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Temas Sociales

versión impresa ISSN 0040-2915versión On-line ISSN 2413-5720

Temas Sociales  no.19 La Paz  1997

 

ENSAYOS

CARCELES Y ENCARCELADOS

 

 

Por: Lic. Antonio Edgar Moreno Valdivia

 

 


A: Christian, Mayra y Kevin

"...Lamentablemente, en América Latina, el Estado olvida que los prisioneros con excepción de la libertad ambulatoria, gozan de los mismos derechos que el resto de la población..."

Zaffaroni.

A manera de Introducción

El presente artículo es obra y producto de las constantes visitas que realicé, como Coordinador Docente de la Facultad de Ciencias Sociales, en particular de la Carrera de Sociología, a los diferentes centros penitenciarios de nuestra ciudad. A riesgo de una excesiva simplificación en aras de la objetividad, en él se enfoca un análisis crítico y sistemático de los diferentes problemas que aquejan a la realidad penitenciaria y a los hombres que hoy se encuentran privados de su libertad en cumplimiento de condenas impuestas por nuestro Código Penal.

Hace algunos años atrás, se sabía y se sentía que el país contaba con los más bajos índices de delincuencia en América Latina1• Hoy en día, debido a la crisis económica, el crecimiento demográfico, el éxodo rural, la desocupación, la miseria, el hambre y la aparición de nuevas formas de delito como la proliferación de la demanda y producción de narcóticos, principalmente cocaína, se han incrementado considerablemente los actos delictivos que tienen una directa relación con el persistente crecimiento del número de arrestados en las cárceles públicas del país.

En base a las estadísticas de la policía, es válido sostener que la población penal del país en los últimos años se ha triplicado y la delincuencia continúa y aumenta cotidianamente. Pese a ello, los reclusos y la realidad carcelaria, en el contexto de las preocupaciones del. Estado y la sociedad, no siempre han merecido una ad~cuada atención en torno a sus problemas, necesidades y perspectivas.

A partir de esta constatación y consciente, por un lado, de que la realidad carcelaria es bastante compleja y se presta a juicios valorativos diferentes y contradictorios y, por otro lado, ante el espectáculo deprimente y las numerosas interrogantes que surgen cada vez que visito y recorro un centro penitenciario, nace la presente investigación que tiene como propósito fundamental, a través de una perspectiva sociológica presentar a Ud., estimado lector, un panorama sintético de la actual situación de las cárceles, que lejos de la fábula que las presenta como antros de delincuentes dados a la violencia y a la brutalidad, están abarrotadas de seres humanos prácticamente marginados y olvidados por todos; paradójicamente hasta por la propia justicia.

Por ello, considero que no es casual la plegaria estampada en el muro de la capilla del penal de San Pedro que dice: estuve en la cárcel y no me visitasteis (Mateo 25, 43)

Antecedentes históricos

El respeto a la ley, de normas y el cumplimiento de las sanciones establecidas, se ha presentado en todas las épocas y los países con antecedentes históricos muy remotos.

Remitiéndonos a las tierras en las cuales hoy está asentada la República de Bolivia, manifestar que nuestros antecesores más inmediatos los aymaras y los quechuas, que alcanzaron un alto grado de civilización, se organizaron bajo las más estrictas leyes de moral, honradez y trabajo.

Es evidente, en tal sentido, que el saludo cotidiano de los incas el: ama sua, ama llulla y ama quella, que significa no robes, no mientas, no seas flojo (Sánchez, 1978) revela su espíritu de respeto, sometimiento y obediencia a las normas establecidas.

Según Felipe Guamán Poma de Ayala (1944), los aspectos relativos a la moral, la autoridad y las antiguas costumbres reportaban una serie de reglas, normas y leyes para castigar a los individuos que infringían ciertas determinaciones y debían purgar sus penas en establecimientos lúgubres y especiales.

Al respecto, las crónicas de Guamán Poma, informan que las penalidades y castigos determinados por el Inca y su Consejo Real, revestían caracteres muy severos "en una bóveda oscura preparada debajo de las tierras, criaban culebras y serpientes ponzoñosas y otras alimañas; metían ratas grandes y pequeñas para que mordiesen y comiesen en vivo a los condenados; y si después de dos días de encierro eran sacados con vida, el Inca les concedía la libertad y perdonándolos les devolvía la honra".

Merced a la conquista y la organización de la Colonia F.spañola, las funciones policiarias estuvieron destinadas fundamentalmente, por un lado, a proteger la vida y la propiedad privada de los conquistadores y, por otro lado, a controlar los trajines sediciosos que durante la denominada guerra de la independencia alcanzaron mayor efervescencia y se manifestaron en numerosos levantamientos, rebeliones, pronunciamientos, escaramuzas y batallas.

En esta etapa de lucha emancipadora, intervienen las fuerzas realistas en función de policía con la finalidad de desbaratar los constantes ajetreos revolucionarios, sobre la base de medidas que prevenían los delitos y las sanciones a los perturabadores del orden público. En términos disciplinarios, la autoridad realista adoptó medidas muy drásticas y violentas desterró, arrestó, condenó a confinamiento y trabajos forzados a unos y colgó a muchos otros (Malina, 1976).

Extinguida la dominación colonial, el 6 de agosto de 1825 nace la República de Bolívar que después sería modificada a Bolivia que después sería modificada a Bolivia y casi un año después se establece la partida de nacimiento de la Policía Nacional en conformidad a la "Ley Reglamentaria de 24 de junio de 1826" que en su Capítulo Primero, Artículo Décimo señala: Perseguirán y prenderán a los inquietos, ladrones y escandalosos que perviertan las costumbres y turben el orden.

Más adelante en el Artículo Diez y ocho puntualiza: Corregirá con las penas impuestas por las leyes, los robos, injurias y faltas livianas, y demás delitos públicos, por los que no se puede formar causa.

Meses más tarde, mediante Orden Suprema de 24 de septiembre de 1826 se instruyó a los Intendentes de Policía y a los Gobernadores a que den ocupación a los presos, sin atormentarlos, dentro de las mismas cárceles o fuera de las para que ganen lo suficiente para subsistir, sin necesidad de gravar al Estado o a la beneficiencia.

Como quiera que en las cárceles de esta época no existía ningún procedimiento de observación y clasificación de los reos, lo que ocasionaba excesos y enfrentamientos, por R.S. de 29 de enero de 1830, se estableció que la cárcel de deudores sea separada y distinta de la de delincuentes ya que no era justo que las mujeres en especial, se mezclen por motivo de deuda con los malhechores, en un mismo sitio y se declara que mientras se establece una cárcel privativa para los deudores, los hombres deben ser recluidos en los cuarteles de gendarmes y las mujeres en caso de hospicio.

A eso se suma que la policía debía sufragar un real diario para el sostén de cada preso, todos los años, un traje para cada uno de los rematados, del color y la forma prescritos por la ley; disposiciones contempladas en el D. S. de 20 de abril de 1830.

En este mismo año, mediante Resolución de 30 de marzo se instruye a los Gobernadores hacer refaccionar las cárceles de sus provincias y constituirlas donde no las haya. Esta orden está ratifica por los artículos 42 y 69 de la Ley de 28 de septiembre de 1831 (Aguirre, 1989).

Lo curioso, en relación al sistema carcelario del país, es que tuvo que transcurrir bastante tiempo para que el Estado expidiera una Ley Reglamentaria, que disponga leyes, normas y reglamentos precisos en relación al estado de las cárceles y la población penal. Esta norma legal que regula y reglamenta el sistema penitenciario fue creada por DS de 16 de junio de 1897, durante el gobierno del presidente Dr. Severo Fernández Alonso, la misma que por obedecer a una reglamentación anárquica y con disposiciones dispersas y anacrónicas fue reestructurada 76 años más tarde, en función de las nuevas teorías penales y de la penalogía moderna2•

En realidad, las bases teóricas y financieras de la reestructuración del sistema carcelario del país, surgen en la administración del Gral. Juan José Torrez, que mediante D.S. No. 09789 de 25 de noviembre de 1970, establece el Instituto de Investigaciones Penitenciarias como organismo encargado de estudiar los problemas penitenciarios y penalógicos del país.

Más adelante, bajo la administración del Cnl. Hugo Banzer Suárez, mediante D. S. Na 10643 de 15 de diciembre de 1972, se crea la Comisión Redactora de la Ley de Régimen Penitenciario y casi un año después con el dictamen favorable del Consejo Nacional Político y Social se promulga las nuevas disposiciones legales sobre la materia.

Según esta norma legal en vigencia toda la actividad policial en los centros de reclusión y presidio está a cargo del Ministerio Público y del Ministerio del Interior, Migración, Justicia y Defensa Civil, hoy denominado simplemente como Ministerio de Gobierno.

En una de sus disposiciones más importante, establece que no se puede incomunicar sin causal a los reos, los mismos que deben gozar de amplias libertades de trato y palabra, excepto cuando existan faltas graves y contravenciones al reglamento interno. Más adelante puntualiza, que para no desvincular al reo con el mundo exterior se le permitirá la visita periódica de parientes, familiares y demás personas conocidas, previo control respectivo de la policía.

En la actualidad, a pesar de que Bolivia cuenta con la Ley de Ejecución de Penas y Sistema Penitenciario, promulgado por Decreto Ley Ns 11080 de 19 de septiembre de 1973, cuyo contenido es considerado como uno de los más modernos y progresistas de la legislación latinoamericana, es fácil percibir situaciones donde existe un completo divorcio entre la legislación y la realidad cotidiana vigente en los establecimientos penales.

Esto significa que, por lo general, los instrumentos jurídicos de avanzada, en nuestros países poco desarrollados, denotan una serie de discrepancias entre lo regulado por sus normas y valores que intentan proteger y los valores y hechos que en realidad se dan en la conducta de grupos y personas a las cuales va dirigido el orden legislado (Arriaza, 1989).

Para confirmar estas apreciaciones, no se requiere ser un especialista en la materia; sólo basta y es suficiente la visita y el recorrido de cualquier penal boliviano.

El Panóptico Nacional

Según Malina (1976), a principios de 1885 se determinó la construcción del Panóptico Nacional, con los adelantos más modernos del sistema penitenciario de la época.

Para tal efecto se contrató los servicios del Ingeniero Eduardo ldiáquez par que dirigiera y ejecutar la construcción de la penitenciaría, cuyo edificio se encuentra en la populosa y tradicional zona de San Pedro de nuestra ciudad.

En relación a su construcción manifestar que el tratamiento en las cárceles y su administración responde al sistema que se adopte, el que se eligió para la edificación de la cárcel de San Pedro, es el sistema "Panóptico" y su principal característica deviene de su raíz etimológica porque proviene de las voces; "pan" que significa todos y de "optikon" que expresa visión total.

Este estilo arquitectónico penitenciario facilita la visión y la vigilancia de todas las celdas con pocos guardias, utilizando un sistema central de vigilancia constituido generalmente por una torre y alrededor de ella las celdas.

Sin embargo, subrayar que este sistema se ha visto desvirtuado porque en la parte central del penal de San Pedro en lugar de construirse el sistema de vigilancia se ha edificado una capilla (Gutiérres, 1990).

Concluída su construcción, el Presidente Eliodoro Villazón mediante D.S. de 20 de febrero de 191O, reglamentó su funcionamiento y se le reconoció carácter nacional bajo la superintendencia de la Prefectura del Departamento.

En esta época, la población penal se hallaba sometida a la disciplina de un Reglamento Interno; los menores de edad, contra los que se había dictado sentencia, se encontraban en el Pabellón Correccional de Menores que funcionaba separadamente y como anexo de la penitenciaría. En este recinto de reclusión recibían lecciones de materias elementales y aprendían diversos oficios que les servirían para su rehabilitación y posterior readaptación social.

La penitenciaría para adultos estaba dividida en dos secciones principales, una destinada a los apremiados, detenidos y acusados y la otra, albergaba a los condenados a reclusión o prisión; disponiéndose de talleres y de la enseñanza de artes y oficios.

Según la información documental y los testimonios de la época, se sostiene que el Panóptico Nacional, era motivo de orgullo para el país pues contaba con los más modernos procedimientos carcelarios de la época en que fue construido.

Paradójicamente, hoy por hoy, esta tétrica estructura contradice las finalidades del Régimen Penitenciario moderno pues no cumple con normas de seguridad ni elementales condiciones de habitabilidad e higiE;me y, principalmente, no se aplican teorías y métodos nuevo~ para la rehabilitación, más aún, no se observa una labor de seguimiento y/o asistencia social, post-penitenciaria que posibilite una efectiva readaptación social de los reos que recuperan su libertad.

El Penal de San Pedro hoy

Desde la fecha de inicio de su edificación han transcurrido más de cien años, durante los cuales se ha incrementado considerablemente la población penal. Inicialmente construido para albergara no más de 200 reclusos y, cuando estamos próximos a finalizar el siglo XX, su estructura física a sobrepasado toda su capacidad. En efecto, según datos estadísticos de la Subsecretaría de Régimen Penitenciario, en este reclusorio se hallan más de 1.400 reos. Esta información se complementa con la información consignada en el Cuadro Nº1, que se refiere al total de la población penal del país.

De la información del cuadro anterior se desprende que el penal de San Pedro, al acoger a más del 30% de la población penal del país, constituye la cárcel más grande de Bolivia y refleja una peligrosa y dramática realidad que se ha convertido en común denominador de la mayoría de los centros penales del país.

En el caso del penal de San Pedro, se destaca el deterioro general de su infraestructura física; instalaciones inadecuadas y sin el mantenimiento apropiado, estropeadas como las vidas que albergan. En líneas generales, su fachada exterior revela el descuido estatal y su interior es, por supuesto, mucho más deprimente y lamentable.

En San Pedro se encuentran todos los males del régimen penitenciario nacional: hacinamiento, desnutrición, promiscuidad sexual, alcoholismo, drogadicción, inseguridad personal, violencia y muerte. Por si ello fuera poco, se advierte la ausencia de un personal penitenciario calificado y de un proceso efectivo de rehabilitación y readaptación social del recluso.

Los reos están alojados en once diferentes secciones, conocidas como: Los Pinos, Los Alamos, Prefectura, Guanay, San Martín, La Cancha, El Palmar, La Posta, Chonchocorito, Muralla Grande y Muralla Chica, es fácil percibir en estas secciones un sistema de estratificación social que establece una categorización de los reclusos en función de variables tales como el ingreso, ocupación, instrucción, raza y el contexto familiar.

Esta diferenciación social, se traduce en la existencia de algunas celdas individuales provistas de televisión, radio, lecho cómodo, víveres, utensilios y otras comodidades domésticas. En contraste, la mayoría de las celdas presentan un pésimo estado de su infraestructura física que se traduce en paredes sin pintar, descascaradas, mugrientas y sin ningún tipo de comodidades lo que confirma la condición humilde de sus moradores.

Con el propósito de ilustrar esta desigualdad social y económica carcelaria, manifestar que, por ejemplo, los detenidos de La Posta han realizado mejoras con sus "propios recursos" en su sección, invirtiendo alrededor de 140.000 dólares en la construcción de celdas, una cancha polifuncional con graderías e iluminación, baños con duchas, una biblioteca y su sala de lectura, talleres, lavanderías, kioscos, pensiones y otros arreglos en las instalaciones sanitarias y eléctricas, convirtiéndose de esta manera en propietarios de espacios que tienen en este recinto penitenciario.

Con todo ello, a pesar de dichas mejoras, la mayoría de las secciones presenta un aspecto de abandono, de deterioro, de ruina y de pobreza. Situación bastante crítica qt,Je se explica porque la composición social de la población reclusa está integrada en su mayoría por campesinos, proletarios, obreros y marginales que reflejan miseria y pobreza.

Al respecto, el penalista y especialista en criminología Huascar Cajías (1993), señala que según las estadísticas penitenciarias, no hay en la cárcel un solo industrial o gran comerciante que haya cometido el delito de quiebra, no hay jueces precaricadores, ni médicos negligentes o aborteros, ni ingenieros que engañan en la calidad de sus obras, sólo de vez en cuando aparece un profesional condenado por delitos cometidos y lo usual es que no se quede mucho tiempo recluido.

A pesar de esta situación, subrayar que muchas de las personas encardeladas están recluidas sin sentencia. A propósito, el propio Ministro de Justicia René Blattmann Bauer manifestó que en las cárceles de Bolivia, la mayoría de los presos se encuentran en calidad de detenidos preventivos o formales, desnaturalizando el principio constitucional de que no puede existir pena alguna sin que antes se haya determinado la culpabilidad, mediante sentencia ejecutoriada (EL DIARIO 24.9.95).

Asimismo, un Documento del Departamento de Estado de los Estados Unidos (1994), puntualiza que alrededor del 80 por ciento de la población carcelaria está conformada por reos procesados pero que no cuentan con sentencias y sólo un 20 por ciento de los reclusos han sido juzgados y sentenciados a penas de presidio y prisión. Lo que significa que este penal alberga en su mayoría a personas jurídicamente inocentes, se trata pues de los condenados a vivir sin condena.

Lo anterior sugiere con claridad que el hacinamiento es resultado del elevado número de procesados. A partir de esta constatación se observan numerosas celdas con más del 500 por ciento de hacinamiento que en términos cuantitativos significa que más de cinco presos ocupan una celda destinada solamente para uno. No olvidemos que el hacinamiento en que viven los reclusos provoca enfermedades contagios y promiscuidad que obviamente afectan la salud y el equilibrio emocional del recluso.

Otro aspecto que representa el vivo testimonio de la violación de los Derechos Humanos_ en los penales, se refiere a la desesperante situación de ancianos y jóvenes reclusos. Según las modernas teorías del régimen penitenciario y la penalogía, los ancianos mayores de 60 años deben ser liberados y los menores de edad conducidos a centros de rehabilitación apropiados.

En la práctica sucede todo lo contrario son muchos ya los ancianos que han encontrado la muerte en la cárcel, debido principalmente a su edad y las enfermedades. Por otro lado, los más de 250 menores de edad detenidos en San Pedro constantemente denuncian una serie de abusos morales, materiales y psicológicos, cometidos en su contra por parte de los reclusos adultos.

Por otro lado, la auséncia de un método científico de observación y clasificación de reos provoca notas disonantes en los penales, pues ubica a los reclusos que han cometido un delito de menor cuantía conjuntamente los delincuentes más avezados.

Situación que genera que el rigor punitivo pueda convertir a un tímido en un ser amargado, resentido y antisocial capaz ya de conjugar los verbos clásicos del penitenciarismo mundial: ociar, drogar, violar y matar (Gómez, 1989).

En efecto, la evidencia empírica ha demostrado que encarcelar por un determinado tiempo al autor de un delito menor, haciéndole perder su trabajo y acaso también su familia, equivale, en la mayoría de las veces, a dar el punto de partida a una carrera de delitos que en delante puede cometer una persona débil y decente que por un infortunio de la vida ha infringido la ley.

San Pedro de Chonchocoro

En décadas pasadas en la comarca de Chonchocoro se encontraba un vetusto, ófrico y desgraciado inmueble que utilizado como lugar de destierro y confinamiento hizo gemir a muchos políticos contrarios a los regímenes imperantes.

En efecto, la inestabilidad política y las constantes pugnas políticas que caracterizaron al país desde su nacimiento, han provocado que lugares inhóspitos y alejados como Chonchororo, al igual que la Isla de Coati, Corocoro, Curahuara de Carangas y otras zonas tropicales, sirvan para acoger a numerosos detenidos, confinados y exiliados políticos en distintas épocas y gobiernos.

Bajo estas circunstancias, la Dirección General de la Policía Nacional, consideró que era necesario dar solución al problema de la penitenciaría de la ciudad de La Pa.z, pues este recinto carcelario resultaba ya insuficiente para el elevado número de reos de la justicia ordinaria y presos políticos que albergaba. Por esta razón, y con el propósito de solucionar el problema del hacinamiento y la seguridad, estimó conveniente construir en la comunidad de San Pedro de Chonchocoro, un nuevo centro penitenciario que contara con los más modernos sistemas de seguridad y de rehabilitación.

Luego de varios años de espera y sin concluir la segunda fase de su construcción, la cárcel de máxima seguridad de San Pedro de Chonchocoro fue inaugurada el 27 de febrero de 1992. Lo que significó que a partir de esta fecha empezaban a trasladarse a Chonchocoro reos procedentes de otras penitenciarías del país.

La cárcel de máxima seguridad de San Pedro de Chonchocoro está localizada, en la provincia de lngavi, al noroeste de la ciudad de La Paz, aproximadamente a unos 35 kilómetros. Esta sólida edificación construída sobre la meseta altiplánica y una altura de 4.000 metros sobre el nivel del mar, contrasta con la belleza cordillerana y dispone de modernas instalaciones, un manejo adecuado de los recursos y un personal de seguridad calificado en la custodia y el control de los reos.

En efecto, en su superficie de más de 1.000 metros cuadrados se encuentran instalados amplios campos deportivos, cómodas celdas con baños individuales, una capilla, talleres, baños, duchas, comedores y pensiones.

Como otra situación favorable se observa, al margen del personal civil y policial del penal, la presencia de un médico, un psiquiatra, un psicólogo, un trabajador social y la visita cotidiana de religiosos y otros profesionales, inmersos en el proceso de rehabilitación de los reos.

Sin embargo, y puede resultar paradógico, hoy constituye un dato innegable el hecho de que en la actualidad Chonchocoro exhibe realidades múltiples, perniciosas y cada vez más contradictorias, lo que ha ocasionado el constante malestar, la indisciplina y algunas acciones violentas de los reclusos, como por ejemplo, el amotinamiento, la toma de rehenes y el posterior incendio de algunas de sus instalaciones en abril de 1993.

Su capacidad es de sólo 300 personas y en la actualidad alberga a 259 reclusos, los mismos que se hallan instalados en 3 pabellones que se dividen en 5 bloques. Lo que significa que a la fecha su población penal no sobrepasa la normal capacidad para la cual fue construida.

Empero, existen suficientes indicios para afirmar que en un futuro no muy lejano, el problema del hacinamiento también afecta a Chanchocoro

Sobre este último punto, sólo basta la información documental y la evidencia empírica para dar una idea de lo que pretendemos decir. A la fecha en el penal de San Pedro ya no existe ningún espacio físico suficiente y disponible para acoger a más internos, como tampoco existe la posibilidad de ampliar sus dependencias y construir nuevas celdas. Ante tal situación, la única solución humanamente posible de las autoridades penitenciarias es recurrir al traslado de algunos internos a Chonchocoro.

Ante esta realidad de por sí preocupante se agrega el hecho de que, ante la amenaza de los Estados Unidos de descertificar a Bolivia en la lucha contra el narcotráfico, la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) logró alcanzar uno de los mayores récords de los últimos años en la realización de operativos antidroga/día. Según cálculos oficiales, más que en años anteriores, se realizan como promedio 18 operativos por día, lo que representa que son siete los detenidos por día y casi todos ellos son remitidos al Ministerio Público (La Razón, 5.4.95). Cifras verdaderamente muy altas que nos dan una idea de la magnitud del fenómeno narco delincuencia! y que también demuestran el incremento paulatino del número de personas detenidas, las mismas que, tendrán como lugar de reclusión el penal de Chonchocoro.

En el orden de observación, clasificación, ubicación corporal, trato y permanencia de los reclusos de Chonchocoro, obedece a un sistema que es resultado de una Resolución Oficial en la cual se expresa que este penal será utilizado para albergar a reclusos considerados de "alto riesgo" y, en particular, para la reclusión de los individuos condenados bajo la controvertida Ley 1.008 (Régimen especial de la coca y sustancias controladas).

Al respecto, sólo con fines ilustrativos, se presenta el número de reclusos del penal de Chonchocoro según el tipo de delito por el cual se encuentran reluidos (Cuadro Nº2).

Si penetramos un poco en el terreno de las cifras y utilizando las estadísticas del Ministerio de Gobierno, manifestar que a nivel nacional la mayor proporción de reclusos por narcotráfico se encuentra en el penal de Chonchocoro, donde el 80 por ciento de los reos son presuntos narcotraficantes y/o acusados de delitos de narcotráfico.

Como información complementaria, manifestar que en este penal existe u'na mayor incidencia de delitos con violencia, lo que justifica su denominativo de "máxima seguridad". Por otro lado, puntualizar que la inmensa mayoría de la población reclusa en Chonchocoro está integrada por personas que pertenecen a sectores sociales que presentan un determinado prestigio y un status socioeconómico elevado. En líneas generales, manifestar que la composición social presente en este penal predoninantemente pertenece a la clase "media-alta". Así, por ejemplo, se encuentran detenidos militares de alta jerarquía, profesionales, intelectuales, universitarios y los llamados "peces gordos" del narcotráfico.

No existen muchos detenidos políticos, pero si se observa la presencia de numerosos jóvenes universitarios los mismos que se encuentran recluidos por su participación activa en movimientos que se conciben a sí mismos como una forma de contraviolencia, dirigida contra la fuerza represiva de un sistema aparentemente aborrecible (Mansilla 1990).

Lo anteriormente mencionado confirma el hecho sociológico de que la conducta delictiva no se manifiesta de igual manera en los distintos sectores sociales y que variará de acuerdo a la posición social, los factores étnicos, el tipo de trabajo u ocupación y otras variables sociales.

Con todo ello, al igual que en todos los reclusorios del país, en Chonchocoro la mayoría de las personas encarceladas no tienen una sentencia ejecutoriada. Por ello, es válido sostener que el principio de presunción de inocencia no tiene vigencia en el país, debido a que miles de reos son detenidos en forma preventiva durante, días, semanas, meses y hasta años, antes de que un tribunal se pronuncie sobre su caso.

En este centro de reclusión, las quejas de los internos son también, con ligeras variantes, casi las mismas: no existe una asistencia jurídica y de servicio social efectiva, beneficio de "extra-muro", retardación de justicia y, sobre todo, no se benefician y participan de un tratamiento penitenciario reeducativo. La conclusión que se desprende de lo anterior es lamentable y sencilla: en Chonchocoro también se violan constantemente los derechos humanos y constitucionales.

A partir de esta dramática constatación, afirmar que los reclusos de este penal que se hallan sometidos a un régimen penitenciario inoperante, burocrático, deshumanizado y sin ningún tipo de tratamiento de rehabilitación. Es innegable, en este sentido, que los reos cuando cumplan sus condenas tendrán serias dificultades para incorporarse a la vida ciudadana, situación que sin lugar a dudas los desalentará y amargará más aún.

No creo que se logre mucho metiendo entre rejas a las personas sin desarrollar mecanismos efectivos de regeneración y rehabilitación. Al respecto, existe el criterio generalizado en la mayoría de los reos que la única y la mejor manera de cambiar el actual funcionamiento del sistema de administrción de justicia que provoca recelo, desconfianza, rechazo y temor, es a partir de la puesta en práctica de lo que en teoría proclama la Ley de Ejecución de Penas y Sistemas Penitenciario: el objetivo de la encarcelación no es el castigo sino la rehabilitación del recluso.

Bien lo ha manifestado un recluso "no se pretende defender las fallas y errores cometidos por las personas encarceladas, pero sí de defender el derecho que tienen todos a enmendar sus actitudes equivocadas ante la sociedad a través de la rehabilitación" (Pinto, 1995).

Guerrilleros, insurgentes, terroristas...

Como lo puntualiza Barrera (1988), la socieqad en nuestros días es compleja; y su parte más importante la juventud, tiende a desbordarse haciendo de lado viejas estructuras y quieren cambiarlo todo, asumiendo actitudes de rebelión, protesta y de oposición.

De estas actitudes, y bajo la influencia de la sombra del "Che" Guevara y el Ejército de Liberación Nacional (E.L.N.), a finales de los 80 y principios de los años 90, surgieron en el país tres grupos subversivos que con acciones de violencia y muertes sangrientas conmocionaron a la sociedad en su conjunto.

El grupo insurgente autodenominado Fuerzas Armadas de Liberación Zárate Willca (FAL-ZW) fue el primero en aparecer en 1988, cuya maniobra principal, que sacudió a la opinión pública, fue el asesinato en la zona del Cementerio de dos misioneros mormones norteamericanos.

En 1990, bajo el lema "Bolivia digna y soberana", aparece la Comisión Nestor Paz Zamora (C.N.P.Z.) y la serie de acciones irregulares que desarrollaron culminaron trágicamente con el secuestro y posterior asesinato del empresario Jorge Lonsdale en la zona de San Pedro.

Poco tiempo después, entra en acción otro grupo irregular que habría planteado su ideología, que es una simbiosis del indigenismo y del marxismo, varios años atrás. Este grupo, se caracterizó por desarrollar acciones espectaculares pero menos sangrientas y fue desarticulado antes de llevar adelante su "plan de guerra global".

No es el propósito entrar en el análisis del porqué de estos grupos, ni de los factores económicos, sociales, culturales y políticos que se conjugaron para dar lugar a su emergencia. Lo que simplemente se busca es recordar que al interior de estos grupos de jóvenes idealistas, que tomaron el camino de la lucha armada para establecer una sociedad más justa y viable, más humana e igualitaria, se encontraban varios estudiantes de la Carrera de Sociología quienes en la actualidad se encuentran detenidos en diferentes centros penitenciarios.

En el Centro de Orientación Femenina de Obrajes se encuentran detenidas sin sentencia ejecutoriada la Lic. Silvia Alarcón docente de la Carrera de Sociología y la universitaria Mercedes Nava Morales. La primera supuesta cabecilla del EGTK y la segunda detenida del CNPZ.

En el penal de San Pedro de nuestra ciudad también se encuentra detenido y sin condena, el sociólogo Juan Carlos Pinto Quitanilla miembro del EGTK.

Asimismo, como resultado de las operaciones antiterroristas, se encuentran recluidos en Chonchocoro los compañeros Jhonny Peralta Encinas, juzgado y sentenciado a 30 años de prisión: Constantino Yujra Loza, condenado a nueve años de presidio y Félix Encinas Laguna sentenciado a ocho años de cárcel, todos ellos miembros de las FAL-ZW.

Los detenidos del CNPZ son los universitarios Sebastián Acasigue y Carlos Pacajes Soliz, ambos recluidos desde 1990 sin sentencia ejecutoriada.

Raúl García Linera militante de base del EGTK detenido, junto a su esposa Silvia de Alarcón, desde el 9 de marzo de 1992 es otro de los condenados sin condena.

Independientemente de la coyuntura, su ideología, estrategia y los denominativos que los califican como "rebeldes", "alzados", "guerrilleros", "terroristas", "idealistas", "subversivos" "insurgentes" su decisión de tomar las armas tuvo la intención de cambiar un sistema social que encarna la injusticia social, la discriminación, la marginalidad y la explotación.

Para concluir este punto, que requiere de un análisis muy particular, manifestar que resulta innegable que su lucha, considerada por ellos como una reacción adecuada a la violencia estructural e institucional, ha generado una serie de controversias pues sus acciones, demandas, ofertas, fines, discursos, prácticas y formas de lucha política han provocado en los diferentes sectores de la población, sentimientos de comportamientos que van desde la adhesión y fascinación hasta la antipatía y el rechazo.

Reflexiones finales

Los problemas descritos en el presente artículo, se hallan interre-lacionados a otros menos cruentos y sus consecuencias inmediatas constituyen en suma las condiciones infrahumanas de sobrevivencia del recluido.

Es bastante lamentable constatar como las condiciones de vida del reo se deterioran cada día más y, paradójicamente, se tornan más dramáticas por factores externos. En efecto, una administración de justicia burocratizada, ineficaz, represiva y plagada de formalismos que la alejan de la realidad, han prqvocado un sistema carcelario cada vez menos controlado, deshumanizado y empobrecido. Ante tal situación no es casual que hoy, los centros carcelarios y los sistemas jurídico-sociales, tengan un a bien ganada imagen negativa.

Existe el criterio generalizado, que el principal problema de los reclusos se refiere a la retardación de justicia, que tiene su cuello de botella en la Corte Suprema de Justicia donde los expedientes enviados para su revisión duermen el sueño de los justos; lastimosamente la mayoría de dichos expedientes pertenecen a reclusos que ya han cumplido su condena. De esta manera muchos internos permanecen más tiempo en prisión que la sentencia máxima por su delito de que han sido acusados.

Lo último no debe sino sorprendernos y corregirse. La sorpresa proviene del hecho de que el plazo legal para la revisión de un expediente es de sólo tres meses, pero en la práctica, el tiempo que tardan en retornar las consultas de Sucre fluctúa entre los ocho meses y los cuatro años. Puestas así las cosas, los encargados de administrar justicia deben comprender que los reclusos no son sólo expedientes sino personas y que la justicia que tarda no es justicia.

Por ello, manifestar que lejos de la ficción que presenta como cuevas de delincuentes peligrosos cuya barbarie y malos instintos no pueden dominar, las cárceles de Bolivia están saturadas de condenados con condena, sometidos a las más denigrantes condiciones de sobrevivencia, a la indignación y la humillación que atenta a los más elementales derechos humanos y constitucionales.

En este marco, resulta muy evidente que las cárceles en el país representan el testimonio vivo de la violación de los derechos humanos (Pinto, 1995). Esta afirmación no sólo es válida para organismos internacionales como la Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos o Amnistía Internacional; sino que se ha convertido en una constatación dolorosa de la opinión pública nacional, que observa con incredulidad cómo los graves problemas que forman parte de la vida cotidiana de los reclusos salen a la luz cuando estos conflictos se dirimen en ayunos voluntarios, motines peligrosos y otras medidas violentas de presión.

Por todo ello, la sociedad y el Estado no deben olvidar que los reos, con excepción de la libertad, gozan de los mismos derechos que el resto de la sociedad. El reto que se tiene por delante consiste en dotar a los penales de un personal penitenciario debidamente calificado que realice un proceso de selección y clasificación, y ponga en marcha un tratamiento reeducativo penitenciario efectivo, en el cual se incluya trabajo, educación, cultura, deportes, recreación y la enseñanza de oficios que reporten un beneficio al interno y por ende a su familia.

La función penitenciaria deberá estar orientada a la rehabilitación y la readaptación social del recluso, de modo que cuando cumpla su sentencia, a pesar de su antecedente carcelario, el individuo o ex convicto pueda incorporarse sin mayores dificultades a la vida cotidiana.

 

NOTAS

1. Bolivia no escapa al síondrome de violencia que se ha apoderado del mundo pero, a diferencia de otras sociedades en las cuales el homicidio criminal es el tipo de delito con índice más alto, en el país el robo sustituye al homiciio criminal y ocupa el índice más elevado entre los delitos con violencia (Kiatipoff, 1990).

2. Según Schisgall (1970), ya en la década de los cincuenta y los sesenta las autoridades penitenciarias de los países industrializados proclamaban "...el penado debe saber que no buscamos la venganza o la devolución del mal; que lo único que queremos es rehabilitarle..."

 

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