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Iuris Tantum Revista Boliviana de Derecho

versión impresa ISSN 2070-8157

Resumen

FEDERICO, Andrea. IMÁGENESY BIENES. Rev. Bol. Der. [online]. 2013, n.15, pp.200-215. ISSN 2070-8157.

La imagen de la cosa no puede constituir una cualidad de la cosa misma, ni su protección puede estar condicionada al modo en que esté situada en el espacio. La expresión "imagen" constituye solamente una fórmula verbal, utilizada en el discurso de los juristas, para encontrar una solución a los conflictos de derechos, identificando el interés más digno de protección. La imagen de la cosa, entonces, no corresponde al propietario, ni configura un nuevo bien inmaterial, sino que es solamente el objeto sobre el cual incide la conducta lesiva del infractor, sea del derecho a la intimidad, sea de otros intereses jurídicamente protegidos, como el derecho de propiedad, la iniciativa económica privada o la prohibición de competencia desleal

Palabras clave : Imagen; bienes; conflicto de derechos; propiedad; objeto de una conducta lesiva.

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