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Iuris Tantum Revista Boliviana de Derecho
versión impresa ISSN 2070-8157
Resumen
RODRIGUEZ WEIL, Eduardo. EL REBUS SIC STANTIBUS EN LA CONTRATACIÓN INTERNACIONAL. Rev. Bol. Der. [online]. 2013, n.16, pp.42-63. ISSN 2070-8157.
Luego de ser olvidada en el siglo XIX la doctrina del rebus sic stantibus fue rescatada a inicios del siglo XX, cuando se hizo necesario restablecer el equilibrio inicial de un contrato que se hubiera alterado por la ocurrencia de eventos imprevistos. Actualmente está consagrada en diversos ordenamientos jurídicos y goza de una aceptación general en el comercio internacional, donde se la considera como un principio de derecho y parte de la lex mercatoria, y es de mucha utilidad, sobre todo cuando se contrata con nacionales de países jurídica y políticamente inestables, donde hay mayor riesgo de que ocurran eventos imprevistos que alteren las obligaciones del contrato
Palabras clave : Buena fe; contrato comercial internacional; lex mercatoria; pacta sunt servanda; principios generales de derecho; rebus sic stantibus.