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Revista Jurídica Derecho
versión impresa ISSN 2413-2810
Resumen
CUSI ALANOCA, José L. El intérprete de la constitución ¿La función interpretativa de la Constitución le corresponde al “juez interpretativista” o juez constitucional?. Rev. Jur. Der. [online]. 2022, vol.11, n.17, pp.119-138. ISSN 2413-2810.
Resumen La justicia constitucional se ejerce por el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia. Por lo tanto, la función interpretativa de la Constitución, solo le corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional, quien de acuerdo al umbral establecido en el Artículo 196 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, decidirá el conflicto de oscuridad o en caso de que existan dudas aplicando siempre la voluntad del constituyente, de acuerdo con sus documentos, actas y resoluciones, así como el tenor literal del texto, y no la interpretación moral-valorativa y arbitraria del juez -interpretativista o neoconstitucionalista- sobre la Constitución. El presente artículo discute el interpretativismo dworkiniano frente al concepto de compresión y ejecución de la Constitución
Palabras clave : Interprete; interpretación; interpretativismo; Juez constitucional; Constitución.