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Revista Médica La Paz

versión On-line ISSN 1726-8958

Rev. Méd. La Paz vol.21 no.2 La Paz  2015

 

EDITORIAL

 

EL CÓDIGO DE ÉTICA EN MEDICINA

 

 

Dr. Oscar Vera Carrasco

Director de la "Revista Médica"

 

 


El Código de Ética en Medicina es el conjunto de disposiciones inspiradas en principios éticos universales, que regula la conducta médica en el ejercicio de su profesión y en su relación con la sociedad. Los códigos de ética son el resultado de una larga evolución histórica y doctrinal que ha durado más de dos mil años. Uno de los códigos médicos más antiguos fue el de las mil prescripciones de oro de Sun Szu-miao, redactadas en china en el siglo VI d.C. En occidente, los códigos sistemáticos de ética médica aparecieron durante el siglo XIX patrocinado por las asociaciones médicas, en el contexto de las luchas por el monopolio médico y el autocontrol profesional.

El primer código contemporáneo de ética fue promulgado por la Asociación Médica de Boston en 1.808. Pero el código más famoso fue el que elaboró en 1.847 la recién fundada Asociación Médica Americana. La Asociación Médica Mundial también propuso en 1.949 un Código Internacional de ética médica. América latina no ha sido ajena a la apropiación de este código, ya que se han implementado muchos códigos de ética y deontología médicas, los mismos que están vigentes en nuestro país en su última versión luego de su aprobación mediante Resolución No. 0622 de 25 de julio de 2008 por el Ministerio de Salud.

Los códigos de ética han ofrecido garantías a la sociedad; han reforzado la medicina científica; han suavizado los conflictos entre los profesionales médicos y han fomentado sus legítimos intereses. Han servido de ennoblecerla y motivarla éticamente. Definieron al auténtico profesional de la medicina y lo diferenciaron de los impostores y charlatanes. Propagaron la noble imagen del médico virtuoso consagrado a su profesión, compasivo y humano. Estos códigos también sirvieron para afianzar los llamados principios de beneficiencia y no maleficiencia.

El código adoptado por la 3ªAsamblea General de la Asociación Médica Mundial (AMM), en Londres-Inglaterra, octubre 1949 y, enmendado por la 22ª Asamblea Médica Mundial Sydney, Australia, agosto 1968 y la 35ª Asamblea Médica Mundial Venecia, Italia, octubre 1983 y la Asamblea General de la AMM, Pilanesberg, Sudáfrica, octubre 2006, es el siguiente:

Deberes de los médicos en general

• EL MÉDICO siempre DEBE, aplicar su opinión profesional independiente y mantener el más alto nivel de conducta profesional.

• EL MÉDICO DEBE, respetar el derecho del paciente competente a aceptar o rechazar un tratamiento.

• EL MÉDICO NO DEBE, permitir que su opinión sea influenciada por beneficio personal o discriminación injusta.

• EL MÉDICO DEBE, dedicarse a proporcionar un servicio médico competente, con plena independencia profesional y moral, con compasión y respeto por la dignidad humana.

• EL MÉDICO DEBE, tratar con honestidad a pacientes y colegas, e informar a las autoridades apropiadas sobre los médicos que practiquen en forma antiética e incompetente o a los que incurran en fraude o engaño.

• EL MÉDICO NO DEBE, recibir ningún beneficio financiero ni otros incentivos sólo por derivar pacientes o prescribir productos específicos.

• EL MÉDICO DEBE, respetar los derechos y preferencias del paciente, de los colegas y de otros profesionales de la salud.

• EL MÉDICO DEBE, reconocer su importante función en la educación de la opinión pública, pero debe obrar con la debida cautela al divulgar descubrimientos o nuevas técnicas, o tratamientos a través de canales no profesionales.

• EL MEDICO DEBE certificar sólo lo que ha verificado personalmente.

• EL MÉDICO DEBE, esforzarse por utilizar los recursos de salud de la mejor manera para beneficio de los pacientes y su comunidad.

• EL MÉDICO DEBE, buscar atención y cuidados apropiadas si sufre una enfermedad mental o física.

• EL MÉDICO DEBE, respetar los códigos de ética locales y nacionales.

Deberes de los médicos hacia los pacientes

• EL MÉDICO DEBE, recordar siempre la obligación de respetar la vida humana.

• EL MÉDICO DEBE, considerar lo mejor para el paciente cuando preste atención médica.

• EL MÉDICO DEBE, a sus pacientes toda su lealtad y todos los recursos científicos disponibles para ellos. Cuando un examen o tratamiento sobrepase su capacidad, el médico debe consultar o derivar a otro médico calificado en la materia.

• EL MÉDICO DEBE, respetar el derecho del paciente a la confidencialidad. Es ético revelar información confidencial cuando el paciente otorga su consentimiento o cuando existe una amenaza real e inminente de daño para el paciente u otros y esta amenaza sólo puede eliminarse con la violación del secreto.

• EL MÉDICO DEBE, prestar atención de urgencia como deber humanitario, a menos que esté seguro que otros médicos pueden y quieren prestar dicha atención.

• EL MÉDICO DEBE, en situaciones cuando represente a terceros, asegurarse que el paciente conozca cabalmente dicha situación.

• EL MÉDICO NO DEBE, tener relaciones sexuales con sus pacientes actuales, ni ninguna otra relación abusiva o de explotación

Deberes de los médicos hacia los colegas

• EL MÉDICO DEBE, comportarse hacia sus colegas como él desearía que ellos se comportasen con él.

• EL MÉDICO NO DEBE, dañar la relación médico-paciente de los colegas a fin de atraer pacientes.

• EL MÉDICO DEBE, cuando sea médicamente necesario, comunicarse con los colegas que atienden al mismo paciente. Esta comunicación debe respetar la confidencialidad del paciente y limitarse a la información necesaria.

REFERENCIAS

1. Ética y deontología médicas. Cap. 9. En: Sanchez Gonzales MA. Bioética en ciencias de la salud. Barcelona-España. Elsevier Masson 2013, pag. 133-46

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5. Durante Montiel I, Sánchez-Rivera G. La ética en el área de la salud. En: González JA, Nava-Chapa G, Esquivel-Soto J, Díaz-Pérez LE. Principios de ética, bioética y conocimiento del hombre. 1ra. Edición. Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, 2011.        [ Links ]

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10. Colegio Médico de Bolivia. Código de Ética y Deontología Médica. En: Estatuto Orgánico y Reglamentos del Colegio Médico de Bolivia. 2008.

 

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