la tolerancia, de la fraternidad, de la cooperación y propone una simbiosis entre individuo y comunidad: el “yo” en el “otro” y viceversa, lo que resulta imposible sin una comunicación verdaderamente democrática. Desde una perspectiva teórica en que la ciudadanía es la razón de ser del sistema político democrático, en su primera parte, el artículo conceptualiza al Derecho Humano a la Comunicación como derecho y como deber, identificando, complementariamente, los derechos que para con él tiene la propia ciudadanía, el Estado, y otros actores políticos como las instancias de representación ciudadana y los medios públicos de comunicación e información. Sobre tal base, se postula la “Filosofía Política del Nosotros”, sus principios, sus características y se enfatiza en el papel central que en su búsqueda despliega la comunicación democrática y el derecho ciudadano hacia ella.

Palabras clave: Derecho a la Comunicación, Democracia, Filosofía del Nosotros

THE RIGHT TO COMMUNICATION AS A DUTY ON ETHICAL AND POLITICAL PHILOSOPHY OF “US” POLICY

 

ABSTRACT:

Political Philosophy of “us” synthesizes the ideal place for a political community sustained by democratic ethics and the Human Right to Communication (right and duty) with all its members. The proposal of a “Political Philosophy of Us” goes beyond tolerance, brotherhood, cooperation and proposes a symbiosis between individual and community: the one on the other and vice versa, which is impossible without a truly democratic communication. From a theoretical perspective that citizenship is the raison d’etre of the democratic political system, in its first part, the article conceptualizes the Human Right to Communication as a right and duty to identify, in addition, the rights to him has the own citizenship, the state and other political actors as instances of citizen representation and public media and information. About this, I base the “Political Philosophy of Us”, its principles, its characteristics and emphasizes the central role in their quest unfolds democratic communication and the citizen’s right to her is postulated.

Keywords: Communication Rights, Democracy.


 1. Derecho y Deber

En un célebre poema, Walt Whitmann, aludió la complementariedad entre derecho y deber en cuanto a la comunicación: “No permitas que nadie te quite el derecho a expresarte, que es casi un deber; no dejes de creer que las palabras y las poesías sí pueden cambiar el mundo; no caigas en el peor de los errores: el silencio. La mayoría vive en un silencio espantoso”.

Rousseau consideró que la fuerza deviene en “derecho” y éste en “deber” Deber de ejercer un derecho para no dejarlo en mera retórica, pasivo o al arbitrio de otros (Cf. ROUSSEAU, 1961: 34).

La ética democrática de todo derecho implica el deber de darle vigencia.

Fernando Savater sostiene que “en la sociedad democrática, los ciudadanos podemos y debemos reivindicar nuestro derecho (que también en cierta medida, supone nuestra obligación) a intervenir, a colaborar, a vigilar, a auxiliar” (SAVATER, 2004: 205).

José María Desantes, por su parte, afirma que:

“si un derecho no está respaldado por un deber queda reducido a una mera proclamación teórica, sin que exista garantía alguna de que será eficaz”. “Si alguien es titular de un derecho es porque alguien tiene, correlativamente, el deber o la obligación de satisfacerlo, incluido el deber de no obstaculizarlo. Derecho y deber constituyen el haz y el envés de un mismo objeto: lo que es deber es siempre derecho” (DESANTES, 1988: 48).

El sujeto titular y activo del Derecho a la Comunicación es toda persona y lo ha de cuidar y ejercitar como un deber recurrente para ella misma.

En el campo político democrático, esa titularidad pasa a la ciudadanía, frente a la cual, los demás actores políticos (Estado, organizaciones de representación, medios de comunicación pública, etc.) sólo tienen el deber de respetarla: primero desde la ética y después, si ésta no es suficiente (como suele suceder), desde normatividad democrática específica.

Desantes se pregunta:

“¿de qué me sirve una norma ética que diga que todos los hombres tienen derecho a la atención de su salud, si cuando preciso atender la mía no hay nadie que pueda o tenga que cumplir a mi favor el deber de facilitarme una prestación de salud, y tampoco yo tengo recursos para proveérmela por mí mismo? ¿De qué le sirve al trabajador una norma que diga que tiene derecho a participar en los beneficios de la empresa donde está empleado, si no hay medio ni vía para compeler a la empresa a que haga esa distribución? (Cit. por FIGUEROA, 2008:45).

Según Bidart Campos (2005: 94), la obligatoriedad ética y legal de los derechos supone obligaciones de abstención (no hacer algo que turbe o dañe un derecho), de facilitación (conductas a favor del sujeto activo que es titular del derecho) y de cumplimiento coactivo.

Si la ética no abastece, los ciudadanos han de tener a su alcance los medios jurídicos necesarios para exigir al Estado y a los demás actores políticos que cumplan con su deber frente a los derechos.

La protección de todo derecho impone a los demás actores deberes que pueden también convertirse en libertades y derechos de carácter subsidiario que igualmente serán intocables en caso de ser coherentes con el derecho matriz, pero igualmente sometidos a normatividad democrática en caso contrario. La libertad de prensa, por ejemplo, debe ser absoluta si defiende el Derecho a la Comunicación de la ciudadanía, pero debe dejar de serlo si lo amenaza, lo restringe o lo distorsiona, lo que puede dar lugar incluso a penalización por parte del Estado democrático. Los operadores mediáticos, (empresas informativas, periodistas), gozan de un derecho a la comunicación con el Estado, pero sólo para cumplir con el deber que tienen respecto a la ciudadanía.

Fisher sostiene que los derechos y deberes subsidiarios pueden quedar sometidos a trámites, condiciones, restricciones o sanciones establecidas en la legislación y que son necesarias en una sociedad democrática en bien de la seguridad nacional, la integridad territorial o el orden público, la prevención de disturbios o delitos, la protección de la salud o de la moral, la protección de la reputación o de los derechos ajenos, la prohibición de la difusión de toda información recibida con carácter confidencial, o el mantenimiento de la autoridad y la imparcialidad del poder judicial (Cf. FISHER, 1984: 85).

Este autor manifiesta también algunas preocupaciones:

“la verdadera dificultad surge al intentar determinar en qué consiste el bien común, el orden público, la moral pública, etc. Un Estado puede imponer restricciones injustas al ejercicio de las libertades, alegando que representa el bien común para justificar la represión y la supresión de derechos humanos” (Ibídem).

Las excepciones a la vigencia plena de los derechos subsidiarios sólo se justifican si protegen el derecho primario ya sea el de comunicación u otros como el derecho a la vida, a la libertad religiosa, a la libre elección de autoridades al respeto cultural y racial. El criterio es la protección de otros derechos iguales o superiores (Ibídem).

Una actitud sólo receptiva por parte de la ciudadanía ante todo ello, puede anular o postergar el directo protagonismo que le corresponde en la dinámica democrática y en el cuidado de sus derechos.

El Derecho a la Información (como parte del derecho a la Comunicación), por ejemplo, incluye el principio de “doble flujo” en sentido de que los ciudadanos no sólo tienen el “derecho a recibir” sino también el deber de generar, difundir, transmitir las informaciones que consideren importantes para la Esfera Pública.

Ambas dimensiones – la de emisión y la de recepción- deben ser respetadas y protegidas por el sistema político en su conjunto. Si alguna falla, la otra no será posible, de ahí la conjunción entre derecho y deber.

2. La comunicación como derecho-deber en los actores políticos democráticos

El principio democrático de la comunicación como un derecho supone que todos los actores tienen el derecho y el deber de generar procesos de comunicación política. Descuidar una de las dos expresiones en que se bifurca esa misma naturaleza sólo llevaría a desvirtuar el sentido democrático y a que cundan silencios, ocultamientos, abusos.

Los deberes de todos los actores políticos respecto al Derecho Ciudadano a la Comunicación implican que sean reconocidos como actitud de servicio, principio ético fundamental que trasciende la normatividad positiva.

2.1. Deberes de la ciudadanía

El deber democrático que la ciudadanía tiene respecto a su propio Derecho a la Comunicación debe fundamentarse en la convicción de saberse la razón de ser del sistema político, lo que le impele a jamás desvincularse de él.

Tal deber implica, al menos, lo siguiente:

a) Enterarse de lo que es la democracia (sustentos filosóficos y doctrinarios, procedimientos, ética), especialmente en lo que respecta al significado actual de los derechos humanos, sus principios y potencialidades. Esta es una labor integral a ser desplegada por familias, escuelas, Estado, medios de comunicación, centros de trabajo, instituciones en general, cultivando la comunicación como propulsor principal.

b) Mantenerse informada sobre el acontecer político. Cuando se ve un noticiario, se lee un periódico, se atiende encuestas, se opina, se investiga, se asiste a eventos académicos sobre asuntos públicos, etc., se está cumpliendo con el deber ético en pro de una cultura democrática. No se trata sólo de esperar información, sino generarla y exigirla.

Constituye perjuicio democrático la indiferencia de la población respecto al acontecer político, lo que puede deberse a varios motivos, entre ellos: escasa formación (analfabetismo, por ejemplo), inexistencia o escasez de canales de participación y de acceso a medios para la comunicación política, o también repulsa a un acontecer político muy desprestigiado. Esa actitud es perniciosa, ya que la democracia no puede funcionar con una ciudadanía apática y expuesta a cualquier tipo de abusos. Si los ciudadanos no asumen su rol de protagonistas en la vida democrática, ésta pierde su sentido.

c) Supervisar a sus instancias de representación, pues no se trata de que la gente participe directamente o esté cotidianamente pendiente de las minucias políticas. La visión filosófica de la democracia reconoce la imposibilidad y hasta la inconveniencia de una ciudadanía permanentemente activa que sobrepase a los sistemas de representación y al Estado mismo.

d) Velar por la consolidación de situaciones de contexto (educación, salud, trabajo, etc.) que coadyuven al desarrollo de la cultura democrática y del Derecho a la Comunicación.

e) Esforzarse en hacer uso efectivo de todo tipo de medios de comunicación que faciliten las interacciones políticas. Para esto no sólo habrá que apoyarse en el derecho moral que directamente tiene la ciudadanía sobre los medios estatales -e indirectamente, sobre los privados-sino también organizar y utilizar medios propios, grupales, comunitarios, que no necesariamente requieran de mucha inversión. Las nuevas tecnologías ofrecen grandes posibilidades sobre el particular y por eso la importancia de amplificar las opciones de acceso y uso de ellas por parte de la población en general, propósito al que el propio Estado debe coadyuvar.

f) Promover escenarios de encuentro directo entre ciudadanos y de estos con sus representantes políticos, con los medios de comunicación, con el Estado, y así conseguir mayor participación efectiva en la Esfera Pública y en las decisiones políticas consecuentes.

g) En la vida privada y cotidiana, desplegar comportamientos comunicacionales sembradores de cultura democrática para así dotar de respaldo moral a las exigencias que se hagan al sistema político. Asumirse como demócratas es serlo día a día: en la familia, en el trabajo, con los amigos, en las instituciones de las que se forma parte. Si se miente, si se oculta información, si se subestima a quienes no piensan como uno, si se calla ante injusticias, no se está construyendo democracia, no se está cultivando su ética, ni se está fortaleciendo el Derecho a la Comunicación. Sin comunicación, los riesgos de desintegración social, cultural y política estarán siempre presentes y Las leyes no contarán con el consenso esperado, quedando siempre abierta la posibilidad de imposiciones arbitrarias.

2.2 Deberes del Estado

El principal deber moral que tiene el Estado democrático es no perder nunca contacto con la ciudadanía, pero no solamente para lograr su apoyo o convencerla de algo, sino como verdadera conducta de servicio hacia ella. Toda actitud de servicio requiere de comunicación con quien se sirve, pues sólo así se podrá saber qué piensa, qué quiere, qué anhela, qué necesita, cuáles son sus problemas y sus demandas.

El Estado tiene también el deber de facilitar que la ciudadanía tenga disponibilidad y acceso a medios de comunicación estatales para que pueda expresar cualquier tipo de mensaje que considere necesario insertar en el espacio público.

La falta de una comunicación política respetuosa del Derecho a la Comunicación puede generar situaciones traumáticas que, según María Teresa Zegada obedecerían a tres causas: a) la intolerancia en la construcción de las demandas sociales (una demanda implica en sí misma la necesidad de su aceptación por parte del interlocutor); b) que la única manera de lograr la atención de las demandas sea través de las medidas de presión ante el convencimiento de que instancias previas como el diálogo o la negociación, se convierten en una mera formalidad que no rinde frutos; c) una actitud pasiva, inmovilista y con las expectativas puestas solamente en la acción del Gobierno, pensando en que éste tiene la obligación de resolver todos los problemas, con lo que puede generarse paternalismo estatal. Concluye afirmando que: “el Estado precisa reubicar su rol, devolver la credibilidad y confianza a la ciudadanía y recuperar su autoridad y legitimidad social, pero al mismo tiempo se requiere la construcción urgente de una cultura política acorde con la convivencia democrática” (Cf. ZEGADA, 2005).

Considera Fisher (1984) que lo primero que debe hacer el Estado democrático es reconocer que la comunicación es una necesidad humana fundamental, indispensable para que las personas puedan actualizar plenamente sus potencialidades humanas.

Al Estado le toca precisar en una ley nacional las libertades que se derivan del derecho a comunicar -libertad de opinión, de expresión y de información- y reconocer en la práctica las facultades que se desprenden a su vez de dichas libertades: libertad de palabra, libertad de prensa y otras relacionadas.

2.3 Deberes de los medios de comunicación

En democracia, los gestores de información pública (los medios) no son tales si no son libres; por tanto, desde la ética democrática, su primer deber frente a la ciudadanía es ser libres y responsables en el trabajo que realizan para ella y que constituye su razón de existencia.

Si, como servidores del Derecho Ciudadano a la Comunicación Política, los medios dejan en segundo plano a la libertad o la hipotecan de alguna manera, se convierten en dependientes de cualquier tipo de poder (económico-mercantil, ideológico, político-partidista y otros) e inconsecuentes con lo que a ellos le asigna la doctrina democrática y su ética subsecuente.

Mantener la libertad es el deber más difícil de cumplir, o más fácil de incumplir, ya sea por ambiciones, intereses políticos creados o por una miopía profesional que no ve claro el compromiso ético que debe tener todo informador público.

Tal temple es puesto a prueba en sistemas políticos arbitrarios que decretan lo que hay que hacer, lo que hay que decir y lo que hay que callar. También frente a directrices empresariales que pretenden comprar la independencia profesional.

Sostiene Desantes:

“los periodistas poseen derechos en cuanto ciudadanos, pero no en cuanto a su condición de informadores. Se reconoce el derecho al secreto profesional, pero en realidad este último es un deber y no un derecho, que sería el mecanismo jurídico por el que puede actuar el deber” (Cit. por FIGUEROA, 2008: 163).

3. Yo, tú, él: NOSOTROS.

Éticamente, la democracia se opone al egoísmo, su fundamenta en la alteridad (Cf. FIGUEROA, 2008: 163). Por tanto, la filosofía política (y ética) de la democracia debe construirse a partir de la noción del “nosotros”.

Recordemos que la Revolución Francesa, hito indudable en el decurso político democrático, enarboló tres principios: libertad, igualdad, fraternidad.

Las doctrinas políticas derivadas de ellos se concentraron ya sea en la libertad (el ya antiguo liberalismo con todas sus ramificaciones) o en la igualdad (los diversos socialismos), pero no prestaron la misma atención y desarrollo a la fraternidad.

En lo sustantivo y en lo formal, las distintas expresiones democráticas que ha experimentado la sociedad, han aplicado, con mayor o menor éxito, principios y procedimientos para una mejor tolerancia en la convivencia, pero no han superado un sentido de separación entre el “yo”, el “tú” y el “ellos”.

Así se ve en doctrinas de raigambre democrática como el liberalismo, fundamentado en el “yo”, en el individuo, en la persona como núcleo, en torno al cual deben girar la colectividad y el Estado, con reglas claras de no interferencia. El sustento es la defensa de las libertades individuales, lo que inevitablemente incuba fricciones y conflictos entre individuo y sociedad, ante los cuales debe primar el interés y el beneficio personal.

Por su parte, diferentes versiones de socialismos democráticos se sustentan en cuestionamientos al individuo como eje de todo el sistema político por lo que no superan (al contrario, es su base) una visión dividida de la sociedad: por un lado, las colectividades, los desposeídos, los pobres, y, por otro, los individuos libres, las burguesías, los poderosos, los oligarcas. Hay tensión permanente (“lucha”, según influyentes marxismos radicales) que sólo es mitigable desde el poder.

¿Dónde quedó la fraternidad como encuentro entre las posiciones extremas? ¿Dónde se perdió un principio integrador que recupere la dimensión fraterna y solidaria que también está presente en la naturaleza humana a pesar de - o, mejor- gracias a nuestras diferencias? Un sentido del “nosotros”, consciente de las mutuas dependencias, de las necesidades compartidas, de las misiones conjuntas para enfrentar y superar dificultades.

El valor político de la fraternidad aún no ha sido atendido y, hacerlo, tendría la virtud de articular el encuentro entre la libertad y la igualdad, principios generalmente separados y por eso hasta considerados incompatibles.

El principio del “nosotros” que aquí desarrollamos aspira a ideales y acciones de convivencia democrática que incluso podrían ir más allá de la fraternidad, aunque muy bien sustentados en ésta. Es que la noción de “fraternidad” parece quedarse en la aspiración de convivencia pacífica, de tolerancia, de simple aceptación inevitable del otro, lo que connleva el riesgo de pasividad.

El “nosotros” implica sentido de pertenencia, de insoslayable acción conjunta, del imperativo en sentido de que la única forma de hacerlo es mancomunadamente, de que lo que consigamos o lo que abandonemos, es acción y responsabilidad de todos, sin excepción.

Es decir, subyace lo fraterno y lo supera; va mucho más lejos de la simple tolerancia y tampoco aspira al noble propósito de “amar al prójimo”, como lo proclamó ilusa, pero bien intencionadamente, Cristo. El “nosotros” intenta proyectarse y asimilarse en el otro: “me respeto en el prójimo”, “me asimilo en el otro”, “vivo en los demás”.

Así, no queda rota la individualidad, pero sin ignorar a la otredad, y también a la inversa. Deja de verse al congénere como un oponente, un obstáculo, una amenaza, un riesgo y se lo asume como compañero para un viaje siempre riesgoso, aventurado y cuyo desenlace depende de la inteligencia y de la voluntad conjuntas.

¿Puede haber un cimiento más sólido para el “nosotros” como sociedad con mismo origen y destino, aunque con individualidades diversas?

En consecuencia, la Filosofía Política del Nosotros apunta a superar una construcción meramente intelectual, teórica, formal, reglamentaria, y afincarse en la dimensión ética de los seres humanos, asimilando un sentimiento de pertenencia, de mutuas necesidades, de potencialidades y debilidades, de similares proyectos de progreso conjunto. Quiere consolidar una comunidad respetuosa entre sus miembros, con aceptación mutua, con tareas y esfuerzos compartidos que puedan ir más allá de los intereses particulares, sin necesidad de abandonarlos totalmente.

Más allá de los principios cristianos que sostienen exactamente lo que se acaba de decir, ¿será capaz la política mundana de incorporar estos propósitos en sus utopías?

4. El Derecho a la Comunicación en la Filosofía Política del “Nosotros”

La comprensión y vigencia de los Derechos Humanos tendría que ser el fundamento principal de esta aspiración, entre ellos, fundamental, el Derecho a la Comunicación.

Dice Ruth Benedict:

“En su sentido pleno, la sociedad no es una entidad disociable de los individuos. Ninguno puede llegar ni siquiera al límite mínimo de sus posibilidades sin una cultura en la cual participe. Recíprocamente, ninguna civilización contiene elemento alguno que no sea la aportación de un individuo. Por consiguiente, el derecho a comunicar no concierne simplemente al individuo y a la sociedad, sino al individuo en la sociedad” (Cit. por FISHER, 1984: 187).

La Filosofía Política del Nosotros, sustentada en la comunicación, tiene antecedentes reflexivos en el denominado Liberalismo Social, en la socialdemocracia, en el liberalismo progresista, en los discernimientos en torno a la “Tercera Vía”, coincidentes todos ellos en la búsqueda de mayor cercanía entre libertad individual e igualdad socio-económica, es decir, aunar las ansias de realización individual con las de progreso social.

La comunidad es justa, reflexiona Santo Tomás, cuando las tres estructuras

fundamentales de la vida común (o, lo que es lo mismo, las tres principales formas de comunicación entre los humanos) quedan ordenadas y son rectas. Estas formas de comunicación son: las comunicaciones de los individuos entre sí, las comunicaciones del todo social con los individuos y las comunicaciones de los individuos con el todo social.

Complementa Desantes:

“La justicia no ordena al hombre en sí mismo, sino en relación con los demás; es la virtud de la convivencia, de la alteridad; parte del sujeto individual, pero excede los límites del sujeto individual, con lo que viene a constituirse cabalmente en bien del otro. En la justicia se revela de una forma más exacta y elevada la eficacia comunicativa del bien que es, por naturaleza, difusivo, es decir, que tiende a operar hacia fuera, a irradiar, a comunicarse”. (DESANTES, 2004: 98)

El lazo articulador, la garantía de que la relación individuo-comunidad sea unísona, justa, igualitaria, respetuosa de los derechos individuales y a la vez de los derechos comunitarios, es insoslayablemente reconocer una condición de derecho fundamental a la comunicación, pues, sin tal status, puede perder su sentido, desviarse, ser utilizada arbitrariamente por grupos de poder y deambular, con lo que, el naufragio amenaza a la democracia en su conjunto.

Manuel Garretón enfatiza en que:

“hace falta una revolución ética que acepte a la vez el pluralismo de valores e ideas, el realismo, el goce individual y la realización personal, la solidaridad y el altruismo, todos ellos juntos” (GARRETÓN, 1994: 52).

Por su parte, Aylwin sostiene que:

“situaciones extremas de miseria, marginación o sufrimientos, crean un efectivo dilema entre lo que pudiéramos llamar una falsa ética del “conformismo” frente a una verdadera ética de “solidaridad social activa” que provoca nuestra imaginación y afirma un necesario compartir social de dolores, sufrimientos, limitaciones, avances, frutos y esperanzas” (AYLWIN, 1994: 92).

Una verdadera cultura democrática de respeto compartido, bajo una noción del “nosotros”, dejaría en segundo plano competiciones y manipulaciones, lo que permitiría –al fin- el gobierno de la razón y del sentimiento sincero, y no solamente del instinto.

En consecuencia, sobre la base del Derecho a la Comunicación como eje-articulador, la Filosofía Política del “Nosotros”:

- Concibe al ser humano (individuo) indefectiblemente agrupado (comunidad), principio que constituye su valor central. La naturaleza humana es la sociedad, ámbito donde todos sus miembros generan cultura, historia, política, civilización. La con-sustancialidad entre ambos sólo puede darse gracias a la comunicación debidamente protegida y respetada en su condición de derecho.

- Armoniza la dignidad personal con la dignidad de la comunidad. La palabra “dignidad” viene del latín dignus, que significa “que merece, que tiene derecho a”; en este sentido, el individuo y la comunidad tienen derechos que deben ser complementarios entre sí, con vigencia garantizada, tanto mediante legislación como –sobre todo-por la ética. En ambos niveles el Derecho a la Comunicación debe ser considerado como piedra angular.

- Postula que el “yo” debe ser reemplazado por el plural de la primera persona: “nosotros”. No existe el “nosotros” sin comunicación y sus diversas formas de lenguajes. De ahí que la comunicación forma parte fundacional de esta postura filosófica.

- Se sustenta en el principio de que la comunicación pasa a ser el elemento “humanizador” por excelencia pues, en palabras de Savater, “permite que la sociedad que nos rodea y empapa, compuesta de personas, objetos, edificios y que es la que forma los hábitos de nuestra mente y las destrezas o rutinas de nuestro cuerpo, pueda ser tal gracias a una red de lazos compuesta de memoria compartida, costumbres, leyes, donde el lenguaje juega un rol esencial. (Cf. SAVATER, 2004: 22).

- Reconoce que cada individuo es diferente y, desde tal condición, merece el respeto de los demás, por lo que, como ya está dicho, la ética tiene una función preponderante en la articulación entre individuos-sociedad y viceversa.

- Acepta que el sentido de cooperación entre las personas es un asunto central. En tal sentido, el filósofo británico Bertrand Russell sostiene que en las relaciones humanas se vislumbra:

“un crecimiento continuo de los beneficios de la cooperación y una continua disminución de los beneficios de la competición(…) Por este motivo un sistema social sabio debería alentar los impulsos conciliatorios y desalentar los impulsos conflictivos, por medio de la educación y de los sistemas sociales creados con este fin” (RUSSELL, 1998: 15- 19).

- Considera que la individualidad diferente genera la pluralidad en la dimensión social y ésta es el principal valor comunitario que sólo es capaz de ser asimilado desde la democracia. Pese a las infinitas y bienvenidas diferencias que puedan existir, cada individuo inserto en comunidad puede desarrollar su vida y sus libertades y lo mismo puede hacer la comunidad, vista también como entidad con vida propia.

- Enfatiza en que la pluralidad es un principio filosófico y también democrático liberado de los distanciamientos entre colectividades o clases de cualquier índole. Ante la comunidad y ante la ley que la sintetiza, todos son iguales y tienen los mismos derechos.

- Repudia la violencia como forma definitoria de conflictos y propone el diálogo y el consenso en su lugar, lo que, sin duda, acerca a modos democráticos en los que el ejercicio de las libertades individuales se convierte en verdadera contribución al bienestar general y a la vigencia indiscriminada de los derechos humanos en pos de mayores niveles de igualdad social, requisito indispensable para el proyecto democrático.

- Reconoce que la simbiosis entre comunidad y reconocimiento de derechos individuales es paralela, al unísono, al mismo tiempo. Filosóficamente, no hay un momento previo en el que el individuo viva al margen de la comunidad y, al estar en ella, con ella y por ella, es que adquiere derechos que sólo tienen sentido en la misma.

- No concentra especial atención en la dimensión económica, suponiendo que ésta irá reflejando paulatinamente el incremento de la vigencia de los derechos humanos. El derecho a la propiedad privada, por ejemplo, tan caro al individualismo, no pierde este carácter al ser concebido a partir de la comunidad. Significa que no se cuestiona al capitalismo como tal, sino que se tiende a atenuar, gradual y democráticamente, sus consecuencias sociales, económicas y políticas, mediante la vigencia plena de los derechos humanos.

- Fusiona las libertades individuales con la responsabilidad social y viceversa. Figueroa dice:

“dentro de la comunidad, el hombre tiene una dimensión privada y una dimensión pública. La primera sustenta a la segunda, sin embargo, el hombre no puede quedarse anclado en la privada y convertirla en la única preocupación vital. Por esta razón es tan importante la participación en la vida política” (FIGUEROA, 2008: 48).

- Admite la necesidad del Estado como ejecutor de las decisiones provenientes de la comunidad democrática y plural. Desde este enfoque, se acercaría a la filosofía del socialismo democrático. Sin embargo, sabemos que en las expresiones históricas de ésta, el Estado asumió protagonismo decisivo, lo que no articula con una filosofía que requiere de un Estado que vele por igual a los derechos humanos de todos los miembros de la comunidad. Queda descartada, por tanto, la visión economicista de raigambre socialista apoyada en la socialización de los sistemas de producción y en el control estatal de los sectores económicos. Toda comunidad es indefectiblemente “Estado”, pues no puede existir con-vivencia sin algún tipo de normatividad que es el fundamento de la noción de Estado y también el sentido de la acción política, en la que los individuos en comunidad son los propietarios del poder político para asegurar, mediante el Estado democrático, la vigencia de sus derechos humanos.

- Sostiene que los derechos humanos consagran un espacio individual totalmente independiente del Estado desde donde se levanta un ámbito público de opinión y de comunicación que es la base de la democracia. Es un concepto desarrollado por Claude Lefort, quien añade: “Marx se equivoca al calificar a los derechos humanos de artilugios de la dominación burguesa y deja escapar con ello la capacidad emancipadora de la democracia moderna” (Cf. VIDAL BENEYTO, 2008).

- Defiende los valores de solidaridad, respeto a los derechos humanos, voluntad individual y comunitaria para el desarrollo integral de personas y países, destacando la importancia de la responsabilidad individual en la vida colectiva y viceversa. Comunicación y solidaridad son conceptos muy relacionados ya que, como manifiesta el Catecismo de la Iglesia Católica, la solidaridad es “una consecuencia de la auténtica y recta comunicación y de la libre circulación de ideas que promueven el conocimiento y respeto por los demás” (Cit. por PONTIFICIO CONSEJO, 1997).

- A la par del reconocimiento de derechos individuales (al pensamiento, a la expresión, a la opinión, a la asociación, etc.), reconoce también a los derechos sociales y culturales (de mujeres, homosexuales, minorías étnicas, movimientos ecologistas, etc.) que buscan el bienestar económico y social indispensable para el ejercicio real de las libertades políticas.

- Recupera la intersubjetividad de los actores y sus prácticas (Cf. Vidal Beneyto, - citando a Husserl- 2008: 123). Aunque sabemos que Jürgen Habermas no es promotor directo del socialismo liberal, sus propuestas por una revitalización de la democracia y la búsqueda de nuevos modos de aplicación de los principios socialistas, a partir de la intersubjetividad, conllevan el propósito de un encuentro entre libertad e igualdad cuya vigencia parece resultar mutuamente dependiente. Es por esto que Habermas invita a privilegiar el mundo de la comunicación humana y de la interacción ciudadana y a sustituir el ethos del trabajo, por la ética del diálogo” (Idem).

- Subraya que sólo la democracia es el sistema político que puede acoger y viabilizar estos principios filosóficos y doctrinarios. Así lo afirma Lipson: “sólo cuando la libertad y la igualdad no sean tomadas como ideas absolutas y separadas, sino como valores conjuntos en un mismo continuo, es que una democracia se puede regir efectivamente” (Cf. LIPSON, 1985: 59).

En resumen, la Filosofía Política del “Nosotros” sustituye al individuo solitario por el individuo indefectiblemente agrupado. El origen y el fin de la comunidad social y política somos “nosotros”, en igualdad de condiciones y con el goce de los mismos derechos. Por eso que este planteamiento no sustituye la noción del individuo, sino que la complementa en su dimensión comunitaria: el individuo en los demás, con los demás, por los demás y los demás en el individuo.

En tal extensión, la persona no pierde derechos, sólo que los instala donde efectivamente ellos tienen sentido, que es en la comunidad, en el grupo.

Esto deja en mayor claridad los límites del uso de derechos por parte del individuo, que no son otros sino aquellos derechos que los otros demandan para sí, en un sistema de autorregulación recíproca.

La función de la comunicación, reconocida como derecho fundamental, es sustancial para todo lo expuesto.

 

Bibliografía

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SAVATER, Fernando (2004) Ética para Amador. Madrid, Ed. Ariel.

VIDAL-BENEYTO, José (2008) “El Socialismo Liberal de Carlo Roselli a Jurgen Habermas” en El País. 10 de mayo de 2008, Madrid.

ZEGADA, María Teresa (2005) “Intolerancias” en Los Tiempos, 5 de marzo de 2005. Cochabamba, Bolivia.

 

En este número:

EL DERECHO A LA COMUNICACIÓN COMO DEBER ÉTICO Y POLÍTICO EN LA FILOSOFÍA POLÍTICA DEL “NOSOTROS”

Fernando Andrade Ruiz

 

EVA EXPULSADA DEL PARAÍSO: ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE LA EXCLUSIÓN DE LA MUJER EN LA CONSTRUCCIÓN DEL ORDEN PATRIARCAL

Mireya Sánchez Echevarría

 

LA SIGNIFICACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN DE LA NOCIÓN DESARROLLO Y POS DESARROLLO

Luis Camilo Kunstek Salinas

 

PERIODISMO MULTIMEDIA: EL DISEÑO MULTIMEDIAL EN EL PERIODISMO DIGITAL BOLIVIANO

Henry Anibal Angulo Serrano

 

USOS Y APROPIACIONES EN LA CONSTRUCCIÓN DE LA IMAGEN DE CHOLA EN LA CUMBIA HUAYÑO DE COCHABAMBA

Gabriela Alejandra Agreda Zambrana

 

LOS SENDEROS DE LA ORALIDAD Y LA ESCRITURA EN EL AYLLU SIKUYA

Víctor Hugo Mamani Yapura

 

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